Federal
> Juzgado Décimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Operadora De Campos Dwf S.a De C.v | Juez Primero De Primera Instancia Del Ramo Civil En Altamira, Tam
Demandado: Juez Primero De Primera Instancia Del Ramo Civil En Altamira, Tam | Juzgado Primero De Primera Instancia De Lo Civil Del Poder Judicial Del Estado De Tamaulipas En Altamira (segundo Distrito Judicial) | Juez Primero De Primera Instancia Del Ramo Civil En Altamira, Tam. Y Otros | Juzgado Primero De Primera Instancia De Lo Civil Del Poder Judicial Del Estado De Tamaulipas En Altamira (segundo Distrito Judicial) Y Otros
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 348/2022 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Operadora De Campos Dwf S.a De C.v en contra de Juez Primero De Primera Instancia Del Ramo Civil En Altamira, Tam en el Juzgado Décimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 15 de Marzo del 2022 y cuenta con 59 Notificaciones.
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Actor: Operadora de Campos Dwf S.A de C.V
Demandado: Juzgado Primero de Primera Instancia de Lo Civil del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas En Altamira (Segundo Distrito Judicial)
CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 27 DE LA LEY DE AMPARO, SE NOTIFICA A LA PARTE TERCERO INTERESADA ESTÍBALIZ GONZÁLEZ DÍAZ, EN SU CARÁCTER DE APODERADA GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS DE INDUSTRIAS ZARAVI, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, POR MEDIO DE LISTA DE ACUERDOS QUE SE FIJE EN LOS ESTRADOS DE JUZGADO, ASÍ COMO EN EL PORTAL DE INTERNET DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN (www.cjf.gob.mx), EL ACUERDO DE CUATRO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO, QUE EN LO CONDUCENTE DICE: agréguese a los autos el escrito signado por la parte quejosa, por medio del cual interpone recurso de revisión en contra de la sentencia dictada el once de julio del año en curso; por tanto, agréguese al cuaderno de antecedentes una copia del escrito de cuenta, y distribúyanse entre las partes las demás, para los efectos legales a que haya lugar. Cumplido lo anterior, y una vez que el presente expediente quede debidamente integrado, en términos del artículo 89 de la Ley de Amparo, remítase el mismo a la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito, con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas, para la calificación o en su caso, substanciación de dicho medio de impugnación
Actor: Operadora de Campos Dwf S.A de C.V
Demandado: Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Civil En Altamira, Tam
agréguese a los autos el escrito signado por la parte quejosa, por medio del cual interpone recurso de revisión en contra de la sentencia dictada el once de julio del año en curso; por tanto, agréguese al cuaderno de antecedentes una copia del escrito de cuenta, y distribúyanse entre las partes las demás, para los efectos legales a que haya lugar. Cumplido lo anterior, y una vez que el presente expediente quede debidamente integrado, en términos del artículo 89 de la Ley de Amparo, remítase el mismo a la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito, con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas, para la calificación o en su caso, substanciación de dicho medio de impugnación
Actor: Operadora de Campos Dwf S.A de C.V
Demandado: Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Civil En Altamira, Tam
Vista la cuenta que antecede, téngase por recibido el escrito signado por el tercero interesado ESTIBALIZ GONZALEZ DIAS apoderada legal de la persona moral INDUSTRIAS ZARAVI S. DE R.L. DE C.V.; y en atención a su contenido, con fundamento en los artículos 278 y 279 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, expídanse a su costa las copias simples que solicita la referida parte, y entréguese a las persona autorizada para tal efecto, previa identificación y firma que por su recibo se otorgue en autos
Actor: Operadora de Campos Dwf S.A de C.V
Demandado: Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Civil En Altamira, Tam
CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 27 DE LA LEY DE AMPARO, SE NOTIFICA A LA PARTE TERCERO INTERESADA ESTIBALIZ GONZALEZ DIAZ, EN SU CARACTER DE APODERADA GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS DE INDUSTRIAS ZARAVI, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, S. DE R.L. DE C.V., POR MEDIO DE LISTA DE ACUERDOS QUE SE FIJE EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO, ASÍ COMO EN EL PORTAL DE INTERNET DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN (www.cjf.gob.mx), LA SENTENCIA DE ONCE DE JULIO DE DOS MIL VEINTICUATRO, EN LA QUE SENTENCIA: PRIMERO.- LA JUSTICIA DE LA UNIÓN NO AMPARA NI PROTEGE A LA APRTE QUEJOSA. SEGUNDO.- COMO ESTÁ ORDENADO EN EL CONSIDERANDO SÉPTIMO, ENTRÉGUESELE COPIA AUTORIZADA DE ESTE FALLO A LA PARTE QUE LO SOLICITE Y TERCERO.- CÚMPLASE LO ESTABLECIDO EN EL CONSIDERANDO ÚLTIMO DE ESTA RESOLUCIÓN
Actor: Operadora de Campos Dwf S.A de C.V
Demandado: Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Civil En Altamira, Tam
Sentencia: primero.- la justicia de la unión no ampara ni protege a la aprte quejosa. Segundo.- como está ordenado en el considerando séptimo, entréguesele copia autorizada de este fallo a la parte que lo solicite y tercero.- cúmplase lo establecido en el considerando último de esta resolución
Actor: Operadora de Campos Dwf S.A de C.V
Demandado: Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Civil En Altamira, Tam
Audiencia constitucional celebrada
Actor: Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Civil En Altamira, Tam
Demandado: Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Civil En Altamira, Tam
De la certificación secretarial que antecede, se advierte que las partes no interpusieron recurso de queja en contra de la resolución de dieciocho de enero del año pasado; en consecuencia, con fundamento en el artículo 98 de Ley de Amparo, se declara que la referida resolución está FIRME, para todos los efectos legales. NOTIFÍQUESE
Actor: Operadora de Campos Dwf S.A de C.V
Demandado: Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Civil En Altamira, Tam
Visto el estado de los autos, tomando en consideración que por acuerdo de treinta y uno de enero del año en curso, se señalaron las DIEZ HORAS CON CUARENTA Y CUATRO MINUTOS DEL DIECIOCHO DE ESTE PROPIO MES, para la celebración de la audiencia constitucional; sin embargo, considerando que tal fecha es inhábil, como lo establece la Ley Federal del Trabajo; en ese contexto, con fundamento en el artículo 58, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se regulariza el procedimiento en el presente expediente, por lo tanto, no ha lugar a celebrar la audiencia constitucional prevista para ese día y en su lugar se fijan las DIEZ HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL DIECIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICUATRO, para que tenga verificativo
Actor: Operadora de Campos Dwf S.A de C.V
Demandado: Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Civil En Altamira, Tam
no ha lugar a celebrar la audiencia constitucional prevista para este día y en su lugar se fijan las DIEZ HORAS CON CUARENTA Y CUATRO MINUTOS DEL DIECIOCHO DE MARZO DEL DOS MIL VEINTICUATRO, para que tenga verificativo la audiencia constitucional
Actor: Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Civil En Altamira, Tam
Demandado: Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Civil En Altamira, Tam
Por lo expuesto en el presente auto, no ha lugar a celebrar la audiencia constitucional prevista para este día y en su lugar se fijan las ONCE HORAS CON DOS MINUTOS DEL VEINTISEIS DE ENERO DEL DOS MIL VEINTICUATRO, para que tenga verificativo la audiencia constitucional
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