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Raúl Gumercindo Muñoz Sánchez. | Junta Especial Número 4 De Exp: 75/2023

Federal > Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: Raúl Gumercindo Muñoz Sánchez.
Demandado: Junta Especial Número 4 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla .
Materia: Laboral
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 75/2023 en Materia Laboral y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Raúl Gumercindo Muñoz Sánchez en contra de Junta Especial Número 4 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 31 de Enero del 2023 y cuenta con 12 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 75/2023

  • 30 de Enero del 2024

    Actor: RAÚL GUMERCINDO MUÑOZ SÁNCHEZ.

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO 4 DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE PUEBLA .

    Puebla, Puebla, veintinueve de enero de dos mil veinticuatro. Toda vez que de la certificación secretarial de cuenta se advierte que transcurrió el plazo de quince días a que se refiere el artículo 202, párrafo primero, de la Ley de Amparo, sin que las partes hubieren interpuesto recurso de inconformidad contra la resolución que tuvo por cumplida la ejecutoria dictada en el expediente en que se actúa por la cual se concedió el amparo para determinados efectos; en consecuencia, se declara que ha causado estado tal resolución, por tanto, archívese este asunto como totalmente concluido. Por tanto, tomando en consideración que el juicio en que se actúa no es de relevancia documental, se hace la declaratoria que es conservable.

  • 04 de Enero del 2024

    Actor: RAÚL GUMERCINDO MUÑOZ SÁNCHEZ.

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO 4 DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE PUEBLA .

    LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE ACUERDO CORRESPONDE ÚNICAMENTE A LA TERCERA INTERESADA CONSTRUCCIONES PERECAR Y ASOCIADOS, S.A. DE C.V.: Puebla, Puebla, catorce de diciembre de dos mil veintitrés. ÚNICO. Se tiene por cumplida la ejecutoria dictada por este tribunal al resolver el juicio de amparo directo 75/2023, en sesión de treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés, ya que la autoridad responsable cumplió con todos y cada uno de los puntos que fueron objeto de la concesión de amparo, sin que en el caso se advierta exceso o defecto en su cumplimiento.

  • 15 de Diciembre del 2023

    Actor: RAÚL GUMERCINDO MUÑOZ SÁNCHEZ.

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO 4 DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE PUEBLA .

    Puebla, Puebla, catorce de diciembre de dos mil veintitrés. ÚNICO. Se tiene por cumplida la ejecutoria dictada por este tribunal al resolver el juicio de amparo directo 75/2023, en sesión de treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés, ya que la autoridad responsable cumplió con todos y cada uno de los puntos que fueron objeto de la concesión de amparo, sin que en el caso se advierta exceso o defecto en su cumplimiento.

  • 08 de Noviembre del 2023

    Actor: RAÚL GUMERCINDO MUÑOZ SÁNCHEZ.

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO 4 DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE PUEBLA .

    LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE ACUERDO CORRESPONDE ÚNICAMENTE A LAS TERCERAS INTERESADAS SERVIPROFEL, S.A. DE C.V., Y ARRENDADORA IRBE, S. DE R.L. DE C.V.: Puebla, Puebla, trece de octubre de dos mil veintitrés. Téngase por recibido el oficio signado por la Presidenta de la Junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, mediante el cual, en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia de amparo, remite copia certificada del laudo de veintidós de septiembre de dos mil veintitrés. Por tanto, con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, dese vista a las partes para que, dentro del plazo de diez días, contado a partir del siguiente al en que surta sus efectos la notificación del presente proveído, expresen lo que a su interés corresponda. Se comisiona al Actuario adscrito a este tribunal colegiado para que, al notificar personalmente a las partes les corra traslado con copia certificada de dicha resolución o, en el caso de que se realice la notificación electrónicamente, la misma deberá estar digitalizada y vinculada en el expediente electrónico.

  • 08 de Noviembre del 2023

    Actor: RAÚL GUMERCINDO MUÑOZ SÁNCHEZ.

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO 4 DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE PUEBLA .

    Puebla, Puebla, siete de noviembre de dos mil veintitrés. Vistas las razones levantadas por la Actuaria Judicial adscrita a este órgano colegiado, se desprende que no le fue posible notificar personalmente a las terceras interesadas, ********************, el acuerdo de trece de octubre de dos mil veintitrés, toda vez que al constituirse en sus correspondientes domicilios se le informó que en esos locales no se encuentran establecidas dichas morales. Ahora, tomando en consideración que las citadas terceras interesadas ya se encuentran incorporadas a este juicio de amparo; consecuentemente con fundamento en el artículo 26, fracción III de la Ley de Amparo, notifíqueseles por lista el acuerdo de trece de octubre de dos mil veintitrés, el presente proveído, así como las subsecuentes actuaciones, hasta en tanto señalen domicilio para recibir notificaciones en la Ciudad de Puebla o zona conurbada.

