Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Presidente Del Comisariado Ejidal De San Lucas Tecopilco, Tlaxcala
Demandado: Tribunal Unitario Del Trigésimo Tercer Distrito En El Estado De Tlaxcala | Tribunal Unitario Del Trigésimo Tercer Distrito En El Estado De Tlaxcala
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 32/1999 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Presidente Del Comisariado Ejidal De San Lucas Tecopilco, Tlaxcala en contra de Tribunal Unitario Del Trigésimo Tercer Distrito En El Estado De Tlaxcala en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició en el año 1999 y cuenta con 2 Notificaciones.
Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes
Buscar Antecedentes
Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Recibir notificacionesEs gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Actor: Presidente del Comisariado Ejidal de San Lucas Tecopilco, Tlaxcala
Demandado: TRIBUNAL UNITARIO DEL TRIGÉSIMO TERCER DISTRITO EN EL ESTADO DE TLAXCALA
Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte quejosa y se procede a notificar por lista el auto de nueve de los corrientes que dice: "... Visto que los presentes autos encuadran en el supuesto establecido por el acuerdo general conjunto 1/2001 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, mismo que determina la depuración del acervo archivístico de los Juzgados de Distrito, requiérase al promovente, para que dentro del término de seis meses comparezca a este juzgado a recoger el documento de referencia, apercibido que de no hacerlo, se procederá a la destrucción del expediente..."
Actor: Presidente del Comisariado Ejidal de San Lucas Tecopilco, Tlaxcala
Demandado: TRIBUNAL UNITARIO DEL TRIGÉSIMO TERCER DISTRITO EN EL ESTADO DE TLAXCALA
Visto que los presentes autos encuadran en el supuesto establecido por el acuerdo general conjunto 1/2001 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, mismo que determina la depuración del acervo archivístico de los Juzgados de Distrito, requiérase al promovente, para que dentro del término de seis meses comparezca a este juzgado a recoger el documento de referencia, apercibido que de no hacerlo, se procederá a la destrucción del expediente. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE
PoderJudicialVirtual.com
Servicio al Cliente
Información