Federal
> Décimo Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: * * * * *
Demandado: Novena Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México
Materia: Civil
Tipo: Amparo en revisión
RESUMEN: El Expediente 200/2017 en Materia Civil y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por * * * * * en contra de Novena Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México en el Décimo Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 21 de Junio del 2017 y cuenta con 11 Notificaciones.
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SE TIENE POR DESISTIDO DEL RECURSO, FIRME LA SENTENCIA RECURRIDA, CONCEDE Y NIEGA SUSPENSION DEFINITIVA
DE LA CONSULTA DEL MÓDULO DE INTERCOMUNICACIÓN DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (MINTERSCJN), INGRESÓ MEDIANTE EL USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA A DICHO MÓDULO, EN EL QUE ADVIRTIÓ QUE EXISTE EL ACUSE DE ENVIÓ RESPECTIVO DEL DIVERSO ACUERDO DEL QUE SE DESPRENDE QUE LA PRESIDENTA DE LA PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN SOLICITÓ A ESTE TRIBUNAL COLEGIADO QUE POR EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO SE DICTE LA RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE AL INCIDENTE EN REVISIÓN 200/2017 Y HECHO LO ANTERIOR, REMITIR VÍA MINTERSCJN, COPIA DIGITALIZADA DEL ORIGINAL DE DICHA RESOLUCIÓN; SE LEVANTA LA SUSPENSIÓN DECRETADA Y DEVUÉLVANSE LOS AUTOS AL MAGISTRADO J. JESÚS PÉREZ GRIMALDI PARA QUE SE SIRVA FORMULAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE; INFÓRMESE LO ANTERIOR POR MEDIO DEL SISTEMA DE INTERCOMUNICACIÓN MINTERSCJN A LA PRIMERA SALA DE LA CITADA SUPERIORIDAD
AGRÉGUESE A LOS AUTOS LA COMPARECENCIA DEL ENDOSATARIO EN PROCURACIÓN DEL TERCERO INTERESADO Y RECURRENTE, MEDIANTE LA CUAL RATIFICA EL ESCRITO DE DESISTIMIENTO PRESENTADO EL DIEZ DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISIETE, MANIFIESTA QUE RECONOCE COMO SUYA LA FIRMA QUE LO CALZA; Y COMO SE ADVIERTE DEL PROVEÍDO CUATRO DE AGOSTO DEL PRESENTE AÑO, EN EL QUE SE SUSPENDIÓ EL DICTADO DE LA RESOLUCIÓN DEL PRESENTE ASUNTO, EN RAZÓN DE QUE ASÍ LO ORDENÓ LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, POR ELLO DEBE SEGUIR SUBSISTIENDO LA SUSPENSIÓN DEL DICTADO DE LA SENTENCIA Y HÁGASE DEL CONOCIMIENTO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN EL PRESENTE ACUERDO VÍA MINTERSCJN CON COPIA DEL ESCRITO DE DESISTIMIENTO
AGRÉGUESE A SUS AUTOS EL ESCRITO DEL TERCERO INTERESADO, Y A EFECTO DE ACORDAR LO QUE EN DERECHO PROCEDA RESPECTO AL DESISTIMIENTO DEL PRESENTE AMPARO EN REVISIÓN, CON INDEPENDENCIA DE QUE EL DICTADO DE LA RESOLUCIÓN SE ENCUENTRA SUSPENDIDO HASTA QUE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN INFORME LO CONDUCENTE RESPECTO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN, REQUIÉRASE MEDIANTE NOTIFICACIÓN PERSONAL AL MENCIONADO PROMOVENTE, PARA QUE EN EL TÉRMINO DE TRES DÍAS HÁBILES, COMPAREZCA ANTE ESTE TRIBUNAL COLEGIADO CON IDENTIFICACIÓN OFICIAL Y ANTE LA PRESENCIA JUDICIAL RATIFIQUE EL CONTENIDO DEL MISMO Y RECONOZCA COMO SUYA LA FIRMA QUE LO CALZA, APERCIBIDO QUE DE NO HACERLO, SE CONTINUARÁ EN SU MOMENTO CON EL TRÁMITE QUE PROCEDA EN EL PRESENTE AMPARO EN REVISIÓN; DE LA CONSULTA DEL MÓDULO DE INTERCOMUNICACIÓN DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (MINTERSCJN), INGRESÓ MEDIANTE EL USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA A DICHO MÓDULO, EN EL QUE ADVIRTIÓ QUE EXISTE DIVERSO ACUERDO DICTADO POR LA PRESIDENTA DE LA PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, EN LA SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN NÚMERO 351/2017; EN RELACIÓN CON EL AMPARO EN REVISIÓN R.C. 200/2017; SE TIENE A LA SUPERIORIDAD POR ACUSADO RECIBO DE LAS CONSTANCIAS E INFORME GIRADO EN ESTE ASUNTO VÍA MINTERSCJN DE CUATRO DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO; NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE AL TERCERO INTERESADO
