Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En El Estado De Chihuahua de Décimo Séptimo Circuito
Actor: Nicolas Quiroz Cazarez.
Demandado: Director De Seguridad Pública De Ciudad Juarez Y Otros..
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 485/2012 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Nicolas Quiroz Cazarez en contra de Director De Seguridad Pública De Ciudad Juarez Y Otro en el Juzgado Noveno De Distrito En El Estado De Chihuahua en Circuito 17 (Chihuahua). El Proceso inició el 20 de Septiembre del 2012 y cuenta con 9 Notificaciones.
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SE DECLARA QUE LA RESOLUCION QUE SOBRESEYO EN EL PRESENTE JUICIO DE AMPARO, HA CAUSADO EJECUTORIA PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES PROCEDENTES; ARCHÍVESE EL PRESENTE ASUNTO COMO TOTALMENTE CONCLUIDO. ES SUSCEPTIBLE DE DESTRUCCIÓN.
RESUELVE. ÚNICO. SE SOBRESEE EN EL JUICIO DE AMPARO485/2012-ii, PROMOVIDO POR NICOLÁS QUIROZ CÁZARES, CONTRA LOS ACTOS Y AUTORIDADES QUE QUEDARON PRECISADOS EN EL RESULTANDO PRIMERO DE ESTE FALLO.
SE TIENE COMO INEXISTENTE A LA AUTORIDAD SEÑALADA COMO RESPONSABLE, COMANDANTE DE POLICÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA, ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE JUICIO DE AMPARO.
RESUELVE: ÚNICO. SE NIEGA A NICOLÁS QUIROZ CÁZARES, LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA DE LOS ACTOS RECLAMADOS A LAS AUTORIDADES RESPONSABLES, PRECISADOS AQUÉLLOS Y ÉSTAS, EN EL CONSIDERANDO ÚNICO DE ESTA INTERLOCUTORIA.
SE AGREGAN LOS INFORMES JUSTIFICADOS. SE DA VISTA A LA PARTE QUEJOSA PARA QUE MANIFIESTE LO QUE A SUS INTERESES CONVENGA.
SE AGREGAN LOS INFORMES PREVIOS. SE DA VISTA A LA PARTE QUEJOSA PARA QUE MANIFIESTE LO QUE A SUS INTERESES CONVENGA.
SE ADMITE LA DEMANDA, TRAMITARSE EL INCIDENTE DE SUSPENSIÓN, SEÑALANDOS PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA TRES DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE. SE REQUIERE A LAS PARTES, PARA QUE TAN PRONTO COMO APAREZCA UNA CAUSA DE SOBRESEIMIENTO O HAYAN CESADO LOS ACTOS RECLAMADOS, LO MANIFIESTEN A ESTA AUTORIDAD, CON EL APERCIBIMIENTO QUE DE NO HACERLO ASÍ, SE LES APLICARÁ UNA MULTA. CON EL FIN DE RESPETAR EL DERECHO A LA INTMIDAD DE LAS PARTES, HÁGASE DE SU CONOCIMIENTO QUE LES ASISTE EL DERECHO DE OPONERSE, EN RELACIÓN CON TERCEROS, A LA PUBLICACIÓN DE SUS DATOS PERSONALES, EN LA INTELIGENCIA DE QUE LA FALTA DE OPOSICIÓN CONLLEVA SU CONSENTIMIENTO PARA QUE LA SENTENCIA RESPECTIVA SE PUBLIQUE SIN SUPRESIÓN DE DATOS.
TRAMÍTESE EL INCIDENTE DE SUSPENSIÓN RELATIVO AL JUICIO DE AMPARO. SE SEÑALAN LAS NUEVE HORAS CON QUINCE MINUTOS DEL DÍA VEINTICUATRO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DOCE,PARA LA CELEBRACIÓN DE LA AUDIENCIA DEL INCIDENTE. SE CONCEDE LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL SOLICITADA PARA EL EFECTO DE QUE NO SEA PRIVADO DE SU LIBERTADO PERSONAL, HASTA EN TANTO SE RESUELVA SOBRE LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA.
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