Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Pedro Pérez Lira
Demandado: órgano De Fiscalización Superior Tlaxcala
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 1595/2012 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Pedro Pérez Lira en contra de Órgano De Fiscalización Superior Tlaxcala en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 03 de Diciembre del 2012 y cuenta con 8 Notificaciones.
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Actor: PEDRO PÉREZ LIRA
Demandado: ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR TLAXCALA
Se tiene al Actuario judicial adscrito al Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, devolviendo el expediente en que se actúa y remitiendo testimonio de al ejecutoria pronunciada, cuyo único punto resolutivo dice: Se confirma la sentencia. Se declara que la sentencia dictada ha quedado firme. Acúsese el recibo de estilo, háganse las anotaciones en el libro de gobierno y archívese el expediente como asunto concluido. Este expediente carece de relevancia documental, por lo que es susceptible de ser depurable. Ya que se concedió la suspensión definitiva, resérvese en el archivo para que en su momento sea remitido al Centro de Documentación y Análisis y se proceda a su depuración, por lo que hace al duplicado del mismo, una vez transcurrido el plazo de seis meses destrúyase. Este Juzgador estima que el expediente carece de relevancia documental por lo que es susceptible de ser depurable
Actor: PEDRO PÉREZ LIRA
Demandado: ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR TLAXCALA
Se tiene al Actuario adscrito al tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, informando la admisión del recurso de revisión interpuesto, mismo que quedó registrado con el número de revisión 1073/2013, de su índice
Actor: PEDRO PÉREZ LIRA
Demandado: ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR TLAXCALA
Se tiene a la parte quejosa interponiendo recurso de revisión en contra de la sentencia pronunciada en el presente juicio, en consecuencia, intégrese por separado el cuaderno de antecedentes. Una vez que obren la totalidad de las constancias de notificación, remítase el original y copia de los agravios así como los autos al Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito para la substanciación del recurso de mérito. Queda a disposición del Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito, copia del escrito de agravios
Actor: PEDRO PÉREZ LIRA
Demandado: ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR TLAXCALA
Se resuelve.- Primero: Se sobresee en el juicio. Segundo: La Justicia de la unión no ampara ni protege a la parte quejosa
Actor: PEDRO PÉREZ LIRA
Demandado: ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR TLAXCALA
Dése vista a las partes con los informes justificados que rinden las responsables y documentales adjuntas. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica y como delegados de su parte a las personas que refiere
Actor: PEDRO PÉREZ LIRA
Demandado: ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR TLAXCALA
Se resuelve.- único: Se concede la suspensión definitiva a la parte quejosa
Actor: PEDRO PÉREZ LIRA
Demandado: ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR TLAXCALA
Se admite a trámite la demanda de amparo, fórmese expediente y regístrese en el libro de gobierno con el número que corresponda. Se fijan las ONCE HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL VEINTOCHO DE DICIEMBRE DE DOS MIL DOCE, para la celebración de la audiencia constitucional. Se tiene como pruebas del quejoso las que ofrece. Por lo que respecta a la prueba documental consistente en todo lo actuado dentro del expediente 50/AGOSTO/2012, una vez que obre en autos el expediente generador del acto reclamado, se acordará lo conducente. En cumplimiento a la ley de transparencia indíquese el derecho que les asiste, hasta dictarse sentencia, para oponerse de manera expresa, en relación con los terceros, a la publicación de sus datos personales, en la inteligencia de que la falta de oposición conlleva su consentimiento para la sentencia respectiva se publique sin supresión de datos
Actor: PEDRO PÉREZ LIRA
Demandado: ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR TLAXCALA
Como esta ordenado en el cuaderno principal, tramitase por duplicado el incidente de suspensión relativo al juicio de garantías, se fijan las NUEVE HORAS CON TREINTA Y CINCO MINUTOS DEL SEIS DE DICIEMBRE DE DOS MIL DOCE, para la celebración de la audiencia incidental. Se concede al quejoso la suspensión provisional. Se niega al quejoso la suspensión provisional, pues en contra de acto de naturaleza negativa es improcedente conceder la medida cautelar. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica y por autorizadas para recibirlas a las personas que refiere
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