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Restaurant El Barco | Segunda Junta Especial De La Local Exp: 1820/2009

Federal > Juzgado Segundo de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan.(05/11/2001 - 01/09/2024) de Tercer Circuito
Actor: Restaurant El Barco
Demandado: Segunda Junta Especial De La Local De Conciliacion Y Arbitraje | Actuario Notificador De La Segunda Junta Especial De La Local De Conciliacion Y Arbitraje. Y Otros
Materia: Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 1820/2009 en Materia Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Restaurant El Barco en contra de Segunda Junta Especial De La Local De Conciliacion Y Arbitraje en el Juzgado Segundo de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan.(05/11/2001 - 01/09/2024) en Circuito 3 (Jalisco). El Proceso inició el 03 de Diciembre del 2009 y cuenta con 40 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 1820/2009

  • 19 de Septiembre del 2011

    Actor: Restaurant el Barco

    Demandado: Segunda Junta Especial de la Local de Conciliacion y Arbitraje

    Agréguese a los autos el oficio y copia certificada de la resolución emitida por el segundo tribunal colegiado en materia de trabajo del tercer circuito,para los efectos legales que haya lugar, en el que resolvió: primero.- se confirma la resolucion recurrida. Segundo.- la justicia de la union no ampara ni protege. Archívese este asunto por estar concluido. Acúsese recibo. Es susceptible de depuración. Y no es relevante

  • 19 de Septiembre del 2011

    Agréguese a los autos el oficio y copia certificada de la resolución emitida por el segundo tribunal colegiado en materia de trabajo del tercer circuito,para los efectos legales que haya lugar, en el que resolvió: primero.- se confirma la resolucion recurrida. Segundo.- la justicia de la union no ampara ni protege. Archívese este asunto por estar concluido. Acúsese recibo. Es susceptible de depuración. Y no es relevante

  • 12 de Abril del 2010

    Visto el escrito de la autorixzada de la parte quejosa y atento a su contenido tengase como nuevo domicilio procesal el que señala

  • 12 de Abril del 2010

    Actor: Restaurant el Barco

    Demandado: ACTUARIO NOTIFICADOR DE LA SEGUNDA JUNTA ESPECIAL DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE. y Otros

    Visto el escrito de la autorixzada de la parte quejosa y atento a su contenido tengase como nuevo domicilio procesal el que señala

  • 24 de Febrero del 2010

    Se tiene al segundo tribunal colegiado en materia de trabajo del tercer circuito, mediante el cual informa que se admitió el recurso de revisión el cual quedo registrado con el número 74/2010

  • 24 de Febrero del 2010

    Actor: Restaurant el Barco

    Demandado: ACTUARIO NOTIFICADOR DE LA SEGUNDA JUNTA ESPECIAL DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE. y Otros

    Se tiene al segundo tribunal colegiado en materia de trabajo del tercer circuito, mediante el cual informa que se admitió el recurso de revisión el cual quedo registrado con el número 74/2010

  • 22 de Febrero del 2010

    Remitase el oficio y anexo de cuenta al tribunal colegiado en materia de trabajo del tercer circuito en turno, para los efectos legales a que haya lugar

  • 22 de Febrero del 2010

    Actor: Restaurant el Barco

    Demandado: ACTUARIO NOTIFICADOR DE LA SEGUNDA JUNTA ESPECIAL DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE. y Otros

    Remitase el oficio y anexo de cuenta al tribunal colegiado en materia de trabajo del tercer circuito en turno, para los efectos legales a que haya lugar

  • 11 de Febrero del 2010

    Por este medio se notifica a la parte tercero perjudicado, la resolucion de nueve de febrero de dos mil diez que en lo conducente dice: se tiene a la parte quejosa interponiendo recurso de revision. Una vez notificadas las partes remitenase los autos a la superioridad para la substanciacion del citado recurso

  • 11 de Febrero del 2010

    Con fundamento en el artículo 278 del código federal de procedimientos civiles de aplicación supletoria a la ley de amparo, expidanse las copias que solicita la parte quejosa

antecedentes
“Siempre estaba preocupada por el avance de mi divorcio, me la pasaba marcando y visitando a mi abogado. Ahora me siento segura ya que me entero inmediatamente de todo lo que sucede, inclusive antes que mi abogado y que el abogado de mi exmarido.” Alejandra Solórzano Pediatra
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“Antes de hacer negocios con cualquier persona o contratar a alguien, verifico si tiene antecedentes, así tengo la certeza de saber con que tipo de persona estoy tratando. Me he ahorrado varios problemas y dinero.” Saúl Fernández Empresario
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