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Raúl Jiménez Quintero | Junta Especial Número 3 De La Local Exp: 207/2015

Federal > Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: Raúl Jiménez Quintero
Demandado: Junta Especial Número 3 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla
Materia: Laboral
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 207/2015 en Materia Laboral y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Raúl Jiménez Quintero en contra de Junta Especial Número 3 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 15 de Abril del 2015 y cuenta con 14 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 207/2015

  • 18 de Agosto del 2015

    Puebla, Puebla, diecisiete de agosto de dos mil quince. Téngase por recibido el oficio signado por l

  • 08 de Julio del 2015

    Puebla, Puebla, siete de julio de dos mil quince. Ténganse por recibido el oficio sin número signado por el Jefe de Grupo de la Policía Ministerial del Estado y por el Comandante de la Segunda Comandancia de la Policía Ministerial del Estado, ambos de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla, mediante el informan que después de una búsqueda en el estado de Puebla así como en la sección amarilla, no se localizó algún domicilio a nombre de la tercera interesada Citius Logística, Sociedad Anónima de Capital Variable; asimismo, al realizar una búsqueda en las redes sociales informa ciertos datos arrojados por coincidencias en los nombres, sin embargo, no son completamente coincidentes con la citada moral, por lo que se considera que no existe la certeza necesaria para ordenar su emplazamiento a través de los datos proporcionados por los oficiantes. Por otra parte, del estado de autos y de las constancias que integran el presente asunto, se advierte que ha sido totalmente agotada la investigación a fin de localizar el domicilio de la ya mencionada tercera interesada Citius Logística, Sociedad Anónima de Capital Variable, para emplazarla al presente juicio, sin tener éxito; se ordena su emplazamiento por medio de edictos, mismos que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República. Se otorga a la parte quejosa el término de tres días, para que comparezca ante este tribunal constitucional a recoger los edictos, o en su caso, manifieste la imposibilidad que tenga para cubrir un gasto de esa naturaleza; apercibida que de no hacerlo, se continuará con el trámite previsto en la ley de la materia, que podría culminar con el sobreseimiento en el juicio.

  • 30 de Junio del 2015

    Puebla, Puebla, veintinueve de junio de dos mil quince. Téngase por recibido el oficio del Director General de la Policía Estatal Preventiva, por medio del cual informa que no tuvo resultado favorable respecto a la búsqueda y localización del domicilio de la negociación denominada Citius Logística, Sociedad Anónima de Capital Variable, lo que se asienta para los efectos legales a que haya lugar. Por otra parte, del estado procesal que guardan los autos del presente asunto, se advierte que se requirió al Procurador General de Justicia del Estado de Puebla, para que, en el ámbito de sus funciones, se avocara también a la búsqueda del domicilio de la moral citada en el párrafo que antecede, a fin de lograr su emplazamiento al presente juicio de amparo. Ahora bien, por auto de dieciséis del mes y año en curso, se tuvo al agente del Ministerio Público de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla, informando las gestiones realizadas, tendentes a la localización de dicha moral; sin que hasta la presente data existan mayores datos respecto a la búsqueda solicitada. requiérase nuevamente al Procurador General de Justicia del Estado de Puebla, para que en el término de tres días, informe los resultados de la búsqueda de la moral Citius Logística, Sociedad Anónima de Capital Variable, o bien, las gestiones que se están realizando para su localización; haciéndole saber que subsiste el apercibimiento de multa decretado en auto de veintisiete de mayo del año en curso.

  • 17 de Junio del 2015

    Puebla, Puebla, dieciséis de junio de dos mil quince. Téngase por recibida la copia del oficio signado por el agente del Ministerio Público de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla, del que se advierte que el original de dicha comunicación se dirigió al Director General de la Policía Ministerial del Estado, a fin de que se avoque a la investigación respecto del domicilio de la tercera interesada Citius Logística, Sociedad Anónima de Capital Variable, lo que se asienta para los efectos legales a que haya lugar.

  • 10 de Junio del 2015

    Puebla, Puebla, nueve de junio de dos mil quince. Téngase por recibido el oficio signado por el Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla, al que adjunta a su vez, el diverso DGPEP/JUR/2015/3154, del Director General de la Policía Estatal Preventiva, por los que informan no haber encontrado registro del domicilio de la tercera interesada Cititus Logística, Sociedad Anónima de Capital Variable; por lo que, a fin de tener por cumplimentado en su totalidad el requerimiento formulado en proveído de veintisiete de mayo del año en curso, requiérase nuevamente a la autoridad oficiante, para que, a su vez, vuelva a requerir al director de la ya mencionada policía estatal, a fin de que se avoque a la búsqueda del domicilio de la negociación denominada Citius Logística, Sociedad Anónima de Capital Variable y lo informe de manera inmediata a esta potestad federal. Finalmente, hágase del conocimiento del Procurador General de Justicia del Estado de Puebla, que el nombre correcto de la persona moral buscada es el de Citius Logística, Sociedad Anónima de Capital Variable, lo que se hace de su conocimiento para los efectos legales a que haya lugar.

  • 02 de Junio del 2015

    Puebla, Puebla, uno de junio de dos mil quince. Téngase por recibida la copia del oficio signado por el agente del Ministerio Público de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla, del que se advierten las gestiones que se están realizando para cumplir con el requerimiento formulado por esta autoridad, lo que se asienta para los efectos legales a que haya lugar.

