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Perforservice Sociedad Anónima De Capital Variable | Juez Sexto Exp: 756/2016

Federal > Segundo Tribunal Colegiado Del Trigésimo Circuito de Trigésimo Circuito
Actor: Perforservice, Sociedad Anónima De Capital Variable
Demandado: Juez Sexto De Lo Mercantil Del Estado
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 756/2016 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Perforservice, Sociedad Anónima De Capital Variable en contra de Juez Sexto De Lo Mercantil Del Estado en el Segundo Tribunal Colegiado Del Trigésimo Circuito en Circuito 30 (Aguascalientes). El Proceso inició el 08 de Julio del 2016 y cuenta con 3 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 756/2016

  • 05 de Diciembre del 2016

    Actor: Perforservice, sociedad anónima de capital variable

    Demandado: Juez Sexto de lo Mercantil del Estado

    Se notifica a las partes la ejecutoria de veinticinco de noviembre de dos mil dieciséis, en la que se resuelve: ÚNICO.- La Justicia de la Unión no ampara ni protege a la parte quejosa

  • 18 de Agosto del 2016

    Actor: Perforservice, sociedad anónima de capital variable

    Demandado: Juez Sexto de lo Mercantil del Estado

    Túrnense los autos a la ponencia del magistrado Esteban Álvarez Troncoso para que formule el proyecto de resolución correspondiente

  • 08 de Julio del 2016

    Actor: Perforservice, sociedad anónima de capital variable

    Demandado: Juez Sexto de lo Mercantil del Estado

    SE ADMITE LA DEMANDA DE AMPARO. Emplácese por oficio al Ministerio Público Federal, en su carácter de parte, por conducto de su agente adscrito. Con apoyo en el artículo 181 de la Ley de Amparo, notifíquese a las partes este acuerdo para que en el plazo de quince días hábiles presenten sus alegatos, y hagan valer el amparo adhesivo el cual deberán presentar ante este órgano colegiado, si así lo estiman pertinente. Finalmente, en términos de los artículos 8, 13 y 18, fracción II, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y 5, 6, 7, 8 y 9 del Título Segundo del Reglamento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, para la aplicación de la citada ley, es pública la información que tiene bajo su resguardo este tribunal y las partes únicamente pueden oponerse a la publicación de sus datos personales, salvo su nombre en los términos y casos a que se refieren los preceptos antes invocados

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