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Operadora De Bares Y Restaurantes Macano Sociedad Anónima Exp: 537/2016

Federal > Juzgado Primero De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Operadora De Bares Y Restaurantes Macano, Sociedad Anónima De Capital Variable . | Agente Del Ministerio Publico Adscrito Al Juzgado .
Demandado: Junta Especial Número Uno De La Local De Conciliación Y Arbitraje En El Estado. Ciudad .
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 537/2016 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Operadora De Bares Y Restaurantes Macano, Sociedad Anónima De Capital Variable en contra de Junta Especial Número Uno De La Local De Conciliación Y Arbitraje En El Estado. Ciudad en el Juzgado Primero De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 15 de Marzo del 2016 y cuenta con 15 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 537/2016

  • 03 de Marzo del 2023

    Actor: Operadora de Bares y Restaurantes Macano, Sociedad Anónima de Capital Variable .

    Demandado: Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado. Ciudad .

    Vista la certificación de cuenta, se desprende que dentro de las constancias que integran el juicio de amparo 537/2016, obran los autos originales del juicio de origen 25/E01/2015, de la estadística de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, con sede en esta ciudad. En ese sentido, toda vez que el juicio de amparo en el que se actúa se encuentra archivado como asunto totalmente concluido, previa copia certificada que obre en autos, devuélvanse las constancias del expediente 25/E01/2015, a la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, para el efecto legal conducente. Finalmente en su oportunidad devuélvanse el presente juicio de amparo al archivo material de este juzgado de donde fue extraído. Notifíquese.

  • 02 de Septiembre del 2016

    Actor: Operadora de Bares y Restaurantes Macano, Sociedad Anónima de Capital Variable .

    Demandado: Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado. Ciudad .

    agréguese a los autos para que obre como en derecho corresponda el oficio signado por la Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y del Trabajo del Decimonoveno Circuito, con residencia en esta ciudad, mediante el cual comunica que, por auto de treinta de agosto del año en curso, se admite el recurso de revisión, interpuesto por el quejoso Operadora de Bares y Restaurantes Macano, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de su apoderada legal Erika Ruth Villa Acosta, contra la sentencia dictada dentro del juicio de amparo 537/2016, el que quedó registrado en ese Tribunal como AMPARO EN REVISIÓN 252/2016/I.

  • 19 de Agosto del 2016

    Actor: Operadora de Bares y Restaurantes Macano, Sociedad Anónima de Capital Variable .

    Demandado: Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado. Ciudad y Otros..

    PARA QUE LE SURTA EFECTOS DE NOTIFICACIÓN PERSONAL A LA PARTE TERCERA INTERESADA, DEL AUTO DE LA FECHA EN CITA, MEDIANTE EL CUAL...VISTO el escrito de cuenta; signado por la licenciada Erika Ruth Villa Acosta, en su carácter de apoderado legal de la parte quejosa Operadora de Bares y Restaurantes Mecano, S.A DE C.V, mediante el cual interpone RECURSO DE REVISIÓN en contra de la sentencia dictada por este juzgado dentro del presente juicio. Al respecto, con fundamento en los artículos 80, 81, 84, 86, 88 y 89 de la Ley de Amparo, córrase traslado a las partes como en derecho corresponda con copia del escrito de expresión de agravios de referencia y del presente proveído; y fórmese el cuadernillo de antecedentes respectivo, agregando una copia del ocurso mencionado. En ese sentido, mediante notificación personal, háganse del conocimiento el presente auto a la parte tercera interesada, para los efectos precisados en el numeral 82 de la Ley de Amparo, debiéndole correr traslado con copia del escrito de expresión de agravios. Una vez que obren en autos las constancias de notificación a las partes del presente proveído, y esté debidamente integrado, dentro del término de los tres días siguientes, remítase el mismo, junto con el original del escrito de expresión de agravios al Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito en turno, con residencia en esta ciudad, para la substanciación del recurso de revisión interpuesto por la apoderada legal de la citada quejosa.

  • 16 de Agosto del 2016

    Actor: Operadora de Bares y Restaurantes Macano, Sociedad Anónima de Capital Variable .

    Demandado: Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado. Ciudad y Otros..

    VISTO el escrito de cuenta; signado por la licenciada Erika Ruth Villa Acosta, en su carácter de apoderado legal de la parte quejosa Operadora de Bares y Restaurantes Mecano, S.A DE C.V, mediante el cual interpone RECURSO DE REVISIÓN en contra de la sentencia dictada por este juzgado dentro del presente juicio. Al respecto, con fundamento en los artículos 80, 81, 84, 86, 88 y 89 de la Ley de Amparo, córrase traslado a las partes como en derecho corresponda con copia del escrito de expresión de agravios de referencia y del presente proveído; y fórmese el cuadernillo de antecedentes respectivo, agregando una copia del ocurso mencionado. En ese sentido, mediante notificación personal, háganse del conocimiento el presente auto a la parte tercera interesada, para los efectos precisados en el numeral 82 de la Ley de Amparo, debiéndole correr traslado con copia del escrito de expresión de agravios. Una vez que obren en autos las constancias de notificación a las partes del presente proveído, y esté debidamente integrado, dentro del término de los tres días siguientes, remítase el mismo, junto con el original del escrito de expresión de agravios al Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito en turno, con residencia en esta ciudad, para la substanciación del recurso de revisión interpuesto por la apoderada legal de la citada quejosa.

