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Ramón Rojas Rosete | Juez Segundo Civil Y Familiar Del Distrito Exp: 718/2007

Federal > Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Ramón Rojas Rosete | Ramón Rojas Rosete
Demandado: Juez Segundo Civil Y Familiar Del Distrito Judicial De Hidalgo
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 718/2007 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Ramón Rojas Rosete en contra de Juez Segundo Civil Y Familiar Del Distrito Judicial De Hidalgo en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 07 de Junio del 2007 y cuenta con 2 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 718/2007

  • 19 de Julio del 2007

    Actor: RAMÓN ROJAS ROSETE

    Demandado: Juez Segundo Civil y Familiar del Distrito Judicial de Hidalgo

    Se declara que el proveído que desechó de plano la demanda de garantías ha causado estado para los efectos legales a que haya lugar. Háganse las anotaciones en el libro de gobierno. En consecuencia, resérvese el presente asunto en el archivo para su depuración y toda vez que será destruido en su totalidad, notifíquese a la parte quejosa para que en el término de seis meses manifieste lo que a su derecho corresponda

  • 07 de Junio del 2007

    Actor: RAMÓN ROJAS ROSETE

    Demandado: Juez Segundo Civil y Familiar del Distrito Judicial de Hidalgo

    Vista la razón actuarial de cuenta, se ordena realizar a la parte quejosa la notificación del auto de uno de junio dos mil siete y las subsecuentes por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado. En cumplimiento al proveído de esta misma fecha se procede a notificar por lista el proveido de uno de junio del actual que dice en síntesis: "...Se desecha de plano la demanda de garantías. Se tiene como domicilio el que señala el quejoso y por autorizadas a las personas que indica. En cumplimiento a la ley de transparencia indiquese el derecho que les asiste, hasta dictarse sentencia, para oponerse de manera expresa, en relación con los terceros, a la publicación de sus datos personales, en la inteligencia de que la falta de oposición conlleva su consentimiento para la sentencia respectiva se publique sin supresión de datos..."

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