  • 28 de Mayo del 2015

    Puebla, Puebla, veintisiete de mayo de dos mil quince. Agréguense los oficios signados por el Actuario Judicial adscrito al Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, con residencia en México, Distrito Federal, en atención al contenido de los mismos, téngase a la citada autoridad devolviendo sin diligenciar la comunicación oficial enviada 17/2015 (exhorto 7/2015), del índice de este tribunal colegiado, de la que se advierte la imposibilidad manifestada para emplazar al presente juico de amparo directo a la parte tercera interesada Cititus Logística, Sociedad Anónima de Capital Variable, por los motivos asentados en diligencia de fecha doce de los corrientes. Acúsese recibo. Por otra parte, el suscrito con la finalidad de completar la investigación a que se refiere el artículo 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo, considera que es necesario requerir a sendas autoridades a fin de lograr la localización de la parte señalada en el párrafo que antecede; gírese oficio al Procurador General de Justicia del Estado de Puebla y Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno del Estado de Puebla, para que con base en sus facultades y atribuciones, designe agentes de seguridad o al personal que corresponda, para que investiguen el domicilio legal y correcto de la mencionada tercera interesada Cititus Logística, Sociedad Anónima de Capital Variable, para que en el término de tres días; informen y remitan a esta potestad federal las constancias que demuestren su investigación, o en su caso, el impedimento legal que tuvieran para ello, apercibidos que de no hacerlo así, se les impondrá una multa de cincuenta días. Finalmente se hace del conocimiento de dichas autoridades que el último domicilio de la moral citada se encuentra ubicado en calle privada nueve "B" sur, número tres mil novecientos quince, colonia Gabriel Pastor, de esta ciudad, según lo manifestado por la parte quejosa en el presente asunto.

  • 15 de Mayo del 2015

    Puebla, Puebla, catorce de mayo de dos mil quince. Agréguese el oficio del Registrador Público de la Propiedad en el Distrito Judicial de Puebla, mediante el cual informa que en su base de datos, no localizó algún domicilio o registro a nombre de la tercera interesada Citius Logística, Sociedad Anónima de Capital Variable. Agréguense únicamente para que obren como constancias los diversos oficios de la Jefa del Departamento de Atención a Clientes Divisional de la Comisión Federal de Electricidad, de la Director General Jurídico de la Secretaría de Infraestructura del Gobierno del Estado de Puebla, actualmente Secretaría de Infraestructura y Transportes y del Apoderado y Representante Legal de Teléfonos de México, Sociedad Anónima Bursátil de Capital Variable, toda vez que mediante proveído de once de los corrientes, se les tuvo cumpliendo con el requerimiento formulado por esta potestad federal en fecha veintisiete de abril del año en curso.

  • 12 de Mayo del 2015

    Puebla, Puebla, once de mayo de dos mil quince. Agréguense los oficios del Apoderado y Representante Legal de Teléfonos de México, Sociedad Anónima Bursátil de Capital Variable, de la Jefa del Departamento de Atención a Clientes Divisional de la Comisión Federal de Electricidad y del Director General Jurídico de la Secretaría de Infraestructura del Gobierno del Estado de Puebla, actualmente Secretaría de Infraestructura y Transportes, mediante los cuales informan que en sus bases de datos, no localizaron algún domicilio o registro a nombre de la ya mencionada tercera interesada Citius Logística, Sociedad Anónima de Capital Variable.

  • 07 de Mayo del 2015

    Puebla, Puebla, seis de mayo de dos mil quince. Ténganse por recibidos los oficios signados por los Subadministradores de las Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente de Puebla Sur y Norte, por ausencia de sus respectivos Administradores Locales, en los que proporcionan un domicilio de la tercera interesada Citius Logística, Sociedad Anónima de Capital Variable, el cual se encuentra fuera de la jurisdicción de este tribunal colegiado; gírese atento exhorto al Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito (México, Distrito Federal) en turno, para que en auxilio de las labores de este órgano jurisdiccional, instruya a quien corresponda se constituya en calle moras, número cuatrocientos cuarenta y uno, Colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, México, Distrito Federal, Código Postal 03100, emplace a la citada parte a este juicio de garantías, en su carácter de tercera interesada, y le notifique el auto admisorio de catorce de abril de dos mil quince, así como el presente proveído; además deberá requerirla para que dentro del término de tres días señale domicilio para oír y recibir notificaciones en la jurisdicción de este tribunal federal, apercibiéndola que de no hacerlo, las subsecuentes, aun las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este tribunal, como lo dispone el referido precepto legal. Asimismo, le haga del conocimiento que cuenta con un plazo de quince días para formular alegatos o promover amparo adhesivo. En el entendido de que la falta de amparo adhesivo de quien obtuvo sentencia favorable, hará que precluya su derecho para alegar posteriormente las violaciones procesales que se hubieren cometido en su contra. Por otra parte, agréguense los oficios del Jefe del Departamento de Padrón de Contribuyentes de la Tesorería del Municipio de Puebla, del Delegado Estatal de la Procuraduría General de la República en el Estado de Puebla, de la Subdirectora Técnica de Ingresos de la Secretaría de Finanzas del Estado de Puebla y la Jefa de la Oficina de Juicios Laborales del Instituto Mexicano del Seguro Social, mediante los cuales informan que no localizaron algún domicilio o registro a nombre de la ya mencionada tercera interesada. Se advierte que las diversas autoridades Gerente de Teléfonos de México, Gerente General de la División Centro Oriente de la Comisión Federal de Electricidad en Puebla, Titular del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de Puebla y Secretario de Infraestructura y Transportes del Estado de Puebla, no han dado cumplimiento al requerimiento realizado requiéraseles nuevamente, para que en el plazo de tres días, informen si en sus archivos o registros aparece el domicilio correcto y actual de la multicitada tercera interesada Citius Logística, Sociedad Anónima de Capital Variable, o en su caso, el impedimento que tuvieran para ello; con el apercibimiento que de no dar cumplimiento a lo ordenado se les hará efectivo el apercibimiento contenido en el citado auto, relativo a la imposición de una multa.

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