Federal
> Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Chihuahua de Décimo Séptimo Circuito
Actor: Oscar Ramírez Caldera | Comisión Del órgano Administrativo Descncentrado De Prevención Y Readaptación Social | Fiscal General Del Estado
Demandado: Fiscal General Del Estado
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 814/2015 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Oscar Ramírez Caldera en contra de Fiscal General Del Estado en el Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Chihuahua en Circuito 17 (Chihuahua). El Proceso inició el 10 de Diciembre del 2015 y cuenta con 52 Notificaciones.
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Actor: Oscar Ramírez Caldera
Demandado: Fiscal General del Estado
Se tiene por consentida la resolución, archívese expediente como concluido depurable, una vez que transcurran cinco años posteriores a esta fecha
Se tiene por consentida la resolución, archívese expediente como concluido depurable, una vez que tr
Ciudad Juárez, Chihuahua, cinco de septiembre de dos mil dieciséis. Agréguense a los autos los oficios signados por el Jefe del Departamento Jurídico y de Normatividad, y por el Consultor Jurídico en ausencia del Supervisor Estatal de la Unidad de Amparos, Traslados y Derechos Humanos, ambos de la Fiscalía Especializada en Ejecución de Penas y Medidas Judiciales, con residencia en Aquiles Serdán, Chihuahua, mediante el cual informan el cumplimiento dado al fallo protector, y al efecto manifiestan que el veinticinco de agosto del año en curso, se ordenó el traslado del quejoso Oscar Ramírez Caldera, del Centro de Reinserción Social Estatal número Uno (1), en Aquiles Serdán, Chihuahua, al Centro de Reinserción Social Estatal número Tres (3), en esta ciudad, ingresando a dicho centro penitenciario el treinta de agosto de dos mil dieciséis. Con lo anterior, con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, dése vista a la parte quejosa por el plazo de tres días, contado a partir del siguiente al en que le surta efectos legales la notificación de este auto, para que manifieste lo que a su interés legal convenga respecto al cumplimiento dado al fallo protector; apercibida que de no hacerlo así, esta potestad federal resolverá lo conducente con base en las constancias de autos y los informes proporcionados por las autoridades responsables. Notifíquese; personalmente a la parte quejosa en el lugar de su reclusión
Actor: Oscar Ramírez Caldera
Demandado: Fiscal General del Estado y Otros
Ciudad Juárez, Chihuahua, cinco de septiembre de dos mil dieciséis. Agréguense a los autos los oficios signados por el Jefe del Departamento Jurídico y de Normatividad, y por el Consultor Jurídico en ausencia del Supervisor Estatal de la Unidad de Amparos, Traslados y Derechos Humanos, ambos de la Fiscalía Especializada en Ejecución de Penas y Medidas Judiciales, con residencia en Aquiles Serdán, Chihuahua, mediante el cual informan el cumplimiento dado al fallo protector, y al efecto manifiestan que el veinticinco de agosto del año en curso, se ordenó el traslado del quejoso Oscar Ramírez Caldera, del Centro de Reinserción Social Estatal número Uno (1), en Aquiles Serdán, Chihuahua, al Centro de Reinserción Social Estatal número Tres (3), en esta ciudad, ingresando a dicho centro penitenciario el treinta de agosto de dos mil dieciséis. Con lo anterior, con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, dése vista a la parte quejosa por el plazo de tres días, contado a partir del siguiente al en que le surta efectos legales la notificación de este auto, para que manifieste lo que a su interés legal convenga respecto al cumplimiento dado al fallo protector; apercibida que de no hacerlo así, esta potestad federal resolverá lo conducente con base en las constancias de autos y los informes proporcionados por las autoridades responsables. Notifíquese; personalmente a la parte quejosa en el lugar de su reclusión
Actor: Oscar Ramírez Caldera
Demandado: Fiscal General del Estado
