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Rogelio Hernández Campos | Junta Especial Número Uno De La Exp: 783/2018

Federal > Juzgado Décimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Rogelio Hernández Campos
Demandado: Junta Especial Número Uno De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado, Con Sede En Tampico
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 783/2018 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Rogelio Hernández Campo en contra de Junta Especial Número Uno De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado, Con Sede En Tampico en el Juzgado Décimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 14 de Agosto del 2018 y cuenta con 6 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 783/2018

  • 23 de Octubre del 2018

    Actor: Rogelio Hernández Campos

    Demandado: Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, con sede en Tampico

    Vista la cuenta que antecede, glósese a los autos el oficio signado por Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito, con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas, mediante el cual informa que aceptó la competencia para conocer del juicio de amparo 783/2018-II-2 de este juzgado; en ese orden, remítanse los autos originales del expediente laboral 395/1/2014, el cual conforma el anexo I, solicitando el acuse de recibo correspondiente. y archívese este asunto como concluido. se ordena que una vez que transcurran seis meses a partir de esta fecha, se proceda a su destrucción, debido a que encuadra en la hipótesis de la fracción I del punto vigésimo, del citado Acuerdo General conjunto, al ser un expediente auxiliar (cuaderno de antecedentes), previa formulación del acta y relación correspondiente para la plena identificación del expediente destruido, tal y como lo dispone el punto vigésimo cuarto del acuerdo normativo

  • 03 de Octubre del 2018

    Actor: Rogelio Hernández Campos

    Demandado: Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, con sede en Tampico

    Ha causado ejecutoria la sentencia dictada en el presente juicio de garantias. Toda vez que se guardó jurisdicción al segundo tribunal colegiado que se indica, respecto del acto reclamado que se precisa, por lo que, dése cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo tercero de dicho fallo

  • 12 de Septiembre del 2018

    Actor: Rogelio Hernández Campos

    Demandado: Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, con sede en Tampico

    Sentencia: primero.- se sobresee en el juicio de amparo. Segundo.- se reserva jurisdicción al segundo tribunal colegiado en materia penal y de trabajo del decimonoveno circuito en el estado,de tamaulipas, con residencia en ciudad victoria, respecto del acto reclamado que se precisa. Tercero.- una vez que cause ejecutoria la presente sentencia, envíese el asunto al tribunal colegiado que se indica, en atención a que reservó jurisdicción para el dictado de la sentencia en vía de amparo directo 559/2018. Cuarto.- como está ordenado entréguese copia autorizada de este fallo a la parte que lo solicite y quinto.- cúmplase lo establecido en el considerando último de esta resolución

  • 20 de Agosto del 2018

    Actor: Rogelio Hernández Campos

    Demandado: Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, con sede en Tampico

    Se notifica por lista de acuerdos al quejoso rogelio hernández campos, el proveído de trece de agosto del año en curso, por el que se admite la demanda de amparo; se señalan las once horas con diez minutos del once de septiembre de dos mil dieciocho, para la celebracion de la audiencia constitucional. Sin tramitarse el incidente de suspension, por no haberlo solicitado. Tengase como autorizados de la parte quejosa a quienes indica y como domicilio para oir y recibir notificaciones el que señala para tal fin. Se hace del conocimiento de las partes que las resoluciones que se dicten durante el desarrollo del juicio, constituyen información pública y podrán ser consultadas por cualquier persona; en la inteligencia de que existir alguna oposición se omitira la publicación de los datos personales en listas de notificación que se publiquen. Se hace del conocimiento de la parte quejosa que en caso de que las autoridades que señaló como responsables no existan con la denominación o en la localidad indicada, sin mayor trámite se tendrán por inexistentes y suspendida toda comunicación con éstas

  • 17 de Agosto del 2018

    Actor: Rogelio Hernández Campos

    Demandado: Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, con sede en Tampico

    Se notifica por lista de acuerdos a los terceros interesados elektra, sociedad anónima de capital variable, por conducto de quien legalmente la represente; elmex superior, sociedad anónima de capital variable, por conducto de quien legalmente lo represete; y banco azteca, sociedad anónima, institución de banca múltiple, por conducto de quien legalmente la represente, el proveído de trece de agosto del año en curso, por el que se admite la demanda de amparo; se señalan las once horas con diez minutos del once de septiembre de dos mil dieciocho, para la celebracion de la audiencia constitucional. Sin tramitarse el incidente de suspension, por no haberlo solicitado. Tengase como autorizados de la parte quejosa a quienes indica y como domicilio para oir y recibir notificaciones el que señala para tal fin. Se hace del conocimiento de las partes que las resoluciones que se dicten durante el desarrollo del juicio, constituyen información pública y podrán ser consultadas por cualquier persona; en la inteligencia de que existir alguna oposición se omitira la publicación de los datos personales en listas de notificación que se publiquen. Se hace del conocimiento de la parte quejosa que en caso de que las autoridades que señaló como responsables no existan con la denominación o en la localidad indicada, sin mayor trámite se tendrán por inexistentes y suspendida toda comunicación con éstas

  • 14 de Agosto del 2018

    Actor: Rogelio Hernández Campos

    Demandado: Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, con sede en Tampico

    Se admite la demanda de amparo; se señalan las once horas con diez minutos del once de septiembre de dos mil dieciocho, para la celebracion de la audiencia constitucional. Sin tramitarse el incidente de suspension, por no haberlo solicitado. Tengase como autorizados de la parte quejosa a quienes indica y como domicilio para oir y recibir notificaciones el que señala para tal fin. Se hace del conocimiento de las partes que las resoluciones que se dicten durante el desarrollo del juicio, constituyen información pública y podrán ser consultadas por cualquier persona; en la inteligencia de que existir alguna oposición se omitira la publicación de los datos personales en listas de notificación que se publiquen. Se hace del conocimiento de la parte quejosa que en caso de que las autoridades que señaló como responsables no existan con la denominación o en la localidad indicada, sin mayor trámite se tendrán por inexistentes y suspendida toda comunicación con éstas

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