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Rogelio González Cano | Juez De Lo Civil Y Familiar Del Distrito Exp: 864/2018

Federal > Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Rogelio González Cano
Demandado: Juez De Lo Civil Y Familiar Del Distrito Judicial De Xicohténcatl
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 864/2018 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Rogelio González Cano en contra de Juez De Lo Civil Y Familiar Del Distrito Judicial De Xicohténcatl en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 06 de Septiembre del 2018 y cuenta con 16 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 864/2018

  • 26 de Noviembre del 2018

    Actor: Rogelio González Cano

    Demandado: Juez de lo Civil y Familiar del Distrito Judicial de Xicohténcatl

    Expídanse las copias certificadas que requiere la parte quejosa; previa identificación y razón que por su recibo obre en autos, teniendo por autorizada para recibirlas a la persona que designa para tal efecto

  • 23 de Noviembre del 2018

    Actor: Rogelio González Cano

    Demandado: Juez de lo Civil y Familiar del Distrito Judicial de Xicohténcatl

    Expídase las copias certificadas de las constancias que indica, la tercera interesada ***, previa identificación y razón que por su recibo obre en autos. En la inteligencia que el costo por concepto de los materiales para la reproducción del expediente correrán a cargo de la solicitante

  • 23 de Noviembre del 2018

    Actor: Rogelio González Cano

    Demandado: Juez de lo Civil y Familiar del Distrito Judicial de Xicohténcatl

    Expídanse las copias certificadas de las constancias que indica la tercera interesada ***, previa identificación y razón que por su recibo obre en autos. En la inteligencia que el costo por concepto de los materiales para la reproducción del expediente correrán a cargo de la solicitante

  • 14 de Noviembre del 2018

    Actor: Rogelio González Cano

    Demandado: Juez de lo Civil y Familiar del Distrito Judicial de Xicohténcatl

    Visto que ha transcurrido el término de diez días, sin que las partes hubieren recurrido la sentencia dictada en el presente juicio; en consecuencia, se declara que dicha sentencia que sobreseyó en el juicio de amparo, ha causado ejecutoria, para todos los efectos legales a que haya lugar. Devuélvase al Juez de lo Civil y Familiar de Primera Instancia del Distrito Judicial de Xicohténcatl, el tomo de prueba debidamente identificado como tomo I, que anexó a su informe justificado, sin que haya lugar a ordenar el desglose del mismo, toda vez que por auto de once de septiembre de la presente anualidad, se ordenó formar por cuerda separada del principal. Requiérase a la parte quejosa y tercera interesada, para que dentro del plazo de noventa días, acudan a este juzgado federal a recoger los documentos que exhibieron en el presente juicio, apercibidas que de no hacerlo en el referido plazo, dichos documentos serán destruidos. Una vez que obren en autos las constancias de notificación del presente proveído, sin ulterior acuerdo, envíese el presente juicio constitucional al ARCHIVO, toda vez que se encuentra totalmente concluido

  • 24 de Octubre del 2018

    Actor: Rogelio González Cano

    Demandado: Juez de lo Civil y Familiar del Distrito Judicial de Xicohténcatl

    Se R E S U E L V E: ÚNICO. Se SOBRESEE en el juicio de amparo promovido por ***, contra la autoridad y por el acto reclamado que precisados quedaron en el considerando segundo, por los motivos expuestos en el último considerando de esta sentencia

  • 04 de Octubre del 2018

    Actor: Rogelio González Cano

    Demandado: Juez de lo Civil y Familiar del Distrito Judicial de Xicohténcatl

    Agréguese el escrito de cuenta signado por la tercera interesada, por el cual en cumplimiento al requerimiento efectuado en auto de veintisiete del mes próximo pasado, exhibe cuatro copias de los interrogatorios relativos a la prueba testimonial ofrecida. Se tiene por anunciada la prueba de mérito, la cual estará a cargo de ***; por tanto, distribúyase entre las partes copia del interrogatorio propuesto para el desahogo de dicha prueba a fin de que puedan formular repreguntas. Se hace del conocimiento de la tercera interesada que deberá presentar con identificación oficial y vigente a los citados atestes, en la fecha y hora señaladas para el verificativo de la audiencia constitucional, con el apercibimiento que de no hacerlo, se decretará la deserción de dicho medio de convicción; o bien, manifieste el impedimento que tenga para ello. Se difiere anticipadamente la audiencia constitucional y se fijan las NUEVE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL VEINTITRÉS DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECIOCHO, para su celebración. Expídanse las copias certificadas que solicita, previa identificación y razón de entrega que por su recibo obre en autos

  • 28 de Septiembre del 2018

    Actor: Rogelio González Cano

    Demandado: Juez de lo Civil y Familiar del Distrito Judicial de Xicohténcatl

    Visto el escrito de cuenta suscrito por la tercera interesada, por el cual ofrece como pruebas las documentales que relaciona en su escrito de cuenta, la testimonial, instrumental de actuaciones y presuncional legal y humana; atento a ello, se provee: Téngase por ofrecidas las documentales a que se hace referencia en el escrito cuenta, así como la instrumental de actuaciones y presuncional en su doble aspecto; medios de convicción que se desahogan por sí mismos dada su propia y especial naturaleza, sin perjuicio de hacer relación de ellas en la audiencia constitucional. Ahora bien, previo a acordar lo conducente respecto a la prueba testimonial, requiérase a la promovente para que en el término de tres días, exhiba dos copias del interrogatorio sobre el cual versará la aludida prueba. Con el apercibimiento que en caso de no dar cumplimiento al anterior requerimiento, se tendrá por no ofrecida la prueba de mérito

  • 26 de Septiembre del 2018

    Actor: Rogelio González Cano

    Demandado: Juez de lo Civil y Familiar del Distrito Judicial de Xicohténcatl

    Visto el estado de autos, se hace efectivo el apercibimiento decretado y, DEJA DE SURTIR EFECTOS LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA que se concedió en la aludida interlocutoria. En el entendido que la parte quejosa está en aptitud de exhibir la garantía respectiva, mientras no se ejecute el acto reclamado, lo cual traería como consecuencia que vuelva a surtir efectos la suspensión concedida en la interlocutoria dictada en la presente incidencia. Comuníquese lo anterior a la autoridad responsable e infórmese que queda expedita su jurisdicción para ejecutar el acto reclamado

  • 18 de Septiembre del 2018

    Actor: Rogelio González Cano

    Demandado: Juez de lo Civil y Familiar del Distrito Judicial de Xicohténcatl

    Agréguese a los autos para los efectos legales a que haya lugar, el alegato ministerial signado por el Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a este juzgado, y ténganse por hechas sus manifestaciones a manera de alegatos. Una vez que se dicte la resolución correspondiente expídase la copia certificada que solicita, previa razón que de su recibo quede en autos

  • 13 de Septiembre del 2018

    Actor: Rogelio González Cano

    Demandado: Juez de lo Civil y Familiar del Distrito Judicial de Xicohténcatl

    Se RESUELVE: ÚNICO. SE CONCEDE LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA al ***, respecto de la autoridad señalada como responsable, por las razones precisadas en el último considerando de esta resolución

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