Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Pedro Mila Guzmán | Pedro Mila Guzmán
Demandado: Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia Del Estado De Tlaxcala
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 271/2010 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Pedro Mila Guzmán en contra de Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia Del Estado De Tlaxcala en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 03 de Marzo del 2010 y cuenta con 4 Notificaciones.
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Actor: PEDRO MILA GUZMÁN
Demandado: Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala
Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte quejosa y se procede a notificar por lista el auto dictado el cuatro de junio de dos mil diez, que en síntesis dice:"...Se tiene al Secretario de Acuerdos del Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, devolviendo los autos del juicio en que se actúa y remitiendo testimonio de la ejecutoria pronunciada cuyos puntos resolutivos dicen:"...Primero.- Se confirma el auto sujeto a revisión. Segundo.- Se desecha por notiriamente improcedente la demanda de garantías. Acúsese el recibo de estilo y archívese el expediente como asunto concluido. Este juzgador estima que el presente expediente carece de relevancia documental, en virtud de que no se ubica en ninguna de las hipótesis establecidas en el artículo vigésimo primero del acuerdo General Conjunto 1/2009, de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal. Realícese la identificación correspondiente en la carátula del expediente y una vez que haya transcurrido el término de tres años que establece el diverso artículo décimo primero del Acuerdo General en cita, remítase este expediente al Centro de Documentación y Análisis a que hace alusión el acuerdo General Conjunto..."
Actor: PEDRO MILA GUZMÁN
Demandado: Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala
Visto el oficio de cuenta, se tiene al Actuario del Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito informando que dicho tribunal admite el recurso de revisión interpuesto por la parte quejosa correspondiéndole número de toca R- 115/2010
Actor: PEDRO MILA GUZMÁN
Demandado: Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala
Se tiene a la parte quejosa interponiendo recurso de revisión en contra del auto de veintiséis de febrero de dos mil diez, en consecuencia, intégrese por separado el cuaderno de antecedentes. Sin mayor trámite remítase el original y copia de los agravios así como los autos al Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito para la substanciación del recurso de mérito
Actor: PEDRO MILA GUZMÁN
Demandado: Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala
Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte quejosa y se procede a notificar por lista el auto de veintiséis de febrero de dos mil diez, que en síntesis dice:"...Analizada la demanda de garantías, se desecha de plano la demanda de garantías. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica en su demanda de garantías y por autorizados para tal efecto a las personas que refiere. Finalmente, se habilitan días y horas inhábiles para las notificaciones personales que se ordenen en la tramitación del juicio..."
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