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Pablo Alberto Gramond Mondaca | Junta Especial Número Cuarenta Y Exp: 231/2019

Federal > Juzgado Noveno De Distrito En El Estado De Sonora de Quinto Circuito
Actor: Pablo Alberto Gramond Mondaca | Enrique Alejandro Pacheco Fabela
Demandado: Junta Especial Número Cuarenta Y Siete De La Federal De Conciliación Y Arbitraje, Cananea, Sonora
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 231/2019 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Pablo Alberto Gramond Mondaca en contra de Junta Especial Número Cuarenta Y Siete De La Federal De Conciliación Y Arbitraje, Cananea, Sonora en el Juzgado Noveno De Distrito En El Estado De Sonora en Circuito 5 (Sonora). El Proceso inició el 21 de Noviembre del 2019 y cuenta con 16 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 231/2019

  • 28 de Enero del 2021

    Actor: Pablo Alberto Gramond Mondaca

    Demandado: Junta Especial Número Cuarenta y Siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje, Cananea, Sonora

    Visto el estado de autos, se advierte que el veintidós de septiembre de dos mil veinte, causó estado el proveído de diecisiete de febrero de dos mil veinte, en el cual se tuvo por cumplido el fallo protector del presente juicio. Asimismo, en el acuerdo de veintidós de septiembre del dos mil veinte, se realizó la valoración del presente, pero se omitió ordenar el archivo definitivo; en consecuencia, con fundamento en el artículo 214, de la Ley de Amparo, previas las anotaciones en el libro de gobierno respectivo, así como en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, se ordena archivar definitivamente el presente asunto

  • 26 de Octubre del 2020

    Actor: Pablo Alberto Gramond Mondaca

    Demandado: Junta Especial Número Cuarenta y Siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje, Cananea, Sonora

    agréguense a los autos, a través del cual el Presidente de la Junta Especial número Cuarenta y siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con residencia en Cananea, Sonora, acusa recibo del oficio 8817; por medio del cual se les notificó el auto de veintidós de septiembre del año actual

  • 23 de Septiembre del 2020

    Actor: Pablo Alberto Gramond Mondaca

    Demandado: Junta Especial Número Cuarenta y Siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje, Cananea, Sonora

    Vista la certificación de cuenta y del estado de autos, se advierte que a la fecha transcurrió el término de quince días a que se refiere el artículo 202, en relación con el diverso 201, de la Ley de Amparo, sin que la parte quejosa hubiese recurrido el acuerdo de diecisiete de febrero de dos mil veinte, en el que se tuvo por cumplido el fallo protector en este juicio de amparo; consecuentemente, con fundamento en lo previsto en el numeral 288, del Código Federal de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente, se declara que dicho proveído ha causado estado para todos los efectos legales consiguientes. se procede a determinar la clasificación documental de este expediente. agréguese a los autos oficio de cuenta, a través del cual la Presidente de la Junta Especial número Cuarenta y siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con residencia en Cananea, Sonora, acusa recibo del oficio 7573

  • 27 de Agosto del 2020

    Actor: Pablo Alberto Gramond Mondaca y Otros

    Demandado: Junta Especial Número Cuarenta y Siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje, Cananea, Sonora

