Federal
> Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: Promoción Inmobiliaria Y Turistica Champotón, Sociedad Anónima Promotora De Inversiones De Capital Variable .
Demandado: Novena Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México .
Materia: Civil
Tipo: Queja
RESUMEN: El Expediente 137/2020 en Materia Civil y de tipo Queja fue promovido por Promoción Inmobiliaria Y Turistica Champotón, Sociedad Anónima Promotora De Inversiones De Capital Variable en contra de Novena Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México en el Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 07 de Octubre del 2020 y cuenta con 5 Notificaciones.
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Agréguese a los autos para los fines legales procedentes el oficio que remite la autoridad recurrida, a través del cual acusa recibo. Archívese este expediente como asunto concluido. Destrúyase. Notifíquese.
ÚNICO. ES INFUNDADO EL RECURSO DE QUEJA.
Agréguese el oficio del Juzgado de Distrito para que obre como corresponda, toda vez que por auto de quince de octubre del presente año, se le tuvo dando cumplimiento al requerimiento realizado a dicho juzgado y se admitió a trámite el recurso de queja planteado. Notifíquese.
Se admite el recurso de queja. Acúsese recibo a la autoridad oficiante. Intégrense los expedientes físico y electrónico; se tiene por rendido el informe de la autoridad recurrida. Córrase traslado al Ministerio Público. Túrnese el presente asunto al MAGISTRADO MANUEL ERNESTO SALOMA VERA. Conforme lo solicita la parte promovente, se tiene como su domicilio el que refiere y como autorizadas para oír y recibir notificaciones así como documentos, a las personas que indica. Se habilita a los actuarios de este Tribunal, para que en caso de ser necesario, se constituyan en los domicilios de las partes en días y horas inhábiles, a fin de efectuar las notificaciones personales que se llegasen a ordenar en el presente asunto; se hace del conocimiento de las partes que el Poder Judicial de la Federación, deberá poner a disposición del público en general las versiones públicas de las actuaciones judiciales que sean de su interés, para lo cual se adoptan las medidas necesarias que garantizan la seguridad de sus datos personales. Se exhorta a las partes para que de estimarlo pertinente, transiten al esquema de actuación desde el portal de servicios en línea del Poder Judicial de la Federación https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/, de conformidad con el artículo 22, fracción 1 del ACUERDO GENERAL 21/2020 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA REANUDACIÓN DE PLAZOS Y AL REGRESO ESCALONADO EN LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES ANTE LA CONTINGENCIA POR EL VIRUS COVID-19. NOTIFÍQUESE.
Requiérase al Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, para que dentro de los tres días siguientes, contados a partir de que reciba la notificación del presente proveído, remita el original del escrito de expresión de agravios formulado por la parte tercera interesada y recurrente ***, a través de su apoderado ***, en el que obre el sello de recepción del juzgado oficiante, así como la firma autógrafa de la apoderada de la parte recurrente, a efecto de que se encuentre debidamente integrado el presente recurso de queja y por otra parte, remita el original del juicio de amparo indirecto ***, o en su caso, copia certificada de las constancias que considere necesarias para la integración del presente recurso; lo anterior es así, para que este órgano colegiado se encuentre en condiciones de acordar lo que en derecho proceda en el presente asunto. Apercibido que de no hacerlo en ese lapso, se le impondrá una multa. Acúsese recibo a la autoridad oficiante. Intégrense los expedientes físico y electrónico. Conforme lo solicita la parte promovente, se tiene como su domicilio el que refiere; y únicamente como autorizadas para oír y recibir notificaciones así como documentos, a las demás personas que indica. Se habilita a los actuarios de este Tribunal, para que en caso de ser necesario, se constituyan en los domicilios de las partes en días y horas inhábiles, a fin de efectuar las notificaciones personales que se llegasen a ordenar en el presente asunto; se hace del conocimiento de las partes que el Poder Judicial de la Federación, deberá poner a disposición del público en general las versiones públicas de las actuaciones judiciales que sean de su interés, para lo cual se adoptan las medidas necesarias que garantizan la seguridad de sus datos personales. Se exhorta a las partes para que de estimarlo pertinente, transiten al esquema de actuación desde el portal de servicios en línea del Poder Judicial de la Federación https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/, de conformidad con el artículo 22, fracción 1 del ACUERDO GENERAL 21/2020 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA REANUDACIÓN DE PLAZOS Y AL REGRESO ESCALONADO EN LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES ANTE LA CONTINGENCIA POR EL VIRUS COVID-19. Notifíquese.
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