Federal
> Primer Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: Petróleos Mexicanos
Demandado: Junta Especial Número Siete Bis De La Federal De Conciliación Y Arbitraje
Materia: Laboral
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 1063/2023 en Materia Laboral y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Petróleos Mexicano en contra de Junta Especial Número Siete Bis De La Federal De Conciliación Y Arbitraje en el Primer Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 01 de Diciembre del 2023 y cuenta con 12 Notificaciones.
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Actor: Petróleos Mexicanos
Demandado: Junta Especial Número Siete Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje
Transcurrió el plazo de quince días hábiles para que la parte quejosa interpusiera recurso de inconformidad. Archívese el presente asunto como total y definitivamente concluido. Este expediente es CONSERVABLE
Actor: Petróleos Mexicanos
Demandado: Junta Especial Número Siete Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje
Se declara cumplida la ejecutoria dictada en el presente juicio de garantías
Actor: Petróleos Mexicanos
Demandado: Junta Especial Número Siete Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje
Dése vista a las partes, corriéndoles traslado con copia íntegra de la totalidad de las constancias remitidas por la responsable, relacionadas con el cumplimiento a la ejecutoria de referencia
Actor: Petróleos Mexicanos
Demandado: Junta Especial Número Siete Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje
Dígase a la autoridad responsable que se le otorga una prórroga de DIEZ DÍAS HÁBILES, para cumplimentar la ejecutoria de mérito
Actor: Petróleos Mexicanos
Demandado: Junta Especial Número Siete Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje
Toda vez que la autoridad responsable HA OMITIDO INFORMAR sobre el cumplimiento que le está dando a la ejecutoria emitida por el Pleno de este Tribunal; por tanto, requiérase a la misma a efecto de que en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, dé cabal cumplimiento a la ejecutoria de mérito o informe los actos tendientes que está llevando a cabo para ello
Actor: Petróleos Mexicanos
Demandado: Junta Especial Número Siete Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje
El Presidente de la Junta Especial Número Siete Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje, acusa recibo del testimonio de la ejecutoria emitida en este asunto y del expediente laboral 179/2018, se le tiene informando que dejó insubsistente el laudo reclamado y se ordenó turnar los autos a su auxiliar dictaminador para que elabore el proyecto de laudo respectivo, se tiene a la autoridad responsable informando las gestiones realizadas para dar cumplimiento a la ejecutoria pronunciada en el presente asunto
Actor: Petróleos Mexicanos
Demandado: Junta Especial Número Siete Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje
Como lo solicita se le autoriza la consulta con el nombre de usuario que menciona, vía internet del expediente electrónico relacionado con los presentes autos, de conformidad con el artículo 3 de la Ley de Amparo
Actor: Petróleos Mexicanos
Demandado: Junta Especial Número Siete Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje
único.- ampara, con apoyo en el artículo 192 de la ley de amparo, requiérase a la responsable para que dé cumplimiento
Actor: Petróleos Mexicanos
Demandado: Junta Especial Número Siete Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje
Expídase copia simple de lo solicitado a costa del tercero interesado, previa razón que de su recibo se deje en autos
Actor: Petróleos Mexicanos
Demandado: Junta Especial Número Siete Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje
Con fundamento en el artículo 28, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, túrnese el expediente al rubro citado, a la ponencia del Magistrado Héctor Arturo Mercado López, para que sea formulado el proyecto de resolución respectivo. Por último, con fundamento en el ordinal 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se hace del conocimiento de las partes que este Tribunal Colegiado está integrado por los magistrados Héctor Arturo Mercado López (ponencia A), Adín Antonio de León Gálvez (ponencia B), y Gildardo Galinzoga Esparza (ponencia C); lo que se hace de su conocimiento, para que en el plazo de tres días hábiles, si así lo estiman pertinente, manifiesten lo que a su derecho convenga
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