    Se levanta la reserva decretada en autos...Por otra parte, vista la certificación de cuenta, se advierte que el diecisiete de febrero de dos mil veinte, se declaró el fallo protector cumplido. Debido a lo anterior, se hace del conocimiento de las partes que podrán programar citas para la consulta de expediente o comparecencia, las cuales iniciaron a partir del lunes diez de agosto de dos mil veinte y para tal efecto, estará disponible en el Portal de Servicios en Línea un micrositio sobre "Servicios jurisdiccionales", dentro del cual además de contar con la información de contacto de todos los órganos jurisdiccionales a cargo del Consejo de la Judicatura Federal, así como las listas para sesión y de acuerdos, se encontrarán el sistema "Agenda OJ", en el que aparecerán las fechas y horarios disponibles en el órgano jurisdiccional para la generación de citas para consultar expedientes y el desahogo de comparecencias o requerimientos.La generación de citas será un proceso automatizado que otorgará a la persona a cuyo nombre se solicite un Código QR que, a su vez, permitirá que ella y, en su caso, otra persona autorizada en el expediente respectivo, ingresen al órgano jurisdiccional. El Código QR podrá presentarse electrónicamente en un dispositivo móvil o podrá llevarse impreso, y dará derecho a que un máximo de dos personas accedan al órgano jurisdiccional en la fecha y hora en que se programó la cita. Cuando a la cita pretenda acudir una persona vulnerable frente al Covid-19 o una persona con discapacidad, así lo deberá manifestar al generarla, de modo que su atención se realice en los espacios accesibles que para tal efecto establezca la administración de cada edificio sede... Se requiere a las partes para que continúen con la tramitación de este juicio en forma electrónica, bajo el esquema de juicio de suspensión en línea, mediante el uso de su Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación (FIREL) o su Firma Electrónica Avanzada del Servicio de Administración Tributaria (e.firma antes FIEL)... Al respecto, es preciso indicar que el artículo 1° del Acuerdo General 12/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, establece que su objeto es regular la integración de los expedientes electrónicos y la utilización de videoconferencias para el desahogo de audiencias y diligencias judiciales en los asuntos que son competencia de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación a cargo del Consejo de la Judicatura Federal, así como la actuación desde el Sistema Electrónico del Poder Judicial de la Federación, permitiendo la promoción, trámite, consulta, resolución y notificación por vía electrónica, al igual que la celebración de audiencias y otras diligencias que puedan desahogarse a distancia, mediante el uso de videoconferencias. Atento a lo anterior, infórmese a las partes que en términos del precepto 6 de dicha normativa general, pueden promover y acceder a los expedientes electrónicos mediante el uso de Firma Electrónica, para lo cual será necesario que las personas interesadas cuenten con una firma electrónica emitida o reconocida por el Poder Judicial de la Federación. Para registrarse en el Portal las personas usuarias deberán, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 de dicho acuerdo general: (i) indicar su nombre, correo electrónico y CURP; (ii) crear un "Nombre de Usuario" y una "Contraseña"; y (iii) vincular su Firma Electrónica al registro respectivo. El registro de cada usuaria o usuario en el sistema es de carácter personal y en ningún caso una persona podrá hacerlo a nombre de otra. Una vez realizado el registro en el Portal, la persona usuaria podrá entrar al sistema a través de su "Nombre de Usuario y Contraseña", o bien, a través de su Firma Electrónica vigente, tal como lo indica el artículo 19 del Acuerdo General en cita. Al margen de todo lo anterior, hágase del conocimiento de las partes que por comunicado 28/2020 de quince de julio del año en curso, el Consejo de la Judicatura Federal informó que en el sitio de internet www.firel.pjf.gob.mx, puede tramitarse en línea la Firma Electrónica Certificada (FIREL), para lo cual debe ingresar a dicha dirección y descargar la aplicación desde cualquier dispositivo móvil con sistema operativo Android. Además, para el caso de tener algún inconveniente con el proceso de registro deberá comunicarse a los siguientes canales de atención: (55) 56476050; lada sin costo 018008369525, firelenlinea@correo.cjf.gob.mx; escritoriodesoporte@correo.cjf.gob.mx... Sin perjuicio de lo anterior (mientras las partes solicitan su intervención en el juicio mediante cualquiera de las firmas electrónicas de referencia, o bien llevan a cabo las gestiones necesarias para obtenerlas), en tanto este juzgado no ordene que alguna notificación deba practicarse de manera estrictamente personal, lo que se determinará en su momento y atendiendo al caso particular ...tomando en consideración el alto riesgo de infección y propagación que, en el marco de la pandemia ocasionada por el virus COVID-19, representa no sólo para el personal de este órgano jurisdiccional, sino también para las partes, el llevar a cabo las notificaciones y entrega de oficios de manera impresa en papel, se les requiere para que rindan informes, reciban toda clase de notificaciones y acusen recibo de las que sean remitidas por este juzgado, a través del siguiente correo electrónico institucional del juzgado 9jdo5cto@correo.cjf.gob.mx... Se requiere a las partes para que continúen con la tramitación de este juicio de amparo en forma electrónica, bajo el esquema de juicio en línea, mediante el uso de su Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación (FIREL) o su Firma Electrónica Avanzada del Servicio de Administración Tributaria (e.firma antes FIEL)... se exhorta a las partes para que las subsecuentes notificaciones se les realicen vía electrónica, a efecto de que, como se dijo, la tramitación del presente juicio continúe en la modalidad de juicio en línea... aunado a que si bien, la parte inconforme o alguna de las demás partes en el juicio de amparo elija una vía de notificación distinta a la electrónica, tal circunstancia no impide que esta o sus autorizados puedan promover escritos o interponer recursos mediante dicho sistema, siempre que satisfagan los requisitos conducentes... Por otra parte, se hace saber a las partes que pueden consultar las actuaciones judiciales vía electrónica a través del Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación, sin tener que acudir al órgano jurisdiccional, únicamente necesitan un nombre de usuario y contraseña, o contar con firma electrónica emitida o reconocida por el Poder Judicial de la Federación. Para obtener el nombre de usuario, deben realizar lo siguiente: Registrarse en el sitio de internet http://serviciosenlinea.pjf.gob.mx/juicioenlinea/ y seguir esos pasos

