Federal
> Juzgado Decimotercero De Distrito En El Estado De México de Segundo Circuito
Actor: Rogelio Flores Cruz
Demandado: Juez De Control Del Distrito Judicial De Ecatepec De Morelos, Estado De México
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 274/2019 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Rogelio Flores Cruz en contra de Juez De Control Del Distrito Judicial De Ecatepec De Morelos, Estado De México en el Juzgado Decimotercero De Distrito En El Estado De México en Circuito 2 (Estado de México). El Proceso inició el 06 de Marzo del 2019 y cuenta con 37 Notificaciones.
Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes
Buscar Antecedentes
Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Recibir notificacionesEs gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Vista la certificación y el estado procesal de autos, se advierte que transcurrió el término, para impugnar a través del recurso de revisión, que sobreseyó fuera de audiencia en el juicio contra actos del Juez de Control del Distrito Judicial de Ecatepec de Morelos, Estado de México, y otra autoridad; en consecuencia se declara firme dicho proveído, para los efectos legales a que haya lugar. y archívese el asunto como totalmente concluido, se considera que el juicio de amparo es susceptible de ser destruido, se considera que este expediente no tiene relevancia documental para ser resguardado, se considera que el duplicado del incidente de suspensión es susceptible de ser destruido
Agréguese a los autos el escrito de cuenta que signan los quejosos, mediante el cual solicitan que se declare el sobreseimiento del juicio fuera de audiencia y se informe al juez responsable el estado procesal de autos. En ese sentido, se hace de su conocimiento que mediante acuerdo dictado el veintidós de octubre de dos mil diecinueve se sobreseyó en el juicio fuera de audiencia constitucional; asimismo, que tal determinación se notificó a las partes, por ende, el juez responsable tiene conocimiento de ello; y, que sólo se encuentra pendiente que el sobreseimiento quede firme, una vez que transcurra el lapso concedido para recurrir el acuerdo.
SE SOBRESEE EN EL JUICIO DE AMPARO FUERA DE AUDIENCIA CONSTITUCIONAL. Por tanto, queda sin efectos e
Agréguese a los autos el escrito de cuenta que signan los quejosos Rogelio Flores Cruz, Edwin López López y Silvino Ortiz Palacios, mediante el cual desisten del presente procedimiento constitucional. Atento a lo anterior, toda vez que los inconformes se encuentran privados de su libertad en el Centro Penitenciario y de Reinserción de Ecatepec, Estado de México, se comisiona al actuario de la adscripción para que se constituya en el mismo y los requiera para que en el acto de la diligencia ratifiquen el desistimiento y los aperciba que de no hacerlo en ese momento, se tendrán por no desistidos y se continuará con la tramitación del juicio de amparo, ello con fundamento en el artículo 63, fracción I, de la Ley de Amparo.
Se DIFIERE la audiencia constitucional fijada para el día de hoy y, en su lugar, se señalan las DIEZ HORAS DEL CINCO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE, para que tenga verificativo.
Se comisiona al actuario adscrito para que fije en la mampara de este juzgado federal, el edicto que materia de las publicaciones recibidas en el párrafo que antecede y del auto de uno de agosto de dos mil diecinueve, por el término de TREINTA DÍAS hábiles, en donde se le hace saber al tercero interesado Pedro **************, que deberá comparecer al presente juicio promovido por **********, **********y **********, por derecho propio, contra actos del Juez de Control del Distrito Judicial de Ecatepec de Morelos, Estado de México, y otra autoridad; además, de que si no comparece por sí o por conducto de quien legalmente lo represente para apersonarse al presente procedimiento constitucional, las subsecuentes notificaciones se le harán y surtirán efectos, aun las de carácter personal, por medio de lista que se fije en los ESTRADOS de este órgano de control constitucional.
Agréguese a los autos el escrito de cuenta que signan los quejosos; en atención a su contenido, se tiene por autorizado a Eduardo Acosta Hernández, en amplios términos del artículo 12 de la Ley de Amparo, siempre y cuando acredite tener la inscripción de su cédula en el "Sistema Computarizado para el Registro Único de Profesionales del Derecho, ante los Tribunales de Circuito y, Juzgados de Distrito", conforme a lo establecido en el acuerdo general 24/2005 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el dieciocho de julio de dos mil cinco, en caso contrario, solo podrá oír notificaciones e imponerse de autos. De igual modo, se tiene por autorizadas a las restantes personas que mencionan a quienes facultan únicamente para oír notificaciones e imponerse de autos en términos del segundo párrafo del numeral en cita.
Agréguese a los autos el comunicado a través del cual el Director de Administración y Publicaciones en Medios del Consejo de la Judicatura Federal, remite la segunda de las publicaciones del edicto de emplazamiento del tercero interesado , es decir, la relativa al veintitrés de agosto del año en curso, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico "La Razón". En consecuencia, el suscrito toma conocimiento para los efectos legales a que hay lugar.
Agréguese a los autos el comunicado de cuenta a través del cual el Director de Administración y Publicaciones en Medios del Consejo de la Judicatura Federal, en atención a la solicitud formulada en proveído de uno de agosto de dos mil diecinueve, acompaña la primera de las publicaciones del edicto de emplazamiento del tercero interesado ************, es decir, la relativa al dieciséis de agosto del año en curso, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico "La Razón". En consecuencia, el suscrito toma debido conocimiento para los efectos legales a que hay lugar.
Visto el estado de autos se advierte que mediante acuerdo dictado notificado el dos siguiente, se solicitó al Director General de Comunicación Social del Poder Judicial de la Federación dependiente del Consejo de la Judicatura Federal sufragar las publicaciones de los edictos ordenados para emplazar a juicio al tercero interesado, sin que al día de la fecha se tenga conocimiento del resultado de la petición. En consecuencia, se solicita de manera atenta y respetuosa al director mencionado que, de no tener inconveniente legal alguno, informe lo que acordó al respecto. Para dar oportunidad a lo anterior, la audiencia constitucional prevista para este día se DIFIERE y, en su lugar, se señalan las DIEZ HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL DIECIOCHO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.
PoderJudicialVirtual.com
Servicio al Cliente
Información