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Salvador Vargas Pérez | Juzgado Quinto De Distrito Especializado Exp: 500/2018

Federal > Juzgado Decimoséptimo De Distrito En El Estado De Veracruz, Con Residencia En Xalapa de Séptimo Circuito
Actor: Salvador Vargas Pérez
Demandado: Juzgado Quinto De Distrito Especializado En Ejecución De Penas En La Ciudad De México
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 500/2018 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Salvador Vargas Pérez en contra de Juzgado Quinto De Distrito Especializado En Ejecución De Penas En La Ciudad De México en el Juzgado Decimoséptimo De Distrito En El Estado De Veracruz, Con Residencia En Xalapa en Circuito 7 (Veracruz). El Proceso inició el 30 de Mayo del 2018 y cuenta con 4 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 500/2018

  • 13 de Julio del 2018

    Actor: SALVADOR VARGAS PÉREZ

    Demandado: JUZGADO QUINTO DE DISTRITO ESPECIALIZADO EN EJECUCIÓN DE PENAS EN LA CIUDAD DE MÉXICO

    Xalapa de Enríquez, Veracruz, doce de julio de dos mil dieciocho. De la certificación secretarial que antecede, se advierte que las partes no interpusieron recurso de revisión en contra del auto de veinticinco de junio del presente año (foja 22), por el que se sobreseyó fuera de audiencia el presente juicio; en consecuencia, con fundamento en los artículos 356, fracción II y 357 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se declara que HA CAUSADO ESTADO para los efectos legales procedentes. Hágase la anotación correspondiente en el Libro de Gobierno, en la carátula del presente expediente, así como la captura en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (S.I.S.E.) y archívese el presente asunto como concluido. En cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del punto décimo primero del Acuerdo General conjunto número 1/2009, de veintiocho de septiembre de dos mil nueve, de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la transferencia, digitalización, depuración y destrucción de los expedientes generados en los Juzgados de Distrito, se hace la indicación que el presente asunto es susceptible de destrucción, debido a que encuadra en la hipótesis de la fracción I del punto vigésimo primero del citado Acuerdo General conjunto, al ser un juicio de amparo sobreseído fuera de audiencia que carece de relevancia documental, en términos de lo dispuesto en el último párrafo del citado punto; por lo cual, una vez transcurridos tres años a partir de esta fecha deberá transferirse al Centro de Documentación y Análisis, previa la anotación correspondiente en el Libro de Gobierno, tal y como lo dispone el punto vigésimo quinto del Acuerdo normativo

  • 13 de Julio del 2018

    Xalapa de Enríquez, Veracruz, doce de julio de dos mil dieciocho. De la certificación secretarial qu

  • 30 de Mayo del 2018

    Notifíquese personalmente

  • 30 de Mayo del 2018

    Actor: SALVADOR VARGAS PÉREZ

    Demandado: JUZGADO QUINTO DE DISTRITO ESPECIALIZADO EN EJECUCIÓN DE PENAS EN LA CIUDAD DE MÉXICO

    Notifíquese personalmente

antecedentes
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