  • 27 de Agosto del 2020

    Se levanta la reserva decretada en autos...Por otra parte, vista la certificación de cuenta, se advierte que el diecisiete de febrero de dos mil veinte, se declaró el fallo protector cumplido. Debido a lo anterior, se hace del conocimiento de las partes que podrán programar citas para la consulta de expediente o comparecencia, las cuales iniciaron a partir del lunes diez de agosto de dos mil veinte y para tal efecto, estará disponible en el Portal de Servicios en Línea un micrositio sobre "Servicios jurisdiccionales", dentro del cual además de contar con la información de contacto de todos los órganos jurisdiccionales a cargo del Consejo de la Judicatura Federal, así como las listas para sesión y de acuerdos, se encontrarán el sistema "Agenda OJ", en el que aparecerán las fechas y horarios disponibles en el órgano jurisdiccional para la generación de citas para consultar expedientes y el desahogo de comparecencias o requerimientos.La generación de citas será un proceso automatizado que otorgará a la persona a cuyo nombre se solicite un Código QR que, a su vez, permitirá que ella y, en su caso, otra persona autorizada en el expediente respectivo, ingresen al órgano jurisdiccional. El Código QR podrá presentarse electrónicamente en un dispositivo móvil o podrá llevarse impreso, y dará derecho a que un máximo de dos personas accedan al órgano jurisdiccional en la fecha y hora en que se programó la cita. Cuando a la cita pretenda acudir una persona vulnerable frente al Covid-19 o una persona con discapacidad, así lo deberá manifestar al generarla, de modo que su atención se realice en los espacios accesibles que para tal efecto establezca la administración de cada edificio sede... Se requiere a las partes para que continúen con la tramitación de este juicio en forma electrónica, bajo el esquema de juicio de suspensión en línea, mediante el uso de su Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación (FIREL) o su Firma Electrónica Avanzada del Servicio de Administración Tributaria (e.firma antes FIEL)... Al respecto, es preciso indicar que el artículo 1° del Acuerdo General 12/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, establece que su objeto es regular la integración de los expedientes electrónicos y la utilización de videoconferencias para el desahogo de audiencias y diligencias judiciales en los asuntos que son competencia de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación a cargo del Consejo de la Judicatura Federal, así como la actuación desde el Sistema Electrónico del Poder Judicial de la Federación, permitiendo la promoción, trámite, consulta, resolución y notificación por vía electrónica, al igual que la celebración de audiencias y otras diligencias que puedan desahogarse a distancia, mediante el uso de videoconferencias. Atento a lo anterior, infórmese a las partes que en términos del precepto 6 de dicha normativa general, pueden promover y acceder a los expedientes electrónicos mediante el uso de Firma Electrónica, para lo cual será necesario que las personas interesadas cuenten con una firma electrónica emitida o reconocida por el Poder Judicial de la Federación. Para registrarse en el Portal las personas usuarias deberán, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 de dicho acuerdo general: (i) indicar su nombre, correo electrónico y CURP; (ii) crear un "Nombre de Usuario" y una "Contraseña"; y (iii) vincular su Firma Electrónica al registro respectivo. El registro de cada usuaria o usuario en el sistema es de carácter personal y en ningún caso una persona podrá hacerlo a nombre de otra. Una vez realizado el registro en el Portal, la persona usuaria podrá entrar al sistema a través de su "Nombre de Usuario y Contraseña", o bien, a través de su Firma Electrónica vigente, tal como lo indica el artículo 19 del Acuerdo General en cita. Al margen de todo lo anterior, hágase del conocimiento de las partes que por comunicado 28/2020 de quince de julio del año en curso, el Consejo de la Judicatura Federal informó que en el sitio de internet www.firel.pjf.gob.mx, puede tramitarse en línea la Firma Electrónica Certificada (FIREL), para lo cual debe ingresar a dicha dirección y descargar la aplicación desde cualquier dispositivo móvil con sistema operativo Android. Además, para el caso de tener algún inconveniente con el proceso de registro deberá comunicarse a los siguientes canales de atención: (55) 56476050; lada sin costo 018008369525, firelenlinea@correo.cjf.gob.mx; escritoriodesoporte@correo.cjf.gob.mx... Sin perjuicio de lo anterior (mientras las partes solicitan su intervención en el juicio mediante cualquiera de las firmas electrónicas de referencia, o bien llevan a cabo las gestiones necesarias para obtenerlas), en tanto este juzgado no ordene que alguna notificación deba practicarse de manera estrictamente personal, lo que se determinará en su momento y atendiendo al caso particular ...tomando en consideración el alto riesgo de infección y propagación que, en el marco de la pandemia ocasionada por el virus COVID-19, representa no sólo para el personal de este órgano jurisdiccional, sino también para las partes, el llevar a cabo las notificaciones y entrega de oficios de manera impresa en papel, se les requiere para que rindan informes, reciban toda clase de notificaciones y acusen recibo de las que sean remitidas por este juzgado, a través del siguiente correo electrónico institucional del juzgado 9jdo5cto@correo.cjf.gob.mx... Se requiere a las partes para que continúen con la tramitación de este juicio de amparo en forma electrónica, bajo el esquema de juicio en línea, mediante el uso de su Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación (FIREL) o su Firma Electrónica Avanzada del Servicio de Administración Tributaria (e.firma antes FIEL)... se exhorta a las partes para que las subsecuentes notificaciones se les realicen vía electrónica, a efecto de que, como se dijo, la tramitación del presente juicio continúe en la modalidad de juicio en línea... aunado a que si bien, la parte inconforme o alguna de las demás partes en el juicio de amparo elija una vía de notificación distinta a la electrónica, tal circunstancia no impide que esta o sus autorizados puedan promover escritos o interponer recursos mediante dicho sistema, siempre que satisfagan los requisitos conducentes... Por otra parte, se hace saber a las partes que pueden consultar las actuaciones judiciales vía electrónica a través del Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación, sin tener que acudir al órgano jurisdiccional, únicamente necesitan un nombre de usuario y contraseña, o contar con firma electrónica emitida o reconocida por el Poder Judicial de la Federación. Para obtener el nombre de usuario, deben realizar lo siguiente: Registrarse en el sitio de internet http://serviciosenlinea.pjf.gob.mx/juicioenlinea/ y seguir esos pasos

