Federal
> Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Ruslan Yetekbayev .
Demandado: Titular De La Secretaria De Gobernación, Con Domicilio En Abraham González 48 Col. Juárez 06600 Ciudad De México. .
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 764/2024 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Ruslan Yetekbayev en contra de Titular De La Secretaria De Gobernación, Con Domicilio En Abraham González 48 Col. Juárez 06600 Ciudad De México. en el Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 06 de Junio del 2024 y cuenta con 8 Notificaciones.
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Actor: Ruslan Yetekbayev .
Demandado: Titular de la Secretaria de Gobernación, con domicilio en Abraham González 48 Col. Juárez 06600 Ciudad de México. y Otros..
"... se desprende que atendiendo a la circular 16/2024, suscrita por el Secretario Ejecutivo del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativa a la suspensión de plazos y términos procesales, debido al Paro Nacional de labores en toda la República, a partir del diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro, y en este órgano jurisdiccional a partir del veintiuno del mismo mes y año, en esta propia fecha se levanta la suspensión de los plazos y términos procesales del presente juicio de amparo, dado que encuadra dentro de los asuntos que se deben de atender y continuar con el trámite, de acuerdo a lo establecido en dicha circular. ... téngase por recibido el oficio 9573/2024, signado electrónicamente por la Secretaria del Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Coatzacoalcos; por medio del cual devuelve parcialmente diligenciado el exhorto ***/2024, número de orden **/2024-V, de su índice estadístico, derivado del presente juicio de amparo, por tanto, agréguese a los autos el oficio (y anexos) de cuenta para los efectos legales a que haya lugar; sin que haya lugar a expedir el acuse respectivo, dado que el propio Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE) lo genera de manera automática. .... se hace del conocimiento de las partes que el licenciado Fidel Gallegos Figueroa, funge como Titular de este Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con sede en esta ciudad, a partir del dieciséis de septiembre del presente año, por disposición del Consejo de la Judicatura Federal, mediante oficio SEADS/3341/2024, de once de septiembre de dos mil veinticuatro, signado por el Secretario Ejecutivo de Adscripción de dicho Consejo...."
Actor: Ruslan Yetekbayev .
Demandado: Titular de la Secretaria de Gobernación, con domicilio en Abraham González 48 Col. Juárez 06600 Ciudad de México. .
Reynosa, Tamaulipas, a cuatro de julio de dos mil veinticuatro. Visto lo de cuenta, téngase por recibido el oficio 11343/2024, signado electrónicamente por el Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Oaxaca, con residencia en Salina Cruz; por medio del cual devuelve parcialmente diligenciada el exhorto 245/2024, número de orden 308/2024, derivado del presente juicio de amparo, por tanto, agréguese a los autos el oficio (y anexos digitales) de cuenta para los efectos legales a que haya lugar; sin que haya lugar a expedir el acuse respectivo, dado que el propio Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE) lo genera de manera automática. Por tanto, hágase la captura en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes. Por otra parte, téngase por recibido el informe enviado por el Jefe del Departamento de Asuntos Jurídicos del Instituto Nacional de Migración, por sí y en representación del Titular de la Oficina de Representación del Instituto Nacional de Migración, Subdirector de Regulación Migratoria del Instituto Nacional de Migración y Encargado de la Estación Migratoria del Instituto Nacional de Migración, todos con residencia en Tijuana, Baja California; por el cual en cumplimiento al requerimiento efectuado en autos, rinde su informe de suspensión de plano, y niegan los actos reclamados que se les atribuyen, asimismo informan que quedaron enterados de los efectos de la suspensión de plano otorgada al directo quejoso; por tanto, se ordena agregar a los autos el informe de cuenta para que obre como en derecho corresponda; en tal virtud, dese vista al promovente para que manifieste lo que a su interés legal convenga. Asimismo, se tiene a dichas responsables señalando domicilio oficial, para efectos de oír y recibir todo tipo de notificaciones. Notifíquese. Así lo proveyó y firma Juan Fernando Alvarado López, Juez Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Reynosa, ante el Secretario Julio César Cruz García, quien autoriza y da fe.
Actor: Ruslan Yetekbayev .
Demandado: Titular de la Secretaria de Gobernación, con domicilio en Abraham González 48 Col. Juárez 06600 Ciudad de México. .
