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Productos De Leche 100% Roly S.a. C.v. | Junta Especial Número 1 Exp: 2/2020

Federal > Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: Productos De Leche 100% Roly S.a. De C.v.
Demandado: Junta Especial Número 1 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla
Materia: Laboral
Tipo: Inconformidad

RESUMEN: El Expediente 2/2020 en Materia Laboral y de tipo Inconformidad fue promovido por Productos De Leche 100% Roly S.a. De C.v en contra de Junta Especial Número 1 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 07 de Enero del 2020 y cuenta con 3 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 2/2020

  • 07 de Febrero del 2020

    Puebla, Puebla seis de febrero de dos mil veinte. Archívese este asunto y tomando en consideración que el asunto que nos ocupa no se encuentra contemplado en los supuestos de depuración o destrucción, consérvese íntegramente.

  • 29 de Enero del 2020

    Se declara infundado el recurso de inconformidad.

  • 07 de Enero del 2020

    En seis de enero de dos mil veinte, se da cuenta al Magistrado Presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, con residencia en Puebla, Puebla, con el oficio 51946/2019, signado por la Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, con residencia en San Andrés Cholula, mediante el cual remite el escrito de agravios del recurso de inconformidad interpuesto por la moral denominada Productos de Leche 100% Roly, Sociedad Anónima de Capital Variable, a través de su administrador único Rolando Cocolotl Tolama y el juicio de amparo indirecto 773/2019 y un tomo anexo. Finalmente se da cuenta con la certificación que obra en la foja que antecede, respecto de la oportunidad en la presentación del recurso de inconformidad interpuesto. Conste. 138Puebla, Puebla a seis de enero de dos mil veinte. Téngase por recibido el oficio 51946/2019, signado por la Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, con residencia en San Andrés Cholula; mediante el cual remite el escrito de expresión de agravios del recurso de inconformidad interpuesto por la moral denominada Productos de Leche 100% Roly, Sociedad Anónima de Capital Variable, a través de su administrador único Rolando Cocolotl Tolama, personalidad reconocida por el A quo en proveído de dos de mayo de dos mil diecinueve (fojas 69 a 72 del amparo indirecto), en contra del auto de veinticinco de noviembre de dos mil diecinueve, en el que se tuvo por cumplida la ejecutoria dictada en al juicio de amparo indirecto número 773/2019; respecto de los citados autos originales y del tomo anexo, llévense por cuerda separada a fin de respetar el folio, entresellado y rubricado original. ADMISIÓN DEL RECURSO Por consiguiente, se ordena registrarlo con el número 2/2020; se admite a trámite el recurso de inconformidad. DOMICILIO PARA OIR NOTIFICACIONES DEL RECURRENTE Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones, el que señala en su escrito de agravios y por autorizadas para tal efecto a las personas que menciona, por así haberlo solicitado. PRUEBAS Respecto a la instrumental de actuaciones respecto de todo lo actuado y por actuar en el presente juicio de amparo; y a la presuncional en su doble aspecto, con fundamento en los artículos 202 y 218 del Código Federal de Procedimientos Civiles, supletorio de la Ley de Amparo, conforme al artículo 2º, se tienen por desahogadas en razón de su propia y especial naturaleza y que, en su caso, serán tomadas en consideración al momento de resolver el presente asunto. MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN En términos del artículo 5°, fracción IV, de la Ley de Amparo, dese al Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a este tribunal la intervención que el numeral de mérito le confiere. TURNO A PONENCIA Con fundamento en el artículo 41, fracción II de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, túrnense los autos al Magistrado que suscribe, para que elabore el proyecto de resolución, por corresponderle según el orden que se tiene establecido en este tribunal para este tipo de determinaciones. PROTECCIÓN DE DATOS De conformidad con los numerales 16, 68 y 71 de la Ley Federal, así como el diverso 73 de la Ley General, ambas de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se hace de conocimiento de las partes que el Poder Judicial de la Federación está obligado a proteger los datos personales que obren en su poder, así como a poner a disposición del público y actualizar las versiones públicas de las sentencias que sean de interés público, en las cuales la información clasificada -reservada o confidencial- que obre en la misma no puede ser objeto de publicación. INTEGRACION DE ESTE TRIBUNAL COLEGIADO Se hace saber a las partes que este Tribunal Colegiado se encuentra integrado por los Miguel Mendoza Montes (Presidente), Magistrados José Ybraín Hernández Lima y Francisco Esteban González Chávez.

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