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Productora Ovejuna S.p.r. De R.l. . | Subdirección De Exp: 480/2021

Federal > Juzgado Noveno De Distrito En El Estado De Chihuahua de Décimo Séptimo Circuito
Actor: Productora Ovejuna S.p.r. De R.l. .
Demandado: Subdirección De Adminsitración Del Agua Centro Integral De Servicios De La Comisión Nacional Del Agua Delegación Chihuahua .
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 480/2021 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Productora Ovejuna S.p.r. De R.l. en contra de Subdirección De Adminsitración Del Agua Centro Integral De Servicios De La Comisión Nacional Del Agua Delegación Chihuahua en el Juzgado Noveno De Distrito En El Estado De Chihuahua en Circuito 17 (Chihuahua). El Proceso inició el 06 de Julio del 2021 y cuenta con 10 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 480/2021

  • 01 de Octubre del 2021

    se reciben los oficios de la autoridad responsable Titular de la Unidad Jurídica de la Comisión Nacional del Agua de Chihuahua en representación del Director Local de la Comisión Nacional del Agua, y agréguense a los autos únicamente para efectos de control, toda vez que el presente asunto esta total y definitivamente concluido.

  • 29 de Septiembre del 2021

    se recibe el oficio del Titular de la Unidad Jurídica de la Comisión Nacional del Agua en Chihuahua, y agréguese a los autos únicamente para efectos de control, toda vez que ya se dictó la sentencia en el presente asunto.

  • 24 de Septiembre del 2021

    Oficio. Visto lo de cuenta, se recibe el oficio del Titular de la Unidad Jurídica de la Comisión Nacional del Agua en Chihuahua, y agréguese a los autos únicamente para efectos de control, toda vez que fue recibido y acordado con antelación e incluso se tomó en cuenta para dictar la sentencia en este juicio.

  • 22 de Septiembre del 2021

    Visto lo de cuenta, se advierte que ya transcurrió el término legal previsto en el artículo 86 de la Ley de Amparo, sin que la parte quejosa hubiera recurrido la resolución recaída en este juicio, motivo por el cual lo conducente en el caso es, de acuerdo con los artículos 356, fracción II y 357 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia, por expresa disposición de su numeral 2°, declarar que ha causado ejecutoria para todos los efectos legales. Anotaciones y archivo. Efectúense las anotaciones de rigor en el libro de gobierno correspondiente y, toda vez que el presente ha quedado total y definitivamente concluido, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 214 de la Ley de Amparo, se ordena su archivo...

  • 02 de Septiembre del 2021

    Oficio. Visto lo de cuenta, se recibe el oficio del Titular de la Unidad Jurídica de la Comisión Nacional del Agua en Chihuahua, y agréguese a los autos únicamente para efectos de control, toda vez que fue recibido y acordado con antelación e incluso se tomó en cuenta para dictar la sentencia en este juicio...

  • 31 de Agosto del 2021

    en virtud de que el juicio de amparo 480/2021-IV, se encuentra con audiencia celebrada y pendiente de dictarse la sentencia respectiva, agréguese a los autos el oficio de la autoridad responsable, para que obre como corresponda y resérvese acordar lo conducente, hasta en tanto se resuelva en definitiva el juicio de amparo. Cúmplase.

  • 13 de Agosto del 2021

    se recibe el informe con justificación rendido por la autoridad responsable Director local de la Comisión Nacional del Agua, por conducto del titular de la unidad jurídica de ese ente público, y agréguense a los autos de este juicio para que surtan los efectos legales a que haya lugar. se tienen por rendidos los informes de que se trata, con los que se da vista a las partes para los efectos legales a que haya lugar, sin perjuicio de hacer relación de ellos en la audiencia constitucional relativa. se admiten y se tienen por desahogadas, dada su propia y especial naturaleza, las probanzas ofrecidas adjunto al informe justificado relativo, sin perjuicio de relacionarlas en la audiencia constitucional respectiva, con lo cual también se da vista a las partes para los efectos legales conducentes.

  • 06 de Agosto del 2021

    Informe con justificación. Se recibe el informe del Titular de la Unidad Jurídica de la Comisión Nacional del Agua en Chihuahua, en representación del Director Local de la Comisión Nacional del Agua en Chihuahua y agréguese a los autos de este juicio. se tiene por rendido el informe de que se trata, con el cual se da vista a las partes para los efectos legales a que haya lugar, sin perjuicio de relacionarlo en la audiencia de ley.se admiten y se tienen por desahogadas, dada su propia y especial naturaleza, las probanzas ofrecidas adjunto al informe justificado relativo, sin perjuicio de relacionarlas en la audiencia constitucional respectiva, con lo cual también se da vista a las partes para los efectos legales conducentes.

  • 15 de Julio del 2021

    ADMITE DEMANDA Y SESEÑALAN LAS 10:50 MINUTOS DEL 24 DE AGOSTO DE 2021 PARA LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL.

  • 06 de Julio del 2021

    Se recibe la demanda de amparo, por lo cual fórmese el expediente, regístrese en el libro de gobierno de que se trate y háganse las anotaciones correspondientes. Se previene a la parte promovente para que aclare su demanda de amparo, cumpliendo con lo siguiente: i. Especifique cuál o cuáles son los escritos petitorios que designa como reclamados y a la autoridad a quien o quienes se las reclama. iii. Exhiba copia de la aclaración para cada una de las partes en este juicio.

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