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Paulina Edith Jacome Sánchez. | Juzgado Octavo De Distrito En Exp: 125/2023

Federal > Primer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Sexto Circuito de Sexto Circuito
Actor: Paulina Edith Jacome Sánchez.
Demandado: Juzgado Octavo De Distrito En Materia De Amparo Civil, Administrativa Y De Trabajo Y De Juicios Federales En El Estado De Puebla .
Materia: Civil
Tipo: Queja

RESUMEN: El Expediente 125/2023 en Materia Civil y de tipo Queja fue promovido por Paulina Edith Jacome Sánchez en contra de Juzgado Octavo De Distrito En Materia De Amparo Civil, Administrativa Y De Trabajo Y De Juicios Federales En El Estado De Puebla en el Primer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Sexto Circuito en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 04 de Abril del 2023 y cuenta con 4 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 125/2023

  • 17 de Abril del 2023

    Actor: PAULINA EDITH JACOME SÁNCHEZ.

    Demandado: JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA DE AMPARO CIVIL, ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO Y DE JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO DE PUEBLA .

    San Andrés Cholula, Puebla, catorce de abril de dos mil veintitrés. Agréguese el oficio de cuenta de la Secretaria del Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla; recibido y firmado electrónicamente con su correspondiente evidencia criptográfica; en el que se acusa recibo del diverso deducido de estas actuaciones y sus anexos, por el que se remitió a ese Juzgado Federal, entre otras constancias, el testimonio de la ejecutoria dictada en este asunto. En virtud de lo anterior, al estar integrado, archívese este expediente como asunto totalmente concluido.

  • 12 de Abril del 2023

    Actor: PAULINA EDITH JACOME SÁNCHEZ.

    Demandado: JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA DE AMPARO CIVIL, ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO Y DE JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO DE PUEBLA .

    Agréguese el oficio de cuenta firmado electrónicamente con su evidencia criptográfica por la Secretaria del Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla; en el que se transcribe la sentencia interlocutoria dictada en el incidente de suspensión derivado del juicio de amparo del cual emana este medio de impugnación; lo anterior, únicamente para los efectos legales a que haya lugar, toda vez que, en la ejecutoria emitida el cuatro de este mes de abril, los Magistrados que integramos este Órgano Colegiado, declaramos sin materia este medio de impugnación.

  • 10 de Abril del 2023

    Actor: PAULINA EDITH JACOME SÁNCHEZ.

    Demandado: JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA DE AMPARO CIVIL, ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO Y DE JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO DE PUEBLA .

    Por lo expuesto se resuelve: ÚNICO. Se declara sin materia el recurso de queja.

  • 04 de Abril del 2023

    Actor: PAULINA EDITH JACOME SÁNCHEZ.

    Demandado: JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA DE AMPARO CIVIL, ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO Y DE JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO DE PUEBLA .

    Regístrese con el número de recurso de queja Q-125/2023 en el libro de control respectivo de este Tribunal. ADMISIÓN. Con fundamento en lo dispuesto por el inciso b), fracción I, del artículo 97, y 98 de la Ley de Amparo, se admite a trámite tal medio de impugnación. TURNO. Por tanto, para los efectos de la parte in fine del artículo 101 del cuerpo de leyes en comento, túrnese este expediente a la Magistrada Rosa María Temblador Vidrio, para que formule el proyecto de resolución correspondiente. SOLICITUDES DE LA PARTE DISCONFORME. AUTORIZACIÓN ELECTRÓNICA. Con fundamento en los artículos 3 y 26 fracción IV, de la Ley de Amparo, así como en los diversos 35, 36, 37, 55 y 57 del citado Acuerdo General 12/2020, tomando en consideración que su nombre de usuario se encuentra registrado en el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación, como lo indica la Secretaria de este Tribunal en su razón de cuenta, y además, que cuenta con firma electrónica, se le autoriza a partir de esta fecha, para consultar la versión electrónica de este expediente en el aludido Portal, así como que se le notifiquen electrónicamente las determinaciones que se ordenen realizar de manera expresa en esos términos, que deberían de efectuarse en forma personal. Por consiguiente, désele de alta en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE) del Consejo de la Judicatura Federal, exclusivamente en relación a este asunto. DOMICILIO. Téngase por señalado el domicilio que indica, para recibir notificaciones, en el supuesto de que no fuera posible efectuarle una notificación de manera digital. AUTORIZADO. Se tiene como autorizado al abogado que designa, con la suma de facultades a que se refiere el artículo 12 de la Ley de Amparo, al aparecer inscrita sus cédula profesional en el Sistema Computarizado para el Registro Único de Profesionales del Derecho ante los órganos jurisdiccionales federales (como lo indica la Secretaria de la adscripción en su razón de cuenta, y se verifica en tal Sistema), lo que lo acredita como licenciado en Derecho; y a los restantes que menciona, como lo pide, únicamente para recibir notificaciones e imponerse de autos, en términos limitados del citado precepto legal.

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