Características del servicio

Pedro Nazario Lozada Hernández | Junta Especial Número 1 De La Exp: 265/2017

Federal > Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: Pedro Nazario Lozada Hernández
Demandado: Junta Especial Número 1 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla
Materia: Laboral
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 265/2017 en Materia Laboral y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Pedro Nazario Lozada Hernández en contra de Junta Especial Número 1 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 28 de Abril del 2017 y cuenta con 12 Notificaciones.

Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes

 

Buscar Antecedentes
Legales y Expedientes

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Recibir notificaciones
de este Expediente

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Notificaciones del Expediente 265/2017

  • 29 de Noviembre del 2017

    Puebla, Puebla, veintiocho de noviembre de dos mil diecisiete. Transcurrió el término de quince días sin que las partes hubieren interpuesto recurso de inconformidad contra la resolución que tuvo por cumplida la ejecutoria, archívese este asunto como totalmente concluido. se hace la declaratoria que es susceptible de depuración el presente asunto.

  • 30 de Octubre del 2017

    Puebla, Puebla, veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete. se declara que la ejecutoria de amparo pronunciada en el juicio de amparo directo DT. 265/2017, quedó cumplida, sin que se advierta exceso o defecto alguno en su cumplimiento.

  • 25 de Octubre del 2017

    Puebla, Puebla, veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete. se declara que la ejecutoria de amparo pronunciada en el juicio de amparo directo DT. 265/2017, quedó cumplida, sin que se advierta exceso o defecto alguno en su cumplimiento.

  • 02 de Octubre del 2017

    Puebla, Puebla, diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete. Téngase por recibido el oficio signado por la responsable, por el que remite copia autógrafa certificada del laudo de siete de septiembre del año en curso. dese vista a las partes, para que dentro del término de diez días, contado a partir del siguiente al en que surta sus efectos la notificación del presente proveído, expresen lo que a su interés corresponda, debiendo correrles traslado con copia certificada de dicho laudo.

  • 29 de Septiembre del 2017

    Puebla, Puebla, diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete. Téngase por recibido el oficio signado por la responsable, por el que remite copia autógrafa certificada del laudo de siete de septiembre del año en curso. dese vista a las partes, para que dentro del término de diez días, contado a partir del siguiente al en que surta sus efectos la notificación del presente proveído, expresen lo que a su interés corresponda, debiendo correrles traslado con copia certificada de dicho laudo.

  • 26 de Septiembre del 2017

    Puebla, Puebla, diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete. Téngase por recibido el oficio signado por la responsable, por el que remite copia autógrafa certificada del laudo de siete de septiembre del año en curso. dese vista a las partes, para que dentro del término de diez días, contado a partir del siguiente al en que surta sus efectos la notificación del presente proveído, expresen lo que a su interés corresponda, debiendo correrles traslado con copia certificada de dicho laudo.

  • 04 de Septiembre del 2017

    Puebla, Puebla, uno de septiembre de dos mil diecisiete. Téngase por recibido el oficio signado por la responsable, mediante el cual adjunta copia certificada del auto de veintiocho de agosto del año en curso, por el que acusa recibo del testimonio de la ejecutoria emitida por este órgano colegiado, así como los autos de origen; asimismo, se advierte que en cumplimiento a la sentencia emitida en el presente juicio, dejó insubsistente el laudo de diecinueve de septiembre de dos mil dieciséis, e informa que dentro del plazo otorgado, se emitirá nuevo laudo, siguiendo los lineamientos de la ejecutoria. téngase a la autoridad oficiante informando los trámites que se encuentra realizando para dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo y requiérasele para que una vez que emita el laudo, remita constancia que así lo acredite.

  • 24 de Agosto del 2017

    Se niega el amparo principal, se concede el amparo adhesivo y se requiere el cumplimiento.

  • 09 de Junio del 2017

    Puebla, Puebla, ocho de junio de dos mil diecisiete. trascurrió el término concedido a la parte quejosa para que manifestara lo que a su interés conviniera respecto al amparo adhesivo promovido en autos; en tales condiciones, y toda vez que del sorteo de asuntos para turno, el presente correspondió al Magistrado Miguel Ángel Ramos Pérez, túrnense los autos a la ponencia a su cargo, a fin de que elabore el proyecto de resolución.

  • 31 de Mayo del 2017

    Puebla, Puebla, treinta de mayo de dos mil diecisiete. Téngase por recibido el escrito de Filiberto Díaz Reyes, por conducto de su apoderado legal Jesús Rojas Lezama, en su carácter de parte tercera interesada en el presente juicio de amparo; mediante el cual promueve amparo adhesivo. ADMISIÓN DE AMPARO ADHESIVO se admite a trámite la demanda de amparo adhesivo promovido por la parte tercera interesada Filiberto Díaz Reyes, por conducto de su apoderado legal Jesús Rojas Lezama, el cual debe seguir la misma suerte procesal del amparo directo promovido por Pedro Nazario Lozada Hernández por propio derecho y como propietario de la negociación establecida en Calle Veinticinco Norte, número tres mil seiscientos cuarenta y seis; Colonia las Cuartillas de esta ciudad de Puebla . DOMICILIO PARA OIR NOTIFICACIONES Y AUTORIZADOS Como lo solicita la parte adherente, se le tiene por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica en su escrito. NOTIFICACIÓN A LAS PARTES Notifíquese esta determinación al agente del Ministerio Público de la Federación, parte tercera interesada y quejosa por lista, según lo dispone el artículo 26 fracción III de la Ley de Amparo; asimismo, dígasele al último de los nombrados, que queda a su disposición copia de la demanda de amparo adhesivo en las oficinas de la Secretaría de Acuerdos de este tribunal de alzada, para que exprese lo que a su interés convenga dentro del término de tres días, conforme a lo establecido en el artículo 297 fracción II del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de la materia.

antecedentes
“Siempre estaba preocupada por el avance de mi divorcio, me la pasaba marcando y visitando a mi abogado. Ahora me siento segura ya que me entero inmediatamente de todo lo que sucede, inclusive antes que mi abogado y que el abogado de mi exmarido.” Alejandra Solórzano Pediatra
antecedentes
“Hoy en día es difícil confiar en cada persona que uno conoce. Gracias a PoderJudicialVirtual.com estoy enterada de todo lo que debo saber de las personas importantes en mi vida.” Karla Estrada Estudiante de Maestría
Aceptamos pagos con Paypal Aceptamos depósitos en OXXO y Seven Eleven Aceptamos Bancomer, Citibanamex, HSBC, Banorte y Santander
certificado de seguridad ssl 1 certificado de seguridad ssl 2 certificado de seguridad ssl 3 certificado de seguridad ssl 4