Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Rafaela Villacieros Armada .
Demandado: Junta Especial Número Dieciocho De La Local De Conciliacion Y Arbitraje De La Ciudad De México Y Otros..
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 3441/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Rafaela Villacieros Armada en contra de Junta Especial Número Dieciocho De La Local De Conciliacion Y Arbitraje De La Ciudad De México Y Otro en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 10 de Noviembre del 2023 y cuenta con 12 Notificaciones.
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Actor: Rafaela Villacieros Armada .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECIOCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Vista la certificación. Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. se considera cumplida la sentencia de amparo, sin que se advierta exceso o defecto en su cumplimiento. archívese el presente expediente como asunto totalmente concluido. este expediente deberá conservarse en el archivo de este Juzgado por el término de tres años y es susceptible de conservación. este expediente no es de relevancia documental. Notifíquese personalmente a la parte quejosa, para que dentro del plazo de noventa días hábiles, contados a partir del día siguiente en que surta efectos la notificación del presente proveído, concurra al local de este órgano de control constitucional a recoger la carta poder que exhibió con su escrito de demanda, previa identificación oficial que exhiba y razón que por su recibo obre en autos, apercibida que en caso de no recogerla dentro del plazo concedido será destruida junto con el expediente. devuélvase a su lugar de origen la copia certificada del expediente laboral, en el entendido de que la anotación en la constancia respectiva con el sello fechador, de que la autoridad responsable recibió el tomo, hará las veces de acuse de recibo. NOTIFÍQUESE VÍA ELECTRÓNICA A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Rafaela Villacieros Armada .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECIOCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Vista la certificación secretarial, agréguese a los autos únicamente para que obre como constancia, el oficio enviado por el Presidente de la Junta Especial "I" (antes Número Dieciocho) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, a través del cual, remite copia certificada de la audiencia de desahogo de pruebas de siete de febrero de dos mil veinticuatro, celebrada en el juicio laboral de origen; ya que, como se advierte de la certificación de cuenta, mediante proveído de seis de febrero del presente año, con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, se dio vista a la parte quejosa con el cumplimiento al fallo protector. NOTIFÍQUESE.
Actor: Rafaela Villacieros Armada .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECIOCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Agréguese a los autos el oficio de la autoridad responsable, mediante el cual informa lo relativo al cumplimiento de la ejecutoria de amparo; con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, se da vista a la parte quejosa con la promoción de cuenta, para que dentro del término de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE; VÍA ELECTRÓNICA A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Rafaela Villacieros Armada .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECIOCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Agréguese a los autos el oficio signado por el Presidente de la Junta Especial "I" (antes Número Dieciocho) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, solicita se le amplíe el plazo para dar cumplimiento de la sentencia de amparo por las razones que expone. SE CONCEDE a la Junta Especial "I" (antes Número Dieciocho) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, plazo legal de TRES DÍAS, para que realice lo siguiente: . . . Se apercibe. NOTIFÍQUESE.
Actor: Rafaela Villacieros Armada .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECIOCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .
Agréguese a los autos el oficio signado por el Presidente de la Junta Especial "I" (antes Número Dieciocho) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, en atención al requerimiento de dieciséis de enero de dos mil veinticuatro, remite copia certificada, este Juzgado de Distrito se pronunció en relación a su contenido en el acuerdo que antecede, de fecha veintidós de enero de dos mil veinticuatro. Este órgano de control constitucional esta en la espera de que la autoridad responsable dé cumplimiento al requerimiento de veintidós de enero de dos mil veinticuatro. NOTIFÍQUESE.
Actor: Rafaela Villacieros Armada .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECIOCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Agréguese a los autos el oficio signado por el Presidente de la Junta Especial "I" (antes Número Dieciocho) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, en el que en atención al requerimiento de dieciséis de enero de dos mil veinticuatro, remite copia con firmas autógrafas. SE REQUIERE a la Junta Especial "I" (antes Número Dieciocho) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, para que dentro del plazo legal de TRES DÍAS, realice lo siguiente: . . . Se apercibe. NOTIFÍQUESE.
Actor: Rafaela Villacieros Armada .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECIOCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Agréguese a los autos el oficio signado por el Presidente y la Secretaria de Acuerdos de la Junta Especial "I" (antes Número Dieciocho) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, solicitan se les amplíe el plazo para dar cumplimiento de la sentencia de amparo por las razones que exponen. SE CONCEDE a la Junta Especial "I" (antes Número Dieciocho) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México y su Presidente, plazo legal de TRES DÍAS, para que realicen lo siguiente: . . . Se apercibe. NOTIFÍQUESE.
Actor: Rafaela Villacieros Armada .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECIOCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Vista la certificación, se declara que la sentencia dictada en el presente juicio de amparo, ha causado ejecutoria. SE REQUIERE. Se apercibe. NOTIFÍQUESE.
Actor: Rafaela Villacieros Armada .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECIOCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
VISTOS PARA RESOLVER: ÚNICO. SE CONCEDE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA DE LA UNIÓN A LA PARTE QUEJOSA. NOTIFÍQUESE.
Actor: Rafaela Villacieros Armada .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECIOCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Agréguense el oficio remitido por las autoridades responsables, mediante el cual, rinden su informe justificado; en su apoyo, adjuntan copia certificada de diversas constancias relativas al juicio natural; en consecuencia, de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Amparo, se da vista a las partes con su contenido. Relaciónense en la audiencia constitucional. Para efectos prácticos en el manejo del expediente de amparo, fórmese un tomo de pruebas con las constancias que remitió la autoridad responsable, el cual deberá correr adjunto al presente cuaderno. Notifíquese.
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