Federal
> Juzgado Décimo Tercero De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Operadora Gasoil, Sociedad Anónima De Capital Variable
Demandado: órgano De Gobierno (incluyendo Al Presidente) De La Comisión Reguladora De Energía
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 604/2025 en Materia Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Operadora Gasoil, Sociedad Anónima De Capital Variable en contra de Órgano De Gobierno (Incluyendo Al Presidente) De La Comisión Reguladora De Energía en el Juzgado Décimo Tercero De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 04 de Abril del 2025 y cuenta con 2 Notificaciones.
Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes
Buscar Antecedentes
Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Recibir notificacionesEs gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Actor: OPERADORA GASOIL, Sociedad Anónima de Capital Variable
Demandado: Órgano de Gobierno (incluyendo al Presidente) de la Comisión Reguladora de Energía
Agréguese a los autos los oficios del Juzgado Decimoquinto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México y del Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, por medio de los cuales hacen del conocimiento el contenido del auto de veintiuno de abril de dos mil veinticinco, dictado en el Conflicto Competencial 23/2025, en el que se advierte la recepción y admisión a trámite a admisión del Conflicto competencial suscitado entre el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y este Juzgado de Distrito, de lo que se toma conocimiento para los efectos legales a los que haya lugar. DESAHOGO DE REQUERIMIENTO Por otro lado, el Tribunal Colegiado oficiante concedió un término de tres días para que este Órgano Jurisdiccional exponga lo que estime pertinente respecto del conflicto competencial. En tal sentido, este Órgano Jurisdiccional se apega y reitera los argumentos esgrimidos en el auto de tres de abril de dos mil veinticinco, en el que no se acepta la competencia planteada por el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México, mismos que obra en autos que fueron remitidos a la superioridad de instancia. Lo anterior, es congruente con la determinación de veintisiete de marzo de dos mil veinticinco, de ese H. Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, al resolver el Conflicto Competencial 7/2025. Notifíquese
Actor: OPERADORA GASOIL, Sociedad Anónima de Capital Variable
Demandado: Órgano de Gobierno (incluyendo al Presidente) de la Comisión Reguladora de Energía
Se tiene por recibido el oficio de cuenta, proveniente del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdiccional en Toda la República Mexicana, por medio del cual declina competencia a este órgano jurisdiccional y remite los autos originales del expediente ... (cuaderno principal e incidente), de su índice. Fórmese el expediente físico y electrónico relativo a la demanda de amparo promovida por ...a través de su apoderado legal, contra actos del Órgano de Gobierno de la Comisión Reguladora de Energía y otras autoridades, regístrese bajo el número 604/2025. Ahora bien, de una lectura integral de los autos remitidos por el juzgado oficiante se provee lo siguiente: ...Por los motivos antes señalados, este juzgado de distrito no acepta la competente declinada por el homologo federal; en consecuencia, se ordena devolver los autos originales del juicio de amparo 259/2024 al Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones con Residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República. Por último, se solicita atentamente a dicho Juzgado, se sirva acusar el recibo de estilo correspondiente. Notifíquese
PoderJudicialVirtual.com
Servicio al Cliente
Información