el oficio signado por el Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Chihuahua, con residencia en la capital de esta entidad federativa, con el cual devuelve debidamente diligenciado el exhorto 467/2016-III (número de origen 435/2016-exhorto) del índice de este juzgado, enviado a fin de que en auxilio de este tribunal notificara al quejoso XXXXXXXXXX, el acuerdo de dieciocho de agosto del año en curso
el oficio signado por el Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Chihuahua, con residencia en la capital de esta entidad federativa, con el cual devuelve debidamente diligenciado el exhorto 467/2016-III (número de origen 435/2016-exhorto) del índice de este juzgado, enviado a fin de que en auxilio de este tribunal notificara al quejoso XXXXXXXXXX, el acuerdo de dieciocho de agosto del año en curso
Actor: Oscar Ramírez Caldera
Demandado: Fiscal General del Estado
Con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo, agréguese a los autos el informe justificado y anexo, signado por el Supervisor Estatal de la Unidad de Amparos, Traslados y Derechos Humanos de la Fiscalía Especializada en Ejecución de Penas y Medidas Judiciales, con residencia en Aquiles Serdán, Chihuahua; con el cual se da vista a las partes para que manifiesten lo que a sus intereses convenga, sin perjuicio de relacionarlo en la audiencia constitucional. Toda vez que el quejoso xxxxxxxxxxxxxxxx actualmente se encuentra recluido en el Centro de Reinserción Social Estatal número Uno, en Aquiles Serdán, Chihuahua, esto es, fuera del territorio en que ejerce jurisdicción este juzgado federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 26, fracción I, inciso a) de la Ley de Amparo, en relación con los numerales 298 y 300 del supletorio Código Federal de Procedimientos Civiles, y 158 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, envíese atento exhorto al Juez de Distrito en el Estado de Chihuahua, en turno, con residencia en la capital de esta entidad federativa, para que en auxilio de las labores de este juzgado, ordene a quien corresponda constituirse en las instalaciones que ocupa dicho centro penitenciario, y notifique a xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxel presente proveído, entregándole copia autorizada que de este auto se envíe, y copia simple del informe de mérito, asentándose razón de tal circunstancia. Hecho lo anterior, se le solicita devolver el exhorto a la brevedad posible. Con el fin de asegurar el éxito de la diligencia solicitada, se pide al juzgador a quien corresponda conocer del exhorto que se envíe, adopte las medidas necesarias, seguro de la reciprocidad que se observará en casos análogos. Finalmente, agréguese el oficio signado por el Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Chihuahua, con residencia en la capital de esta entidad federativa, con el cual devuelve debidamente diligenciado el exhorto 268/2016-III (número de origen 244/2016-exhorto) del índice de este juzgado, enviado a fin de que en auxilio de este tribunal notificara al quejoso xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, el proveído de veintiocho de abril del año en curso. Envíense el acuse de recibo correspondiente y háganse las anotaciones respectivas en el libro de comunicaciones oficiales enviadas
Actor: Oscar Ramírez Caldera
Demandado: Fiscal General del Estado y Otros
se difiere la audiencia constitucional señalada para el día de hoy y se fijan las diez horas del veintiséis de mayo de dos mil dieciséis, para que tenga verificativo
se difiere la audiencia constitucional señalada para el día de hoy y se fijan las diez horas del veintiséis de mayo de dos mil dieciséis, para que tenga verificativo
Actor: Oscar Ramírez Caldera
Demandado: Fiscal General del Estado
se tiene por ampliada la demanda de amparo promovida se requiere a la autoridad responsable Supervisora de la Unidad de Traslados, Amparos y Derechos Humanos de la Fiscalía Especializada en Ejecución de Penas y Medidas Judiciales, para que rinda su informe con justificación dentro del plazo de quince días, Hágase de su conocimiento que por auto de veintiocho de marzo último, se señalaron las diez horas del veintiocho de abril de dos mil dieciséis, para que tenga lugar la audiencia constitucional
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