Federal
> Décimo Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: * * * * *.
Demandado: Novena Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México .
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 14/2022 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por * * * * * en contra de Novena Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México en el Décimo Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 19 de Enero del 2022 y cuenta con 12 Notificaciones.
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POR RECIBIDO EL OFICIO DEL SUBSECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, CON EL CUAL REMITE COPIA DEL PROVEÍDO DE TRES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIDÓS, DEL ÍNDICE DE ESE ALTO TRIBUNAL, EN EL QUE DESECHÓ POR IMPROCEDENTE EL AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN, INTERPUESTO POR LA PARTE QUEJOSA. ASIMISMO, ACOMPAÑA LA CERTIFICACIÓN, EN LA QUE HACE CONSTAR QUE EN CONTRA DEL ACUERDO DE PRESIDENCIA CITADO EN EL PÁRRAFO QUE ANTECEDE, NO PROCEDE MEDIO DE IMPUGNACIÓN ALGUNO. DEVUÉLVASE EL PRESENTE ASUNTO AL ARCHIVO
VISTA LA CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN REALIZADA POR EL ACTUARIO ADSCRITO A ESTE TRIBUNAL COLEGIADO A LA PARTE QUEJOSA, ORDENADA EN PROVEÍDO DE VEINTIDÓS DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO, DONDE SE ADVIERTE QUE YA SE LLEVÓ A CABO; SE TIENE POR HECHA LA DILIGENCIA EN COMENTO. REMÍTASE LA REFERIDA CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN Y ESTE ACUERDO VÍA MINTERSCJN AL PRESIDENTE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR
SE NOTIFICA POR LISTA A LA PARTE QUEJOSA; EL PROVEÍDO DE VEINTIDÓS DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIDÓS DICTADO EN EL PRESENTE ASUNTO Y EL ACUERDO DE TRES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIDÓS DICTADO POR LA PRESIDENCIA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
EXISTE EL ACUSE DE ENVÍO RESPECTIVO, DEL QUE SE DESPRENDE EL ACUERDO DE TRES DEL MES Y AÑO EN CURSO, DICTADO POR EL PRESIDENTE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, EN EL AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN HECHO VALER POR LA PARTE QUEJOSA; TÉNGASE A LA CITADA SUPERIORIDAD ACUSANDO RECIBO DE ALGUNAS CONSTANCIAS QUE SE REMITIERON VÍA MINTERSCJN, MISMAS QUE INTEGRAN EL JUICIO DE AMPARO EN QUE SE ACTÚA PARA SUBSTANCIACIÓN DEL RECURSO DE REVISIÓN DE MÉRITO. COMO LO SOLICITA LA SUPERIORIDAD, NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA, POR CONDUCTO DE QUIEN LEGALMENTE LA REPRESENTE, EL PROVEÍDO DE TRES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIDÓS, DICTADO POR EL PRESIDENTE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN EN EL DOMICILIO SEÑALADO EN SU ESCRITO DE AGRAVIOS, DEBIÉNDOSE ENTREGAR COPIA AUTORIZADA DEL REFERIDO ACUERDO Y DEL PRESENTE PROVEÍDO; Y UNA VEZ QUE SE REALICE DÉSE CUENTA A LA PRESIDENCIA DE ESTE TRIBUNAL COLEGIADO PARA ORDENAR EL ENVÍO VÍA MINTERSCJN DE LAS CONSTANCIAS RESPECTIVAS. COMUNÍQUESE A LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA POR LA VÍA ANOTADA Y POR OFICIO A LA AUTORIDAD RESPONSABLE Y A LA AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN ADSCRITA, PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA, POR CONDUCTO DE QUIEN LEGALMENTE LA REPRESENTE
SE DA TRÁMITE AL RECURSO DE REVISIÓN HECHO VALER POR LA PARTE QUEJOSA. SE INFORMA A LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, QUE EN EL PRESENTE ASUNTO NO SUBSISTE UNA CUESTIÓN PROPIAMENTE CONSTITUCIONAL; POR ELLO, SE ORDENA REMITIR VÍA MÓDULO DE INTERCOMUNICACIÓN DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (MINTERSCJN), LA DEMANDA DE AMPARO, EL ACUERDO DONDE SE ADMITIÓ LA MISMA, LA SENTENCIA RECURRIDA CON SELLOS DE NOTIFICACIÓN, ESCRITO DE AGRAVIOS, AUTO DE DIECISIETE DE MAYO DE LA PRESENTE ANUALIDAD, ESCRITO DE DESAHOGO, ASÍ COMO EL PRESENTE PROVEÍDO, QUE PERMITE ANALIZAR TANTO LA OPORTUNIDAD DEL RECURSO COMO DE LA LEGITIMACIÓN PROCESAL DEL RECURRENTE. COMUNÍQUESE LO ANTERIOR A LA AUTORIDAD RESPONSABLE Y A LA AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN ADSCRITA A ESTE TRIBUNAL COLEGIADO, PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. QUEDA EN LA SECRETARÍA DE ACUERDOS DE ESTE ÓRGANO FEDERAL COPIA DEL ESCRITO DE AGRAVIOS Y DEL CUMPLIMIENTO AL PROVEÍDO DE DIECISIETE DEL PRESENTE MES Y AÑO, PARA LA PARTE TERCERA INTERESADA. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
SE NOTIFICA POR LISTA A LA PARTE QUEJOSA; EL PROVEÍDO DE DIECISIETE DE MAYO DE DOS MIL VEINTIDÓS
VISTO EL ESCRITO PRESENTADO POR LA PARTE QUEJOSA, MEDIANTE EL CUAL INTERPONE RECURSO DE REVISIÓN, Y COMO EL PROMOVENTE NO DIO CUMPLIMIENTO A LO QUE DISPONE LA PARTE FINAL DEL ARTÍCULO 88 DE LA LEY DE AMPARO; POR LO MISMO, REQUIÉRASE A LA CITADA PARTE QUEJOSA POR CONDUCTO DE QUIEN LEGALMENTE LA REPRESENTE, PARA QUE EN EL TÉRMINO DE TRES DÍAS, LO REALICE O MANIFIESTE LO CONDUCENTE; EN SU CASO, SI LO HIZO DEBERÁ REFERIR EN QUE PARTE DE SU ESCRITO LO ASENTÓ. EN LA INTELIGENCIA QUE SI SU ESCRITO DE DESAHOGO LO PRESENTA DE MANERA FÍSICA DEBERÁ ACOMPAÑAR LAS COPIAS NECESARIAS PARA CORRER TRASLADO A LAS PARTES. ASIMISMO, REQUIÉRASE A LA PARTE QUEJOSA, PARA QUE DENTRO DEL MISMO TÉRMINO, EXHIBA DOS COPIAS MÁS DEL ESCRITO DE AGRAVIOS, EN VIRTUD DE QUE SON NECESARIAS CINCO PARA CORRER TRASLADO A LAS PARTES. NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA, POR CONDUCTO DE QUIEN LEGALMENTE LA REPRESENTE
NOVENA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ACUSA RECIBO DE LA COMUNICACIÓN 2207/2022 GIRADA POR ESTE TRIBUNAL FEDERAL., ESTE EXPEDIENTE ES SUSCEPTIBLE DE DEPURACIÓN, ARCHÍVESE EL PRESENTE ASUNTO COMO TOTAL Y DEFINITIVAMENTE CONCLUIDO
NIEGA
TÚRNENSE LOS PRESENTES AUTOS A LA MAGISTRADA MARTHA GABRIELA SÁNCHEZ ALONSO, PARA QUE FORMULE EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE
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