Federal
> Tribunal Colegiado En Materias Administrativa Y Civil Del Octavo Circuito de Octavo Circuito
Actor: Rodrigo Nicolás Ramírez Contreras | Graciela Noemí Contreras Cisneros
Demandado: Juez Segundo De Primera Instancia En Materia Familiar Del Distrito Judicial De Saltillo
Materia: Civil o Administrativa
Tipo: Amparo en revisión
RESUMEN: El Expediente 380/2017 en Materia Civil o Administrativa y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por Rodrigo Nicolás Ramírez Contrera en contra de Juez Segundo De Primera Instancia En Materia Familiar Del Distrito Judicial De Saltillo en el Tribunal Colegiado En Materias Administrativa Y Civil Del Octavo Circuito en Circuito 8 (Coahuila). El Proceso inició el 28 de Abril del 2017 y cuenta con 11 Notificaciones.
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Actor: Rodrigo Nicolás Ramírez Contreras
Demandado: Juez Segundo de Primera Instancia en Materia Familiar del Distrito Judicial de Saltillo
Agréguese a los presentes autos el oficio que remite el secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza y anexo, mediante el cual acusa recibo del comunicado 3539 enviado por este órgano jurisdiccional; en consecuencia, previas las anotaciones que se hagan en los libros de gobierno, archívese el presente expediente como asunto concluido.Por otra parte, se considera este expediente como susceptible de destrucción, cuando sea oportuno; estámpese los sellos debidos en la carátula del presente asunto. Finalmente, una vez transcurrido el término de tres años establecido en el punto décimo primero del acuerdo en comento, remítase este expediente al Centro Archivístico Judicial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Agréguese a los presentes autos el oficio que remite el secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza y anexo, mediante el cual acusa recibo del comunicado 3539 enviado por este órgano jurisdiccional; en consecuencia, previas las anotaciones que se hagan en los libros de gobierno, archívese el presente expediente como asunto concluido.Por otra parte, se considera este expediente como susceptible de destrucción, cuando sea oportuno; estámpese los sellos debidos en la carátula del presente asunto. Finalmente, una vez transcurrido el término de tres años establecido en el punto décimo primero del acuerdo en comento, remítase este expediente al Centro Archivístico Judicial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Visto el estado procesal que guardan los presentes autos, de los que se advierte que el Juez Primero de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, a la fecha no ha acusado recibo del comunicado 3539 enviado por este órgano jurisdiccional, mediante el cual se remitió el testimonio de la resolución dictada en el presente asunto, así como los autos del incidente en suspensión relativo al juicio de amparo indirecto 408/2017; en consecuencia, solicítese al Juez de Distrito en comento, que de no existir inconveniente legal alguno, acuse el recibo correspondiente, o bien informe las causas que le impiden hacerlo
Actor: Graciela Noemí Contreras Cisneros
Demandado: Juez Segundo de Primera Instancia en Materia Familiar del Distrito Judicial de Saltillo
Visto el estado procesal que guardan los presentes autos, de los que se advierte que el Juez Primero de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, a la fecha no ha acusado recibo del comunicado 3539 enviado por este órgano jurisdiccional, mediante el cual se remitió el testimonio de la resolución dictada en el presente asunto, así como los autos del incidente en suspensión relativo al juicio de amparo indirecto 408/2017; en consecuencia, solicítese al Juez de Distrito en comento, que de no existir inconveniente legal alguno, acuse el recibo correspondiente, o bien informe las causas que le impiden hacerlo
SENTENCIA. ÚNICO. Se declara sin materia el incidente en revisión
Actor: Rodrigo Nicolás Ramírez Contreras
Demandado: Juez Segundo de Primera Instancia en Materia Familiar del Distrito Judicial de Saltillo
SENTENCIA. ÚNICO. Se declara sin materia el incidente en revisión
Vista la certificación realizada por la secretaria de acuerdos, se advierte que el incidente en revisión 380/2017 se encuentra turnado a la ponencia del magistrado Guillermo Loreto Martínez, el cual está listado para resolverse en sesión de esta fecha; en tal virtud, fórmese el cuadernillo respectivo. Por otra parte, con fundamento en el artículo 41, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, aplicado por analogía, agréguese únicamente para que obre como corresponda a los presentes autos el escrito signado por el tercero interesado Noel Vicente Ramírez Castro, mediante el cual solicita se resuelva el presente asunto; en atención a lo anterior, dígasele que en esta fecha se resolverá en sesión; lo anterior para los efectos legales conducentes.Finalmente, toda vez que el presente asunto se turnó a la ponencia del magistrado Guillermo Loreto Martínez, devuélvasele
Actor: Graciela Noemí Contreras Cisneros
Demandado: Juez Segundo de Primera Instancia en Materia Familiar del Distrito Judicial de Saltillo
Vista la certificación realizada por la secretaria de acuerdos, se advierte que el incidente en revisión 380/2017 se encuentra turnado a la ponencia del magistrado Guillermo Loreto Martínez, el cual está listado para resolverse en sesión de esta fecha; en tal virtud, fórmese el cuadernillo respectivo. Por otra parte, con fundamento en el artículo 41, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, aplicado por analogía, agréguese únicamente para que obre como corresponda a los presentes autos el escrito signado por el tercero interesado Noel Vicente Ramírez Castro, mediante el cual solicita se resuelva el presente asunto; en atención a lo anterior, dígasele que en esta fecha se resolverá en sesión; lo anterior para los efectos legales conducentes.Finalmente, toda vez que el presente asunto se turnó a la ponencia del magistrado Guillermo Loreto Martínez, devuélvasele
Actor: Graciela Noemí Contreras Cisneros
Demandado: Juez Segundo de Primera Instancia en Materia Familiar del Distrito Judicial de Saltillo
Agréguese a los presentes autos el oficio que remite la secretaria del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, mediante el cual informa que se resolvió el juicio de amparo indirecto del cual deriva el incidente de suspensión génesis del presente asunto, a su vez, que la sentencia ahí pronunciada causó ejecutoria el diecisiete de julio de dos mil diecisiete y, por lo tanto se ordenó el archivo de dicho asunto; lo anterior para los efectos legales a que haya lugar.Por otra parte, toda vez que el presente asunto se turnó a la ponencia del magistrado Guillermo Loreto Martínez, devuélvasele
Actor: Rodrigo Nicolás Ramírez Contreras
Demandado: Juez Segundo de Primera Instancia en Materia Familiar del Distrito Judicial de Saltillo
Vista la certificación de cuenta y, toda vez que el agente del Ministerio Público de la Federación adscrito no formuló pedimento, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 92 de la Ley de Amparo en relación con el 41, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, túrnese este asunto a la ponencia del magistrado Guillermo Loreto Martínez, para que se formule el proyecto de resolución correspondiente; en el entendido de que en términos del segundo de los numerales en comento este acuerdo tiene efectos de citación para sentencia
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