Reynosa, Tamaulipas, a diecinueve de junio de dos mil veinticuatro. Visto lo de cuenta, téngase por recibidos los informes enviados por el Director de la Estación Migratoria del Instituto Nacional de Migración en la Oficina de Representación en la Ciudad de México, Órgano Técnico Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, con residencia en la Ciudad de México y Titular de la Oficina de Representación del Instituto Nacional de Migración en el Estado de Chiapas, con residencia en Tapachula, por conducto del Representante Local del Instituto Nacional de Migración; por los cuales (respectivamente) en cumplimiento al requerimiento efectuado en autos, rinden su informe de suspensión de plano, y niega los actos reclamados que se les atribuyen, asimismo informan que quedaron enterados de los efectos de la suspensión de plano otorgada al directo quejoso; por tanto, se ordena agregar a los autos los informes de cuenta para que obren como en derecho corresponda; en tal virtud, dese vista al promovente para que manifieste lo que a su interés legal convenga. Notifíquese.
Actor: Ruslan Yetekbayev .
Demandado: Titular de la Secretaria de Gobernación, con domicilio en Abraham González 48 Col. Juárez 06600 Ciudad de México. .
Reynosa, Tamaulipas, a diecisiete de junio de dos mil veinticuatro. Visto lo de cuenta, téngase por recibido el oficio 28090/2024, signado electrónicamente por la Secretaria del Juzgado Décimo Quinto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México; por medio del cual devuelve diligenciado el exhorto 244/2024, número de orden 307/2024, derivado del presente juicio de amparo, por tanto, agréguese a los autos el oficio (y anexos) de cuenta para los efectos legales a que haya lugar; sin que haya lugar a expedir el acuse respectivo, dado que el propio Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE) lo genera de manera automática. Finalmente, hágase la captura en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes. Notifíquese.
Actor: Ruslan Yetekbayev .
Demandado: Titular de la Secretaria de Gobernación, con domicilio en Abraham González 48 Col. Juárez 06600 Ciudad de México. .
Reynosa, Tamaulipas, a catorce de junio de dos mil veinticuatro. Visto lo de cuenta, téngase por recibido el informe telegráfico enviado por el Director General de Procedimientos Constitucionales, en representación de la Secretaría de Gobernación, con residencia en la Ciudad de México; por el cual en cumplimiento al requerimiento efectuado en autos, rinde su informe de suspensión de plano, y niega los actos reclamados que se le atribuyen, asimismo informa que quedó enterado de los efectos de la suspensión de plano otorgada al directo quejoso; por tanto, se ordena agregar a los autos el informe telegráfico de cuenta para que obre como en derecho corresponda; en tal virtud, dese vista al promovente para que manifieste lo que a su interés legal convenga. Notifíquese.
Actor: Ruslan Yetekbayev .
Demandado: Titular de la Secretaria de Gobernación, con domicilio en Abraham González 48 Col. Juárez 06600 Ciudad de México. .
Reynosa, Tamaulipas, a diez de junio de dos mil veinticuatro. Visto lo de cuenta, téngase por recibidos los oficios INM/OROAX/DAJ/900/2024 y INM/SCJ/DAJ/AMP/3976/2024, firmados electrónicamente (respectivamente) por el Jefe del Departamento de Asuntos Jurídicos del Instituto Nacional de Migración, con residencia en Oaxaca de Juárez y Sub Comisionado Jurídico del Instituto Nacional de Migración, con asiento en la Ciudad de México (en sus denominaciones correctas); por los cuales en cumplimiento al requerimiento efectuado en autos, rinden sus respectivos informes de suspensión de plano, y niegan los actos reclamados que se les atribuyen, asimismo informan que quedaron enterados de los efectos de la suspensión de plano otorgada al directo quejoso; por tanto, se ordena agregar a los autos el informe de cuenta para que obre como en derecho corresponda; en tal virtud, dese vista al promovente para que manifieste lo que a su interés legal convenga. Asimismo, se tiene a dichas responsables señalando domicilio oficial, para los efectos legales conducentes; asimismo, por lo que respecta a la responsable domiciliada en la Ciudad de México, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 9 de la Ley de Amparo, se tienen como delegados de tal responsable a las personas que indica en su informe. Por otra parte, téngase por recibido el oficio 24373/2024, signado electrónicamente por el Secretario del Juzgado Décimo Tercero de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Tijuana; por medio del cual devuelve parcialmente diligenciado el exhorto 243/2024, número de orden 306/2024, derivado del presente juicio de amparo, por tanto, agréguese a los autos el oficio (y anexos) de cuenta para los efectos legales a que haya lugar; sin que haya lugar a expedir el acuse respectivo, dado que el propio Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE) lo genera de manera automática. Finalmente, hágase la captura en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes. Notifíquese.
Actor: Ruslan Yetekbayev .
Demandado: Titular de la Secretaria de Gobernación, con domicilio en Abraham González 48 Col. Juárez 06600 Ciudad de México. .
