Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Norma Alvarado Navarrete .
Demandado: Junta Especial Número Uno De La Federal De Conciliación Y Arbitraje .
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 3485/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Norma Alvarado Navarrete en contra de Junta Especial Número Uno De La Federal De Conciliación Y Arbitraje en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 13 de Noviembre del 2023 y cuenta con 3 Notificaciones.
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Actor: Norma Alvarado Navarrete .
Demandado: Junta Especial Número Uno de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Vista la certificación, se declara que ha quedado firme el acuerdo donde se tuvo por no presentada la demanda de amparo. Archívese este expediente como asunto totalmente concluido. En razón de que no obran documentos originales en el expediente principal, no se actualiza la obligación de notificar personalmente a las partes para que recuperen este tipo de papeles. Notifíquese.
Actor: Norma Alvarado Navarrete .
Demandado: Junta Especial Número Uno de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Vista la certificación que antecede, de la que se advierte que transcurrió el término de cinco días concedido a la parte quejosa para que diera cumplimiento a la prevención ordenada en auto de diez de noviembre de dos mil veintitrés, sin que la hubiese desahogado en sus términos; en consecuencia, se hace efectivo el apercibimiento decretado en dicho proveído, y con fundamento en el artículo 114 de la Ley de Amparo, SE TIENE POR NO PRESENTADA la demanda de amparo. Notifíquese personalmente a la parte quejosa.
Actor: Norma Alvarado Navarrete .
Demandado: Junta Especial Número Uno de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Téngase por recibida la demanda de amparo. se requiere a la parte promovente, para que, dentro del plazo de cinco días hábiles, contado a partir del siguiente a aquél en que surta efectos la notificación de este proveído... En caso de incumplimiento a lo ordenado en el punto preventivo, se tendrá por no presentada la demanda de amparo, conforme al penúltimo párrafo del artículo 114 de la Ley de Amparo. téngase a la parte quejosa señalando domicilio para oír y recibir notificaciones. Notifíquese personalmente a la promovente.
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