  • 18 de Febrero del 2020

    Consecuentemente al darse cumplimiento a la ejecutoria emitida en este juicio, se declara que el fallo protector ha quedado cumplido. se tiene a la Presidente d la Junta Especial número 47 de la Federal de Conciliación y Arbitraje de Cananea, Sonora, acusando recibo del oficio 1030

  • 18 de Febrero del 2020

    Actor: Pablo Alberto Gramond Mondaca

    Demandado: Junta Especial Número Cuarenta y Siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje, Cananea, Sonora

    Consecuentemente al darse cumplimiento a la ejecutoria emitida en este juicio, se declara que el fallo protector ha quedado cumplido. se tiene a la Presidente d la Junta Especial número 47 de la Federal de Conciliación y Arbitraje de Cananea, Sonora, acusando recibo del oficio 1030

  • 04 de Febrero del 2020

    Se agrega oficio de la Presidente de la Junta Especial número 47 de la Federal de Conciliación y Arbitraje, de Cananea, Sonora, en el que informa dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo y adjunta copia certificada de la resolución de incidente de liquidación... con lo anterior se da vista a la parte quejosa, para que exprese lo que a sus intereses convenga

  • 04 de Febrero del 2020

    Actor: Pablo Alberto Gramond Mondaca

    Demandado: Junta Especial Número Cuarenta y Siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje, Cananea, Sonora

    Se agrega oficio de la Presidente de la Junta Especial número 47 de la Federal de Conciliación y Arbitraje, de Cananea, Sonora, en el que informa dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo y adjunta copia certificada de la resolución de incidente de liquidación... con lo anterior se da vista a la parte quejosa, para que exprese lo que a sus intereses convenga

  • 03 de Enero del 2020

    Actor: Pablo Alberto Gramond Mondaca y Otros

    Demandado: Junta Especial Número Cuarenta y Siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje, Cananea, Sonora

    RESUELVE: Único. La justicia de la Unión ampara y protege a *** y *** contra el acto reclamado y la autoridad responsable mencionados en los considerandos segundo y tercero, por las razones y motivos expuestos en el séptimo, para los efectos establecidos en el considerando octavo de la presente resolución

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