Federal
> Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Pedro Rodriguez Martínez Y Otros..
Demandado: Coordinador General De La Agencia Estatal De Investigacion De La Fiscalia General Del Estado De Chihuahua Y Otros..
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 1379/2019 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Pedro Rodriguez Martínez Y Otro en contra de Coordinador General De La Agencia Estatal De Investigacion De La Fiscalia General Del Estado De Chihuahua Y Otro en el Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 21 de Noviembre del 2019 y cuenta con 4 Notificaciones.
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Vista la certificación que antecede, de la cual se advierte que transcurrió el término de cinco días a que se refiere el artículo 98, en relación con el diverso numeral 97, fracción I, inciso a), ambos de la Ley de Amparo, sin que la parte quejosa haya recurrido el auto de trece de diciembre de dos mil diecinueve, en el cual se tuvo por no presentada la demanda de amparo; en consecuencia, se declara que dicho proveído ha causado estado para todos los efectos legales a que haya lugar; por tanto, háganse las anotaciones correspondientes en el Libro Uno de Juzgado correspondiente a los juicios de amparo, y en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, y archívese el presente asunto como totalmente concluido.
Vista la certificación secretarial que antecede, de la cual se advierte que transcurrió el plazo de cinco días concedido a la quejosa para que desahogara la prevención formulada en proveído diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve, sin que a la fecha lo hubiese hecho dentro del plazo legal concedido; en consecuencia, se hace efectivo el apercibimiento decretado en dicho auto, por lo que de conformidad con el párrafo segundo, del artículo 114 de la Ley de Amparo, se tiene por no presentada la demanda de amparo generadora de este asunto; en esa virtud, háganse las anotaciones respectivas en el Libro Uno de Juzgado correspondiente a los juicios de amparo, y en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, para los efectos legales conducentes.
Visto lo de cuenta, téngase por recibido el oficio 42202/2019, signado por la Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Chihuahua, con sede en la ciudad del mismo nombre, por medio del cual, devuelve diligenciado el exhorto 614/2019/IV/A, con número de orden 781/2019, enviado para notificar al quejoso el proveído de diecinueve de noviembre del año en curso; en tal virtud, agréguese a los autos la comunicación oficial de cuenta para los efectos legales conducentes, háganse las anotaciones respectivas en el libro cuatro de juzgado correspondiente al registro de comunicaciones oficiales enviadas y dese de baja en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes.
Visto lo de cuenta, agréguese el oficio 64330, signado por la Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Chihuahua, con sede en Chihuahua, mediante el cual remite copia certificada del juicio de amparo 172/2019-V-2, del índice de ese juzgado; lo anterior, tomando en consideración que mediante resolución de siete de noviembre de dos mil dieciocho, decretó la separación de autos y determinó que debía tramitarse un diverso juicio de amparo (al antes señalado), en el que se conociera de los actos reclamados derivados de la integración de la carpeta de investigación 095/04048/2017, que se tramita en Reynosa, Tamaulipas, respecto de las siguientes autoridades: .... Manifieste si es su deseo señalar como autoridad responsable a la Agencia del Ministerio Público de Procedimiento Penal Acusatorio adscrito a Unidad General de Investigación Especializada en Delito de Robo, en Reynosa, Tamaulipas. Indique si es su deseo señalar autoridades ejecutoras con sede en esta ciudad; en caso afirmativo, precise la denominación de estas y el acto que les atribuye. Bajo protesta de decir verdad, manifieste el domicilio particular en el que actualmente reside y el lugar en el que se localiza el vehículo Ford submarca F-150 Platinum, pick up, modelo dos mil dieciséis, color blanco, con placas WN64713, número de serie 1FTEW1EG4GFC23990. Con el apercibimiento que de no cumplir con lo requerido en el plazo indicado, con fundamento en el artículo 114, párrafo penúltimo, de la Ley de Amparo, se tendrá por no presentada la demanda.
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