  • 06 de Noviembre del 2023

    Actor: RAÚL GUMERCINDO MUÑOZ SÁNCHEZ.

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO 4 DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE PUEBLA .

    LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE ACUERDO CORRESPONDE ÚNICAMENTE AL TERCERO INTERESADO CONSTRUCCIONES PERECAR Y ASOCIADOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE: Puebla, Puebla, trece de octubre de dos mil veintitrés. Téngase por recibido el oficio signado por la Presidenta de la Junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, mediante el cual, en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia de amparo, remite copia certificada del laudo de veintidós de septiembre de dos mil veintitrés. Por tanto, con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, dese vista a las partes para que, dentro del plazo de diez días, contado a partir del siguiente al en que surta sus efectos la notificación del presente proveído, expresen lo que a su interés corresponda. Se comisiona al Actuario adscrito a este tribunal colegiado para que, al notificar personalmente a las partes les corra traslado con copia certificada de dicha resolución o, en el caso de que se realice la notificación electrónicamente, la misma deberá estar digitalizada y vinculada en el expediente electrónico.

  • 06 de Noviembre del 2023

    Actor: RAÚL GUMERCINDO MUÑOZ SÁNCHEZ.

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO 4 DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE PUEBLA .

    LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE ACUERDO CORRESPONDE ÚNICAMENTE AL QUEJOSO RAÚL GUMERCINDO MUÑOZ SÁNCHEZ: Puebla, Puebla, trece de octubre de dos mil veintitrés. Téngase por recibido el oficio signado por la Presidenta de la Junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, mediante el cual, en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia de amparo, remite copia certificada del laudo de veintidós de septiembre de dos mil veintitrés. Por tanto, con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, dese vista a las partes para que, dentro del plazo de diez días, contado a partir del siguiente al en que surta sus efectos la notificación del presente proveído, expresen lo que a su interés corresponda. Se comisiona al Actuario adscrito a este tribunal colegiado para que, al notificar personalmente a las partes les corra traslado con copia certificada de dicha resolución o, en el caso de que se realice la notificación electrónicamente, la misma deberá estar digitalizada y vinculada en el expediente electrónico.

  • 16 de Octubre del 2023

    Actor: RAÚL GUMERCINDO MUÑOZ SÁNCHEZ.

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO 4 DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE PUEBLA .

    Puebla, Puebla, trece de octubre de dos mil veintitrés. Téngase por recibido el oficio signado por la Presidenta de la Junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, mediante el cual, en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia de amparo, remite copia certificada del laudo de veintidós de septiembre de dos mil veintitrés. Por tanto, con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, dese vista a las partes para que, dentro del plazo de diez días, contado a partir del siguiente al en que surta sus efectos la notificación del presente proveído, expresen lo que a su interés corresponda. Se comisiona al Actuario adscrito a este tribunal colegiado para que, al notificar personalmente a las partes les corra traslado con copia certificada de dicha resolución o, en el caso de que se realice la notificación electrónicamente, la misma deberá estar digitalizada y vinculada en el expediente electrónico.

  • 20 de Septiembre del 2023

    Actor: RAÚL GUMERCINDO MUÑOZ SÁNCHEZ.

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO 4 DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE PUEBLA .

    Puebla, Puebla, diecinueve de septiembre de dos mil veintitrés. Agréguese el oficio signado por la Presidenta de la Junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla mediante el cual acusa recibo del juicio laboral de origen y del testimonio de la ejecutoria dictada en el presente asunto; asimismo, adjunta copia certificada del proveído de doce de septiembre de dos mil veintitrés, del que se advierte que en cumplimiento a la citada sentencia, dejó insubsistente el laudo de quince de junio de dos mil veintidós y se turnaron los autos para el dictado de uno nuevo. En tales condiciones, se le requiere para que lo dicte en el plazo previsto en la ley laboral y remita de manera inmediata a este órgano colegiado, copia certificada de la constancia que así lo acredite.

  • 07 de Septiembre del 2023

    Actor: RAÚL GUMERCINDO MUÑOZ SÁNCHEZ.

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO 4 DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE PUEBLA .

    Puebla, Puebla. Sentencia del Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, correspondiente a la sesión ordinaria de treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés. PRIMERO. Para los efectos precisados en esta ejecutoria, la Justicia de la Unión AMPARA Y PROTEGE, por vicios de fondo, a RAÚL GUMERCINDO MUÑOZ SÁNCHEZ, contra el laudo de quince de junio de dos mil veintidós, dictado por la Junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, en el expediente laboral de origen. SEGUNDO. Requiérase sin demora a la Junta responsable para que cumpla con la ejecutoria dentro del plazo indicado en la misma.

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