Federal
> Juzgado Décimo Sexto De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Oralia Sanchez Garcia
Demandado: Director Normativo De Prestaciones Económicas Sociales Y Culturales Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 1783/2021 en Materia Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Oralia Sanchez Garcia en contra de Director Normativo De Prestaciones Económicas Sociales Y Culturales Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado en el Juzgado Décimo Sexto De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 17 de Diciembre del 2021 y cuenta con 17 Notificaciones.
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Actor: Oralia Sanchez Garcia
Demandado: Director Normativo de Prestaciones Económicas Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Presidenta de la Tercera Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, mediante el cual acusa de recibo del oficio 40484/2022 que contiene auto de fecha quince de junio de dos mil veintidós y la devolución de los autos originales del juicio contencioso administrativo 22999/18-17-03-5; de lo que se toma conocimiento, para los efectos legales a que haya lugar. NOTIFÍQUESE
Actor: Oralia Sanchez Garcia
Demandado: Director Normativo de Prestaciones Económicas Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Visto el estado procesal que guardan los autos de los que se advierte que mediante oficio 6683 la Magistrada Presidente y el Secretario de Acuerdos de la Sala Auxiliar en Materia de Responsabilidades Administrativas Graves y Segunda Sala Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, remitió un legajo constante de los autos originales que integran el juicio de nulidad 20551/15-17-13-4, de su índice, en consecuencia, toda vez que mediante auto del diecinueve de julio de dos mil veintidós, se archivó el presente asunto, devuélvase por conducto de actuario, el legajo que fue anexado al oficio referido. NOTIFÍQUESE
Actor: Oralia Sanchez Garcia
Demandado: Director Normativo de Prestaciones Económicas Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Vista la certificación secretarial que antecede, así como el estado procesal que guardan los presentes autos, de los cuales se advierte que ha transcurrido en su totalidad el plazo de QUINCE DÍAS, a efecto de impugnar el pronunciamiento del quince de julio de dos mil veintidós; en consecuencia, se declara que HA QUEDADO FIRME EL ACUERDO QUE TUVO POR CUMPLIDA LA SENTENCIA DE AMPARO. Háganse las anotaciones correspondientes en el libro de gobierno..... NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA
Actor: Oralia Sanchez Garcia
Demandado: Director Normativo de Prestaciones Económicas Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Este Juzgado de Distrito estima que el fallo protector ha quedado puntualmente cumplido, toda vez que se ha restituido a la parte quejosa en el goce de sus derechos violados, en términos de lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley de Amparo....archívese el presente expediente como asunto totalmente concluido, y notifíquese personalmente a la parte quejosa la presente determinación, para los efectos de la fracción I del artículo 201 de la Ley de la Materia. Finalmente, téngase por recibido el oficio de cuenta signado por el Secretario de Acuerdos y la Titular de la Segunda Ponencia de la Tercera Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por medio del cual desahoga el requerimiento del veinticuatro de marzo de dos mil veintidós, y remite los autos originales del juicio de nulidad 22999/18-17-03-5; en atención a los párrafos que anteceden, devuélvase los autos del juicio de nulidad en comento, toda vez que se tuvo por cumplida la sentencia de amparo. NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA
Actor: Oralia Sanchez Garcia
Demandado: Director Normativo de Prestaciones Económicas Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Autoridad realiza diversas manifestaciones en relación con el cumplimiento del fallo protector e informa el total cumplimiento del mismo; en consecuencia, con copia autorizada del oficio de cuenta y su anexo, de conformidad con el artículo 196 de la Ley de Amparo, dese vista y córrase traslado a la parte quejosa, para que dentro del plazo de TRES DÍAS, manifieste lo que a su derecho convenga. Apercibida que, de ser omisa en hacer alguna manifestación al respecto, se resolverá sobre el cumplimiento de la ejecutoria con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad oficiante, en la que se declarará si la sentencia está cumplida o no, si se incurrió en exceso o defecto, o en su caso, si hay imposibilidad para cumplirla, en términos de lo que dispone el referido artículo 196 de la ley de la materia- NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA
