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Rolando Flores Balleza | Junta Especial Numero Dos De La Local Exp: 1241/2022

Federal > Juzgado Décimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Rolando Flores Balleza
Demandado: Junta Especial Numero Dos De La Local De Conciliacion Y Arbitraje, En Tampico, Tam
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 1241/2022 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Rolando Flores Balleza en contra de Junta Especial Numero Dos De La Local De Conciliacion Y Arbitraje, En Tampico, Tam en el Juzgado Décimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 04 de Octubre del 2022 y cuenta con 4 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 1241/2022

  • 06 de Diciembre del 2022

    Actor: Rolando Flores Balleza

    Demandado: Junta Especial Numero Dos de la Local de Conciliacion y Arbitraje, En Tampico, Tam

    Ha causado ejecutoria la sentencia dictada en el presente juicio de garantias. Archivese el expediente como asunto concluido. En virtud de ser un juicio de amparo sobreseído, se hace la indicación que el presente asunto es susceptible de destrucción y carece de relevancia documental, por lo que una vez transcurrido el término tres años, deberá transferirse a la dependencia en comento

  • 03 de Noviembre del 2022

    Actor: Rolando Flores Balleza

    Demandado: Junta Especial Numero Dos de la Local de Conciliacion y Arbitraje, En Tampico, Tam

    R E S O L U T I V O S PRIMERO. Se SOBRESEE en el juicio de amparo promovido por la parte quejosa, por los motivos expuestos en el considerando cuarto de esta sentencia. SEGUNDO. Como está ordenado en el considerando quinto, entréguese copia autorizada del presente fallo a la parte que lo solicite. TERCERO. Cúmplase lo establecido en el considerando último de esta resolución

  • 25 de Octubre del 2022

    Actor: Rolando Flores Balleza

    Demandado: Junta Especial Numero Dos de la Local de Conciliacion y Arbitraje, En Tampico, Tam

    Dese vista a las partes con el informe justificado

  • 04 de Octubre del 2022

    Actor: Rolando Flores Balleza

    Demandado: Junta Especial Numero Dos de la Local de Conciliacion y Arbitraje, En Tampico, Tam

    SE ADMITE. Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Amparo, no ha lugar a la apertura de incidente de suspensión por no haberse solicitado. Se fijan las ONCE HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL VEINTIOCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS, para la celebración de la audiencia constitucional. Con apoyo en los artículos 115 y 117 de la Ley de Amparo, se requiere a la autoridad responsable para que en el término de quince días rinda su informe justificado. Se reserva proveer lo conducente en relación con la persona o personas a quienes les asista el carácter de terceros interesados, hasta en tanto obre en autos el informe justificado de la autoridad responsable. Con fundamento en el artículo 3 de la Ley de Amparo y relativos del Acuerdo General 12/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la integración y trámite de expediente electrónico y el uso de videoconferencias en todos los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales a cargo del propio Consejo, se autoriza al promovente para consultar acuerdos, resoluciones y sentencias relacionadas con el presente juicio de amparo 1241/2022-VI, de manera electrónica y con los lineamientos establecidos para tal efecto, bajo el usuario "HOMEROCASTELLANOS"; sin que ello implique su aprobación o consentimiento para darse por notificado electrónicamente de los autos o resoluciones judiciales que merezcan notificación personal; lo anterior para los efectos legales a los que haya lugar. Lo anterior, hágase del conocimiento a la Analista Jurídico del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes adscrita a este Juzgado, para que proceda a efectuar las gestiones pertinentes para el permiso y acceso a la consulta en comento. Se tiene como domicilio de la parte quejosa donde oír y recibir notificaciones el que indica en su escrito de demanda. Asimismo, se autoriza en términos amplios del artículo 12 de la Ley de Amparo, a los profesionistas que designa. Notifíquese la radicación de este juicio al Agente del Ministerio Público adscrito mediante lista de acuerdos de conformidad con el artículo 26 fracción III de la Ley de Amparo y désele la intervención que legalmente le corresponde. Notifíquese por oficio la radicación de este juicio a la autoridad responsable de preferencia vía correo electrónico, en términos del artículo 23 del Acuerdo General 21/2020 indicado con anterioridad

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