Reynosa, Tamaulipas, a siete de junio de dos mil veinticuatro. Visto lo de cuenta, téngase por recibido el oficio INM/ORTAB/EMV/8115/2024, firmado electrónicamente por el Subdirector de Área, Encargado del Departamento de Asuntos Jurídicos y Atención al Migrante de la Estación Migratoria del Instituto Nacional de Migración, en Villahermosa, Tabasco (denominación correcta); por el cual en cumplimiento al requerimiento efectuado en autos, rinde su informe de suspensión de plano, y niega los actos reclamados que se le atribuyen, asimismo informa que quedó enterado de los efectos de la suspensión de plano otorgada al quejoso; por tanto, se ordena agregar a los autos el informe de cuenta para que obre como en derecho corresponda; en tal virtud, dese vista al promovente para que manifieste lo que a su interés legal convenga. Asimismo, se tiene a dicha responsable señalando domicilio oficial, para los efectos legales conducentes; asimismo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 9 de la Ley de Amparo, se tienen como delegados de tal responsable a las personas que indica en su informe. Por otra parte, téngase por recibido el oficio 17581/2024, signado electrónicamente por la Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Tabasco, con residencia en Villahermosa; por medio del cual devuelve parcialmente diligenciado el exhorto 247/2024, número de orden 310/2024, derivado del presente juicio de amparo, por tanto, agréguese a los autos el oficio (y anexos digitales) de cuenta para los efectos legales a que haya lugar; sin que haya lugar a expedir el acuse respectivo, dado que el propio Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE) lo genera de manera automática. De igual forma, téngase por recibido el oficio 8171, firmado electrónicamente por el Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Chiapas, con residencia en Tapachula de Córdova y Ordoñez; por medio del cual devuelve parcialmente diligenciado el exhorto 248/2024, número de orden 311/2024, derivado del presente juicio de amparo, por tanto, agréguese a los autos el oficio (y anexos) de cuenta para los efectos legales a que haya lugar; sin que haya lugar a expedir el acuse respectivo, dado que el propio Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE) lo genera de manera automática. Finalmente, hágase la captura en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes. Notifíquese.
Actor: Ruslan Yetekbayev .
Demandado: Titular de la Secretaria de Gobernación, con domicilio en Abraham González 48 Col. Juárez 06600 Ciudad de México. .
Reynosa, Tamaulipas, cinco de junio de dos mil veinticuatro. Vista la demanda de amparo promovida Bobur Mamatov, en favor del quejoso Ruslan Yetekbayev, contra actos del Titular de la Oficina de Representación del Instituto Nacional de Migración, con sede en Tijuana, Baja California, y otras autoridades; en consecuencia, con fundamento en los artículos 15, 17, fracción IV, 20 y demás relativos de la Ley de Amparo, fórmese expediente, anótese su ingreso en el libro de gobierno de este Juzgado bajo el número 764/2024, así como en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE). Del contenido de la demanda se advierte la incertidumbre de la localización exacta de la parte quejosa, la cual pudiera estar en cualquiera de las estaciones Migratorias del Instituto Nacional de Migración con sede en La Esmeralda en Tijuana, Baja California; Ciudad de México, La Ventosa, Oaxaca; Acayucan, Veracruz; Villahermosa, Tabasco o Tapachula, Chiapas; privada de su libertad, solicitando el otorgamiento de la suspensión de oficio y de plano. SUSPENSIÓN DE PLANO Tomando en consideración que la detención de las personas migrantes es de carácter excepcional, por lo que en su caso debe existir proporcionalidad, necesidad e idoneidad de la privación de la libertad, y dado que el artículo 164, segundo párrafo, de la Ley de Amparo, prevé que tratándose de detención efectuada por autoridades administrativas distintas del Ministerio Público, que no tengan relación con la comisión de un delito, el efecto de la suspensión será la libertad, consecuentemente procede conceder la suspensión de plano de los actos reclamados para los siguientes efectos: I. Se otorgue la inmediata libertad, sin garantía económica alguna dada su calidad migratoria, a la parte quejosa. II. Cesen de inmediato los actos de detención, incomunicación, deportación, aseguramiento y alojamiento, generados por las autoridades responsables, o cualquiera de los previstos en el artículo 22 Constitucional y 15 de la Ley de Amparo. III. Permita que la parte quejosa pueda comunicarse de inmediato con quien estime conveniente y además de ello se le permita usar el teléfono o cualquier otro medio de comunicación. IV. Se brinde la atención médica que, en su caso, requiera respecto de algún problema de salud que presente, para lo cual, las autoridades responsables deberán remitir copia certificada de las constancias con las que acrediten haberla otorgado. Notifíquese, sin demora a las autoridades señaladas como responsables para su inmediato cumplimiento, y personalmente a la parte quejosa.
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