Federal
> Juzgado Cuarto De Distrito En El Estado De Sonora de Quinto Circuito
Actor: Nueva Wal-mart De Mexico S. De R.l. De C.v. .
Demandado: Congreso Constitucional Del Estado De Sonora .
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 385/2022 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Nueva Wal-Mart De Mexico S. De R.l. De C.v. en contra de Congreso Constitucional Del Estado De Sonora en el Juzgado Cuarto De Distrito En El Estado De Sonora en Circuito 5 (Sonora). El Proceso inició el 13 de Octubre del 2022 y cuenta con 6 Notificaciones.
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Actor: NUEVA WAL-MART DE MEXICO S. DE R.L. DE C.V. .
Demandado: CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE SONORA .
Se agrega oficio que remite la Secretaria del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito, con sede en Hermosillo, Sonora, por el que remite testimonio de la ejecutoria pronunciada por ese tribunal en sesión de nueve de marzo del año actual, en el recurso de queja 400/2022, interpuesto por la parte quejosa por conducto de su autorizado, contra el auto de once de octubre de dos mil veintidós dictado en el juicio de amparo indirecto 385/2022; determinación que cuyos puntos resolutivos son los siguientes: "ÚNICO. Se declara sin materia el presente recurso de queja."
Se declara que la resolución constitucional de quince de noviembre del año actual que, por una parte, se sobreseyó y, por otra, se negó el amparo y la protección de la justicia federal, a la moral quejosa Nueva Wal-mart de México, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, ha causado ejecutoria, para todos los efectos legales correspondientes; por tanto, archívese el presente expediente como asunto concluido, no tiene valor histórico ni jurídico, por lo tanto, no tiene relevancia documental.
Se agrega oficio que remite la Actuaria del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito, con residencia en Hermosillo, Sonora, a través del cual informa, entre otras cosas, que se admitió el recurso de queja interpuesto por la parte quejosa, contra el auto de once de octubre del año actual, por lo que se formó el recurso de queja 400/2022.
Se celebra audiencia y se dicta resolución constitucional: Primero. Se sobresee. Segundo. La Justicia Federal no ampara ni protege al quejoso. Tercero. Se ordena notificar la presente sentencia al Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito, por conducto de su presidente. Cuarto.- Procédase a su captura.
Se tiene al apoderado legal de la parte quejosa interponiendo recurso de queja que se hace valer en contra en contra del proveído de once de octubre del presente año; y por presentado el escrito de agravios, dese vista a las partes para que en el plazo de tres días, contados a partir del siguiente a aquél en que surta efectos la notificación respectiva, señalen constancias que en copia certificada deberán remitirse al Tribunal Colegiado que le corresponda conocer del presente recurso, apercibido que de no hacer manifestación alguna en el citado plazo, se remitirá el escrito de agravios, copia de la determinación recurrida y de las constancias que se estimen pertinentes.
Acúsese recibo del oficio 3127/2022, a la Juez Primero de Distrito en el Estado de Morelos, con residencia en Cuernavaca, con el cual remitió el juicio de amparo 780/2022, así como un disco compacto, promovido por Nueva Wal-Mart de México, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, por conducto de su apoderado general para pleitos y cobranzas. Se acepta la competencia planteada y se avoca al conocimiento de la citada demanda. En esas condiciones se convalidan las actuaciones realizadas por la Juez Primero de Distrito en el Estado de Morelos, con sede en Cuernavaca, por lo que, atento a ello, no se hará mayor pronunciamiento de los autorizados de la parte quejosa, consulta del expediente electrónico, notificaciones electrónicas y domicilio para oír y recibir notificaciones; en el entendido que la consulta del expediente electrónico de los usuarios que proporcionó "RODRIGOMS", "PCERVERA" y "VCORTESM", esta se realizará una vez que se obtenga el enlace con el expediente electrónico del Juzgado emisor. De igual manera, se tiene por recibido el disco compacto con la leyenda "LEY 123 DE INGRESOS DE CABORCA, SONORA. 2022", con el que se ordena formar anexo I, el cual quedará en resguardo en la Secretaría correspondiente a la Mesa VII. Asimismo, notifíquese al Agente del Ministerio Público Federal adscrito. Se habilitan días y horas inhábiles. Finalmente, este órgano jurisdiccional únicamente se hará cargo del dictado de la sentencia, una vez efectuada la notificación a las partes.
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