Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Porfirio Nieves Hernández | Porfirio Nieves Hernández
Demandado: Secretaria De Comunicaciones Y Transportes Del Gobierno Del Estado De Tlaxcala
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 1655/2012 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Incidental fue promovido por Porfirio Nieves Hernández en contra de Secretaria De Comunicaciones Y Transportes Del Gobierno Del Estado De Tlaxcala en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 17 de Diciembre del 2012 y cuenta con 11 Notificaciones.
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Actor: PORFIRIO NIEVES HERNÁNDEZ
Demandado: Secretaria de Comunicaciones y Transportes del Gobierno del Estado de Tlaxcala
Expíasele la copia solicitada
Actor: PORFIRIO NIEVES HERNÁNDEZ
Demandado: Secretaria de Comunicaciones y Transportes del Gobierno del Estado de Tlaxcala
Expídanse las copias solicitadas
Actor: PORFIRIO NIEVES HERNÁNDEZ
Demandado: Secretaria de Comunicaciones y Transportes del Gobierno del Estado de Tlaxcala
Se declara que la sentencia que sobreseyó el juicio, ha causado ejecutoria para todos los efectos legales procedentes. Archívese el presente expediente como asunto concluido. Este juzgador estima que el presente expediente carece de relevancia documental; por tanto, será destruible. Ya que se negó la suspensión definitiva resérvense en el archivo de este órgano jurisdiccional, el original del incidente de suspensión para que en su momento se proceda a su destrucción. Finalmente, con apoyo en el citado acuerdo general una vez que transcurra el plazo de seis meses, procédase a la destrucción del duplicado del incidente de suspensión
Actor: PORFIRIO NIEVES HERNÁNDEZ
Demandado: Secretaria de Comunicaciones y Transportes del Gobierno del Estado de Tlaxcala
ÚNICO. Se sobresee en el juicio
Actor: PORFIRIO NIEVES HERNÁNDEZ
Demandado: Secretaria de Comunicaciones y Transportes del Gobierno del Estado de Tlaxcala
ÚNICO. Se niega la suspensión definitiva
Actor: PORFIRIO NIEVES HERNÁNDEZ
Demandado: Secretaria de Comunicaciones y Transportes del Gobierno del Estado de Tlaxcala
Expídanse las copias solicitadas
Actor: PORFIRIO NIEVES HERNÁNDEZ
Demandado: Secretaria de Comunicaciones y Transportes del Gobierno del Estado de Tlaxcala
Dése vista a las partes con los informes justificados y anexo que rinden las responsables. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indican y como delegados a las personas que refieren
Actor: PORFIRIO NIEVES HERNÁNDEZ
Demandado: Secretaria de Comunicaciones y Transportes del Gobierno del Estado de Tlaxcala
Dése vista a las partes con el informe justificado que rinde la responsable. Vista la imposibilidad para dar cumplimiento al oficio 55655, dése vista a la parte quejosa para que en el plazo de tres días manifieste lo que a su interés convenga, apercibido que de no hacerlo, se dejará de tener como autoridad responsable a la que se denominó como Inspectores Adscritos a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Actor: PORFIRIO NIEVES HERNÁNDEZ
Demandado: Secretaria de Comunicaciones y Transportes del Gobierno del Estado de Tlaxcala
Se tiene a las autoridades responsables, rindiendo sus informes previos. Se tiene como delegados de las autoridades responsables, a las personas que refiere. Visto el oficio de cuenta, dése vista a la parte quejosa con la información que se remite, para que en el plazo de tres días manifieste lo que a su interés convenga, apercibido que de no hacerlo, se dejará de tener como autoridad responsable a la que se denominó como Inspectores Adscritos a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Actor: PORFIRIO NIEVES HERNÁNDEZ
Demandado: Secretaria de Comunicaciones y Transportes del Gobierno del Estado de Tlaxcala
Como esta ordenado en el cuaderno principal, tramitase por duplicado el incidente de suspensión relativo al juicio de garantías, se fijan las NUEVE HORAS CON VEINTICINCO MINUTOS DEL TRES DE ENERO DE DOS MIL TRECE, para la celebración de la audiencia incidental. Se NIEGA al quejoso la suspensión provisional. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones, el que indican y por autorizadas para recibirlas a las personas que refieren
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