Federal
> Juzgado Quinto De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Ramón Téllez Benítez
Demandado: Presidente De La Comisión Nacional Bancaria Y De Valores Y Otros
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 1983/2024 en Materia Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Ramón Téllez Benítez en contra de Presidente De La Comisión Nacional Bancaria Y De Valores Y Otro en el Juzgado Quinto De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 19 de Diciembre del 2024 y cuenta con 3 Notificaciones.
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Actor: RAMÓN TÉLLEZ BENÍTEZ
Demandado: PRESIDENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES
Estado de autos. Visto el estado procesal de autos se desprende que mediante proveído de dieciocho de diciembre pasado, este Juzgado aceptó la competencia declinada por el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México, por razón de materia y se declaró legalmente incompetente por conocimiento previo, ordenando remitir los autos originales del juicio de amparo del cual deriva el presente cuaderno de antecedentes al Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, ...Hecho notorio. Sin embargo, se precisa que de una consulta en el Portal de Servicios en Línea ... se advierte que mediante proveído de nueve de enero anterior, emitido en los autos del juicio de amparo 37/2025 del índice del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, dicho órgano determinó admitir la demanda y señalar fecha para la celebración de la audiencia constitucional...En consecuencia, dado que el juzgador receptor se avocó al conocimiento del asunto, se provee lo siguiente. En consecuencia, previas las anotaciones que se hagan...remítase el expediente de que se trata como concluido al archivo de este órgano jurisdiccional para su resguardo...Notifíquese
Actor: RAMÓN TÉLLEZ BENÍTEZ
Demandado: PRESIDENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES y Otros
Acusa. Agréguese el oficio signado proveniente del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, que contiene inserto el auto de seis de enero de dos mil veinticinco, dictado en el cuaderno de varios 1/2025, de su índice, en el que acusa recibo de los autos originales del asunto en que se actúa e informa que lo remitió como demanda nueva a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México a fin de emitir el pronunciamiento correspondiente respecto de la competencia declinada a su favor. En espera. Por tal motivo, se está a la espera, a fin de proveer lo conducente en este asunto. Notifíquese
Actor: RAMÓN TÉLLEZ BENÍTEZ
Demandado: PRESIDENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES y Otros
QUEJOSO NOTIFICACION ELECTRONICA Juzgado remite expediente. Por recibido el oficio del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México, que contiene inserto el auto de doce de diciembre actual, dictado en el juicio de amparo 3122/2024-I, de su índice promovido por ********************, por derecho propio, contra actos del Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y remite los autos originales del mismo, por haber declinado competencia por razón de materia. Acúsese el recibo de estilo vía interconexión.****************************************Fórmese expediente electrónico y háganse las anotaciones en el Libro de control electrónico, así como en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes con el número 1983/2024. Se acepta competencia. Hágase del conocimiento del juzgado oficiante que este órgano jurisdiccional acepta la competencia planteada. Precisión de actos. De la demanda de amparo se obtiene que el quejoso señala como acto reclamado: . En consecuencia, de conformidad con los artículos 45, fracción II, y 46, fracciones II y XIII, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, se ordena remitir el expediente del juicio de amparo 1983/2024, al Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, a fin de que provea lo que en derecho corresponda; y, se solicita atentamente informe la determinación que tenga a bien adoptar. . Suspensión de plano. Sin que pase desapercibido que el quejoso solicita la suspensión de plano de los actos reclamados, no obstante, este órgano jurisdiccional comparte el criterio del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México, en el sentido de que "no resulta procedente darle ese trámite debido a que las suspensiones que resuelven cuestiones relativas a la falta de pensión o prestaciones que correspondan otorgar a las empresas en calidad de patrones, se proveerán de forma provisional y definitiva". . Notificación electrónica. En ese sentido, con relación a la solicitud expresa, para que las notificaciones personales se realicen vía electrónica, por conducto del usuario "JULIORVA", de conformidad con el artículo 55 del Acuerdo General Conjunto 12/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal5, háganse las notificaciones por vía electrónica, sólo aquellas que se ordenen de manera personal en el asunto. Cabe destacar que las notificaciones electrónicas se tendrán por hechas una vez que se consulte el texto del acuerdo correspondiente, toda vez que la quejosa está obligada a ingresar al sistema electrónico del Poder Judicial de la Federación y obtener la constancia de la consulta realizada de conformidad con el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo.6 . Consulta de expediente electrónico. Se autoriza la consulta del asunto en la vía solicitada, en virtud de que, conforme a la constancia de cuenta, en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes se encontró registrado el nombre del usuario "JULIORVA", que corresponde a la autorizada de la parte quejosa. . Notifíquese
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