  • 09 de Agosto del 2016

    Actor: Operadora de Bares y Restaurantes Macano, Sociedad Anónima de Capital Variable .

    Demandado: Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado. Ciudad y Otros..

    PARA QUE LE SURTA EFECTOS DE NOTIFICACIÓN PERSONAL A LAS PARTES, DE LA SENTENCIA DE LA FECHA EN CITA, EN LA QUE SE RESUELVE: ÚNICO. LA JUSTICIA DE LA UNIÓN NO AMPARA NI PROTEGE EN EL PRESENTE JUICIO DE GARANTÍAS PROMOVISDO POR OPERADORA DE BARES Y RESTAURANTES MECANO, S.A. DE C.V., POR CONDUCTO DE SU APODERADA LEGAL ERICKA RUTH VILLA ACOSTA, CONTRA ACTOS DE LA JUNTA ESPECIAL NÚMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN EL ESTADO, RESIDENTE EN ESTA CIUDAD Y ACTUARIO ADSCRITO A LA MISMA, CONSISTENTES EN LAS DILIGENCIAS DE CITA DE ESPERA Y EMPLAZAMIENTO DIRIGIDAS A LA EMPRESA QUEJOSA, DENTRO DE LOS AUTOS DEL JUICIO LABORAL 25/E01/2015, PROMOVIDO POR AHOLIBAMA SABBAI NÚÑEZ HERNÁNDEZ, ASÍ COMO EN VÍA DE CONSECUENCIA TODO LO ACTUADO POSTERIORMENTE, INCLUSO EL LAUDO DE DOCE DE MAYO DE DOS MIL QUINCE Y SU EJECUCIÓN.

  • 04 de Agosto del 2016

    Actor: Operadora de Bares y Restaurantes Macano, Sociedad Anónima de Capital Variable .

    Demandado: Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado. Ciudad .

    SENTENCIA. ÚNICO. LA JUSTICIA DE LA UNIÓN NO AMPARA NI PROTEGE EN EL PRESENTE JUICIO DE GARANTÍAS PROMOVISDO POR OPERADORA DE BARES Y RESTAURANTES MECANO, S.A. DE C.V., POR CONDUCTO DE SU APODERADA LEGAL ERICKA RUTH VILLA ACOSTA, CONTRA ACTOS DE LA JUNTA ESPECIAL NÚMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN EL ESTADO, RESIDENTE EN ESTA CIUDAD Y ACTUARIO ADSCRITO A LA MISMA, CONSISTENTES EN LAS DILIGENCIAS DE CITA DE ESPERA Y EMPLAZAMIENTO DIRIGIDAS A LA EMPRESA QUEJOSA, DENTRO DE LOS AUTOS DEL JUICIO LABORAL 25/E01/2015, PROMOVIDO POR AHOLIBAMA SABBAI NÚÑEZ HERNÁNDEZ, ASÍ COMO EN VÍA DE CONSECUENCIA TODO LO ACTUADO POSTERIORMENTE, INCLUSO EL LAUDO DE DOCE DE MAYO DE DOS MIL QUINCE Y SU EJECUCIÓN.

  • 25 de Abril del 2016

    Actor: Operadora de Bares y Restaurantes Macano, Sociedad Anónima de Capital Variable .

    Demandado: Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado. Ciudad .

    ...agréguese a los autos para que obre como en derecho corresponda el informe justificado rendido por el Actuario de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tamaulipas, con sede en esta ciudad; con su contenido dese vista a las partes para que manifiesten lo que a su interés convengan.

  • 18 de Abril del 2016

    Actor: Operadora de Bares y Restaurantes Macano, Sociedad Anónima de Capital Variable .

    Demandado: Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado. Ciudad .

    ...no se está en posibilidad de celebrar la audiencia constitucional, señalada para este día, la que se difiere y se señala de nueva cuenta las ONCE HORAS CON CINCUENTA Y CINCO MINUTOS DEL TRECE DE MAYO DE DOS MIL DIECISÉIS, para que tenga verificativo la misma.

  • 12 de Abril del 2016

    Actor: Operadora de Bares y Restaurantes Macano, Sociedad Anónima de Capital Variable .

    Demandado: Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado. Ciudad .

    ...se resuelve: PRIMERO. SE NIEGA a la quejosa Operadora de Bares y Restaurantes Macano, Sociedad Anónima de Capital Variable, la SUSPENSIÓN DEFINITIVA que solicita, por los motivos expuestos en el considerando primero de la presente determinación. SEGUNDO. SE CONCEDE a la quejosa Operadora de Bares y Restaurantes Macano, Sociedad Anónima de Capital Variable, la SUSPENSIÓN DEFINITIVA que solicita, por las razones mencionadas y para el efecto precisado en el considerando segundo de la presente resolución.

  • 07 de Abril del 2016

    Actor: Operadora de Bares y Restaurantes Macano, Sociedad Anónima de Capital Variable .

    Demandado: Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado. Ciudad .

    ...agréguese a los autos para que obre como corresponda el informe previo que rinden el Presidente de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado y el Actuario adscrito a dicha Junta, con sede en esta ciudad; con su contenido, dese vista a las partes para que manifiesten lo que a su interés convenga.

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