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. | Octava Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia La Ciudad Exp: 144/2022

Federal > Décimo Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: * * * * *.
Demandado: Octava Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México .
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 144/2022 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por * * * * * en contra de Octava Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México en el Décimo Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 15 de Marzo del 2022 y cuenta con 7 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 144/2022

  • 02 de Enero del 2023

    OCTAVA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ACUSA RECIBO DE LA COMUNICACIÓN 7164/2022 GIRADA POR ESTE TRIBUNAL FEDERAL. ESTE EXPEDIENTE ES SUSCEPTIBLE DE DEPURACIÓN, ARCHÍVESE EL PRESENTE ASUNTO COMO TOTAL Y DEFINITIVAMENTE CONCLUIDO

  • 09 de Diciembre del 2022

    NIEGA

  • 02 de Junio del 2022

    TÚRNENSE LOS PRESENTES AUTOS A LA MAGISTRADA MARTHA GABRIELA SÁNCHEZ ALONSO, PARA QUE FORMULE EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE

  • 26 de Mayo del 2022

    TÉNGANSE A LOS TERCEROS INTERESADOS POR APERSONADOS AL PRESENTE JUICIO DE AMPARO Y POR FORMULADOS LOS ALEGATOS QUE HACEN VALER. DE AMBOS ESCRITOS, SE TIENE POR SEÑALADO DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES DENTRO DE LA JURISDICCIÓN DE ESTE TRIBUNAL COLEGIADO. POR LO QUE HACE AL PRIMER ESCRITO, DÍGASE A LA OCURSANTE QUE EL CARÁCTER DE MANDATARIA LE FUE RECONOCIDO POR EL JUEZ NATURAL EN TÉRMINOS AMPLIOS DEL ARTÍCULO 112 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO; NO HA LUGAR A TENER COMO AUTORIZADAS A LAS PERSONAS QUE MENCIONA. RESPECTO DEL SEGUNDO LIBELO, SE TIENEN POR AUTORIZADAS PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES, IMPONERSE DE LOS AUTOS, HACER USO DE APARATOS ELECTRÓNICOS Y RECOGER DOCUMENTOS A LAS PERSONAS QUE INDICA Y SÓLO EN TÉRMINOS AMPLIOS DEL ARTÍCULO 12 DE LA LEY DE AMPARO A LOS PROFESIONISTAS QUE TENGAN REGISTRADA SU CÉDULA PROFESIONAL. SE AUTORIZA AL USUARIO QUE CITA AL ACCESO DEL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO Y A EJERCER SU MANDATO POR DICHA VÍA; ADEMÁS, COMO LO SOLICITA EXPRESAMENTE, LAS NOTIFICACIONES AÚN LAS DE CARÁCTER PERSONAL SE REALIZARÁN DE FORMA ELECTRÓNICA. SE TRANSITA EL PRESENTE ASUNTO AL ESQUEMA DE ACTUACIÓN DESDE EL PORTAL DE SERVICIO EN LÍNEA

  • 25 de Abril del 2022

    SE ADMITE A TRÁMITE LA DEMANDA DE CONTROL CONSTITUCIONAL. HÁGASE SABER A LA PARTE TERCERA INTERESADA QUE DENTRO DE LOS QUINCE DÍAS SIGUIENTES, ESTARÁ EN APTITUD LEGAL DE PRESENTAR SUS ALEGATOS O, EN SU CASO, PROMOVER AMPARO ADHESIVO SI ASÍ CONVINIERE A SUS INTERESES. HÁGASE DEL CONOCIMIENTO, POR MEDIO DE LISTA, ESTA DETERMINACIÓN A LA AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN ADSCRITA

  • 25 de Marzo del 2022

    A SUS AUTOS PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR, EL OFICIO DE LA SECRETARIA DE ACUERDOS DE LA OCTAVA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, POR MEDIO DEL CUAL, HACE DEL CONOCIMIENTO A ESTE TRIBUNAL COLEGIADO QUE LOS DOCUMENTOS ENVIADOS EN APOYO AL INFORME JUSTIFICADO CORRESPONDEN A LA TOTALIDAD DE LOS MISMOS Y, DADO EL VOLUMEN DE LA BOLSA CINCO SE AÑADIÓ A LA DIVERSA BOLSA NÚMERO CUATRO, LOS CUALES SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE DESCRITOS; TÉNGASE A LA AUTORIDAD RESPONSABLE DANDO CUMPLIMIENTO AL REQUERIMIENTO HECHO

  • 15 de Marzo del 2022

    TODA VEZ QUE EL ACTO RECLAMADO SE HACE CONSISTIR EN LA SENTENCIA DEFINITIVA, DICTADA POR LA OCTAVA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN CUMPLIMIENTO A LAS EJECUTORIAS DE AMPARO DIRECTO EN LOS ASUNTOS EN CITA, EN LAS QUE SE CONCEDIÓ EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL A LOS QUEJOSOS, SE RESERVA LA ADMISIÓN O NO DE LA PRESENTE DEMANDA, HASTA EN TANTO SE RESUELVA LO CONDUCENTE EN TALES JUICIOS DE AMPARO, RESPECTO DE SU CUMPLIMIENTO. HÁGASE DEL CONOCIMIENTO A LA OCTAVA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, QUE ÚNICAMENTE SE RECIBIERON CUATRO BOLSAS CON DOCUMENTOS, NO ASÍ CINCO, COMO LO DESCRIBE EN EL OFICIO CON EL QUE RINDE SU INFORME JUSTIFICADO; EN CASO DE EXISTIR LA QUINTA BOLSA, REQUIÉRASE A LA CITADA SALA RESPONSABLE A FIN DE QUE A LA BREVEDAD POSIBLE LA ENVÍE A ESTE TRIBUNAL COLEGIADO, O BIEN, INFORME LO CONDUCENTE. SE HACE DEL CONOCIMIENTO TANTO DE LA PARTE QUEJOSA, COMO DE LA PARTE TERCERA INTERESADA, QUE TIENEN UN TÉRMINO DE TRES DÍAS, PARA MANIFESTAR, RESPECTIVAMENTE, SI OTORGAN SU CONSENTIMIENTO A FIN DE PERMITIR EL ACCESO A SU INFORMACIÓN CONFIDENCIAL; DE NO HACERLO, SE ENTENDERÁ SU OPOSICIÓN AL REFERIDO ACCESO. PARA MEJORAR LA COMUNICACIÓN CON LAS PARTES, SE LES EXHORTA A QUE, DE ESTIMARLO PERTINENTE, TRANSITEN SU ASUNTO AL ESQUEMA DE ACTUACIÓN DESDE EL PORTAL DE SERVICIO EN LÍNEA

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