Federal
> Tercer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Tercer Circuito de Tercer Circuito
Actor: * * * * *.
Demandado: Octava Sala Del Supremo Tribunal De Justicia Del Estado .
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 420/2024 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por * * * * * en contra de Octava Sala Del Supremo Tribunal De Justicia Del Estado en el Tercer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Tercer Circuito en Circuito 3 (Jalisco). El Proceso inició el 07 de Agosto del 2024 y cuenta con 4 Notificaciones.
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Actor: * * * * *.
Demandado: Octava Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado .
TÚRNESE ESTE ASUNTO A LA PONENCIA "B", A CARGO DEL MAGISTRADO MARTÍN ÁNGEL GAMBOA BANDA, PARA LA FORMULACIÓN DEL PROYECTO DE SENTENCIA CORRESPONDIENTE. Vista la certificación de cuenta, hágase del conocimiento de las partes que este órgano colegiado a partir del dieciséis de noviembre del año en curso, queda integrado con el suscrito y con el magistrado Ubaldo García Armas, así como con el secretario en funciones de magistrado de circuito Armando Márquez Álvarez.
Actor: * * * * *.
Demandado: Octava Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado .
Con fundamento en el artículos 5°, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo, agréguese el escrito por el que se apersona a este juicio ***, y de conformidad con los artículos 107, fracción III, inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 182 de la ley de la materia, téngasele promoviendo demanda de amparo adhesivo a la que formuló *** (que motivó este procedimiento constitucional), contra la sentencia definitiva dictada el treinta y uno de mayo de dos mil veinticuatro, en el toca ***, por la Octava Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, la cual se admite. En consecuencia, con la demanda de amparo adhesivo, dese vista a la parte quejosa principal para que exprese lo que a su interés convenga, lo que deberá hacer en el lapso de tres días, conforme al artículo 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la citada Ley de Amparo, en términos del numeral 2° de ésta última, la cual por cierto, de acuerdo con el párrafo segundo del artículo 66 de la codificación en cita, queda en la secretaría de acuerdos de este tribunal el expediente para que la parte indicada se imponga de su contenido. Se ordena autorizar usuario.
Actor: * * * * *.
Demandado: Octava Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado .
Agréguese el escrito del agente del Ministerio Público Federal adscrito y, por estar en tiempo, téngasele formulando alegatos en este amparo directo, dado su carácter de parte en términos del artículo 5°, fracción IV, de la ley relativa. Además, como lo pide, en su oportunidad expídasele copia simple de la sentencia que se dicte, con fundamento análogo en el artículo 278 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo.
Actor: * * * * *.
Demandado: Octava Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado .
De conformidad con los artículos 107, fracciones III, inciso a), y V, inciso c), de la Constitución General de la República, 34, 175, 179 y 181 de la Ley de Amparo y 38, fracción I, inciso c), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el siete de junio de dos mil veintiuno, se admite la demanda de amparo formulada por ***, carácter que se le reconoce en términos del numeral 11 de la ley de la materia, contra la sentencia definitiva dictada el treinta y uno de mayo de dos mil veinticuatro, por la Octava Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, en el toca ***. Autoridad quien remite, en vía de informe justificado, las actuaciones originales de primera y segunda instancia y anexos. Emplácese al agente del Ministerio Público Federal adscrito... En términos de lo previsto en los artículos 181 y 182 de la Ley de Amparo, dese vista a las partes para que en el plazo de quince días, si lo estiman conveniente, presenten sus alegatos o amparo adhesivo. Se ordena autorizar usuario.
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