DE LA CONSULTA DEL MÓDULO DE INTERCOMUNICACIÓN DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (MINTERSCJN), INGRESÓ MEDIANTE EL USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA A DICHO MÓDULO, EN EL QUE ADVIRTIÓ QUE EXISTE DIVERSO ACUERDO POR LA PRESIDENTA DE LA PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, EN LA SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN NÚMERO 351/2017, PARA CONOCER DEL AMPARO EN REVISIÓN R.C. 200/2017 DEL ÍNDICE DE ESTE ÓRGANO FEDERAL; SE TIENE A LA SUPERIORIDAD INFORMANDO QUE SE SOMETE A CONSIDERACIÓN DE LOS MINISTROS INTEGRANTES DE LA CITADA SALA, A FIN DE QUE DETERMINEN SI ALGUNO DE ELLOS CONSIDERA HACER SUYA LA CITADA SOLICITUD; ASIMISMO, SOLICITA A ESTE TRIBUNAL COLEGIADO, INFORME EL ESTADO PROCESAL QUE GUARDA EL PRESENTE JUICIO, HÁGASE SABER A LA SUPERIORIDAD QUE EL PRESENTE ASUNTO FUE ADMITIDO POR ACUERDO DE VEINTE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE, TURNADO A LA PONENCIA DEL MAGISTRADO J. JESÚS PÉREZ GRIMALDI EL VEINTISIETE SIGUIENTE Y SE ENCUENTRA PENDIENTE DE RESOLUCIÓN; DE IGUAL FORMA, REMÍTANSE A LA PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, LOS DOCUMENTOS QUE SOLICITA POR EL MEDIO ELECTRÓNICO QUE INDICA; FINALMENTE, TAL Y COMO LO INDICA EL MÁXIMO TRIBUNAL, SE SUSPENDE EL DICTADO DE LA RESOLUCIÓN DEL PRESENTE ASUNTO, HASTA EN TANTO DETERMINE LO CONDUCENTE; RESPECTO AL ESCRITO DE LA PARTE QUEJOSA, SE TIENE POR AUTORIZADAS A LAS PERSONA S QUE MENCIONA PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES, IMPONERSE DE LOS AUTOS
POR RECIBIDO EL ESCRITO DEL QUEJOSO, AL QUE ADJUNTA COPIA DEL ESCRITO CON EL QUE SOLICITÓ A LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN EJERCIERA SU FACULTAD DE ATRACCIÓN PARA CONOCER DEL PRESENTE ASUNTO, Y SOLICITA NO SEA DICTADA RESOLUCIÓN HASTA QUE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN DETERMINE LO CONDUCENTE, AL EFECTO SE ACUERDA: TODA VEZ QUE EL PRESENTE ASUNTO FUE ADMITIDO A TRÁMITE Y POSTERIORMENTE TURNADO A LA PONENCIA DEL MAGISTRADO J. JESÚS PÉREZ GRIMALDI, POR TANTO, SIN PROVEER POR EL MOMENTO SOBRE DICHA PETICIÓN, SOLICÍTESE AL MAGISTRADO PONENTE SE SIRVA PROPONER AL PLENO DE ESTE TRIBUNAL LA DECISIÓN QUE LEGALMENTE CORRESPONDA; DEVUÉLVANSE LOS PRESENTES AUTOS AL MAGISTRADO J. JESÚS PÉREZ GRIMALDI
VISTO EL ESTADO DE LOS AUTOS, SE TURNA EL EXPEDIENTE AL MAGISTRADO J. JESUS PEREZ GRIMALDI
SE NOTIFICA POR LISTA AL QUEJOSO, EL PROVEIDO DE VEINTE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE
SE NOTIFICA POR LISTA AL QUEJOSO, EL PROVEIDO DE VEINTE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE
ESTE TRIBUNAL COLEGIADO, ACEPTA EL CONOCIMIENTO DEL ASUNTO; COMUNÍQUESE LO ANTERIOR AL DÉCIMO SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO; SE ADMITE EL RECURSO EN CUESTIÓN; SE HACE DEL CONOCIMIENTO TANTO DE LA PARTE QUEJOSA, COMO DE LA PARTE TERCERA INTERESADA, QUE TIENEN UN TÉRMINO DE TRES DÍAS, PARA MANIFESTAR, RESPECTIVAMENTE, SI OTORGAN SU CONSENTIMIENTO A FIN DE PERMITIR EL ACCESO A SU INFORMACIÓN CONFIDENCIAL; DE NO HACERLO, SE ENTENDERÁ SU OPOSICIÓN AL REFERIDO ACCESO; NOTIFÍQUESE Y PERSONALMENTE A LAS PARTES
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