Actor: Oralia Sanchez Garcia
Demandado: Director Normativo de Prestaciones Económicas Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Autoridad informa los trámites que se encuentra realizando a fin de dar cumplimiento a la ejecutoria del presente asunto; de lo que este órgano jurisdiccional toma conocimiento, lo anterior para los efectos legales conducentes. Por otra parte, téngase como domicilio para oír y recibir notificaciones de su parte el que señala en el oficio de mérito y como delegados en términos del artículo 9° de la ley de la materia, a las personas que designa. NOTIFÍQUESE
Actor: Oralia Sanchez Garcia
Demandado: Director Normativo de Prestaciones Económicas Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se advierte que las partes no interpusieron recurso de revisión en contra de la sentencia definitiva dictada en el presente juicio, dentro del plazo a que se refiere el numeral 86 de la Ley de Amparo; en consecuencia, con fundamento en el artículo 356, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo se declara que la sentencia en la que se CONCEDIÓ EL AMPARO Y PROTECCIÓN de la Justicia de la Unión a la parte quejosa, HA CAUSADO EJECUTORIA. En consecuencia, REQUIÉRASE al Subdirector de Pensiones del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para que dentro del plazo de DIEZ DÍAS, de cumplimiento a la ejecutoria de amparo en los siguientes términos:...De igual manera, REQUIÉRASE al Director Normativo de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en su calidad de superior jerárquico de la autoridad antes citada, para que dentro del término de DIEZ DÍAS acredite ante este Juzgado, haber ordenado al personal bajo su mando el cumplimiento de la sentencia de amparo. Bajo el apercibimiento que de ser omisos a lo solicitado, o bien, de no manifestar oportunamente las gestiones que se encuentran llevando a cabo para dar cumplimiento al fallo protector y justificar la causa de su retraso, lo que deberán acreditar con constancias fehacientes, las personas que ostenten los cargos de las autoridades requeridas, se harán acreedoras a una multa equivalente a cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización...NOTIFÍQUESE
Actor: Oralia Sanchez Garcia
Demandado: Director Normativo de Prestaciones Económicas Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Por lo expuesto y fundado, con apoyo, además, en lo dispuesto por los artículos 63, 64, 65, 73, 74, 75, 76 y 77, fracción II, de la Ley de Amparo, se R E S U E L V E PRIMERO. Se sobresee en el presente juicio de amparo, en términos del considerando tercero de la presente resolución. SEGUNDO. La Justicia de la Unión ampara y protege a ... en contra de la autoridad responsable y por los actos precisados en el considerando segundo, por las razones expuestas en el considerando quinto y para los efectos expuestos en el último considerando de la presente sentencia. NOTIFÍQUESE
Actor: Oralia Sanchez Garcia
Demandado: Director Normativo de Prestaciones Económicas Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Magistrada Presidente y el Secretario de Acuerdos de la Sala Auxiliar en Materia de Responsabilidades Administrativas Graves y Segunda Sala Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, mediante el cual, desahoga el requerimiento formulado en autos, y al efecto remite las constancias ahí solicitadas; por lo tanto, no ha lugar a hacer efectivo el apercibimiento decretado en autos. En ese sentido con su contenido dese vista a las partes para que manifiesten lo que a su interés legal convenga y tómense en consideración al momento de dictar la sentencia definitiva. Finalmente, dado lo voluminoso de las constancias anexadas al oficio de cuenta, se ordena formar un legajo por cuerda separada, identificado como "TOMO I"; lo anterior, para los efectos legales conducentes. NOTIFÍQUESE
Actor: Oralia Sanchez Garcia
Demandado: Director Normativo de Prestaciones Económicas Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Autoridad informa las gestiones que se encuentra realizando para remitir las constancias que integran el juicio 20551/15-17-13-4 de su índice. En ese sentido, REQUIÉRASE a la autoridad oficiante, para que dentro del plazo de DIEZ DÍAS, remita en original o copia certificada, la totalidad de las constancias que integran el juicio 20551/15-17-13-4. Bajo el apercibimiento que de ser omiso sobre el particular, o bien, de no manifestar la imposibilidad que le asista para ello, se impondrá a la persona física que ostenta la titularidad de la autoridad requerida una multa equivalente a cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización...NOTIFÍQUESE
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