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Pedro Luis Ju rez Contreras | Director De La Policía Exp: 568/2011

Federal > Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Pedro Luis Ju rez Contreras
Demandado: Director De La Policía Ministerial En El Estado De Tlaxcala. Y Otros
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 568/2011 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Pedro Luis Ju Rez Contrera en contra de Director De La Policía Ministerial En El Estado De Tlaxcala. Y Otro en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 25 de Abril del 2011 y cuenta con 9 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 568/2011

  • 06 de Junio del 2011

    Actor: Pedro Luis Ju rez Contreras

    Demandado: Director de la Policía Ministerial en el Estado de Tlaxcala. y Otros

    Se declara que la sentencia que sobreseyó el juicio, ha causado ejecutoria para todos los efectos legales procedentes. Háganse las anotaciones correspondientes en el libro de gobierno y una vez que obren en autos las constancias de notificación del presente proveído, sin ulterior acuerdo, archívese el presente expediente como asunto concluido. Con apoyo en el Acuerdo General Conjunto 1/2009 y a que se negó la suspensión definitiva resérvense en el archivo de este órgano jurisdiccional, el original del incidente de suspensión para que en su momento se proceda a su destrucción. Asimismo, con apoyo en el Acuerdo General Conjunto, 1/2009, una vez que transcurra el plazo de seis meses, procédase a la destrucción del duplicado del incidente de suspensión. Este juzgador estima que el presente expediente carece de relevancia documental, en virtud de que no se ubica en ninguna de las hipótesis establecidas en el artículo vigésimo primero de dicho acuerdo; por tanto, será destruible. Realícese la identificación correspondiente en la carátula del expediente y una vez que haya transcurrido el término que establece el diverso artículo décimo primero del Acuerdo General en cita, remítase este expediente al Centro de Documentación y Análisis a que hace alusión el acuerdo General Conjunto

  • 18 de Mayo del 2011

    Actor: Pedro Luis Ju rez Contreras

    Demandado: Director de la Policía Ministerial en el Estado de Tlaxcala. y Otros

    Se resuelve.- Único: Se sobresee en el juicio

  • 04 de Mayo del 2011

    Actor: Pedro Luis Ju rez Contreras

    Demandado: Director de la Policía Ministerial en el Estado de Tlaxcala. y Otros

    Se resuelve.- Único: Se niega la suspensión definitiva

  • 02 de Mayo del 2011

    Actor: Pedro Luis Ju rez Contreras

    Demandado: Director de la Policía Ministerial en el Estado de Tlaxcala. y Otros

    Dése vista a las partes con los informes justificados que rinden las autoridades referidas

  • 02 de Mayo del 2011

    Actor: Pedro Luis Ju rez Contreras

    Demandado: Director de la Policía Ministerial en el Estado de Tlaxcala. y Otros

    Se tienen por recibidos los informes previos que rinden las autoridades responsables en cita

  • 29 de Abril del 2011

    Actor: Pedro Luis Ju rez Contreras

    Demandado: Director de la Policía Ministerial en el Estado de Tlaxcala. y Otros

    Se tienen por recibidos los informes previos que rinden las autoridades responsables en cita

  • 29 de Abril del 2011

    Actor: Pedro Luis Ju rez Contreras

    Demandado: Director de la Policía Ministerial en el Estado de Tlaxcala. y Otros

    Dése vista a las partes con los informes justificados que rinden las autoridades referidas

  • 25 de Abril del 2011

    Actor: Pedro Luis Ju rez Contreras

    Demandado: Director de la Policía Ministerial en el Estado de Tlaxcala. y Otros

    Se admite a trámite la demanda de amparo, fórmese expediente y regístrese en el libro de gobierno con el número que corresponda. Se fijan las ONCE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL DIECISIETE DE MAYO DE DOS MIL ONCE, para la celebración de la audiencia constitucional. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones las listas que se fijan los estrados de este juzgado y por autorizadas a las personas que menciona. En cumplimiento a la ley de transparencia indiquese el derecho que les asiste, hasta dictarse sentencia, para oponerse de manera expresa, en relación con los terceros, a la publicación de sus datos personales, en la inteligencia de que la falta de oposición conlleva su consentimiento para la sentencia respectiva se publique sin supresión de datos

  • 25 de Abril del 2011

    Actor: Pedro Luis Ju rez Contreras

    Demandado: Director de la Policía Ministerial en el Estado de Tlaxcala. y Otros

    Como esta ordenado en el cuaderno principal, tramitase por duplicado el incidente de suspensión relativo al juicio de garantías, se fijan las NUEVE HORAS CON VEINTICINCO MINUTOS DEL TRES DE MAYO DE DOS MIL ONCE para la celebración de la audiencia incidental. Se concede al quejoso la suspensión provisional. La medida cautelar surte sus efectos desde luego, pero dejará de hacerlo si la quejosa no exhibe una garantía dentro del término de tres días por la cantidad de mil quinientos pesos, en cualquiera de las formas que establece la ley. La medida cautelar no surtirá efecto alguno, si la orden de aprehensión es dictada por autoridad judicial distinta a la aquí señalada o si se sorprende al quejoso en la comisión de flagrante delito. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones las listas que se fijan los estrados de este juzgado y por autorizadas a las personas que indica

antecedentes
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