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Secretaria De Seguridad Del Estado México | Juez Segundo Exp: 97/2019

Federal > Cuarto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Segundo Circuito de Segundo Circuito
Actor: Secretaria De Seguridad Del Estado De México
Demandado: Juez Segundo Mercantil De Primera Instancia Del Distrito Judicial De Toluca, Estado De México | Juzgado Cuarto De Distrito En Materias De Amparo Y De Juicios Federales En El Estado De México
Materia: Civil
Tipo: Amparo en revisión

RESUMEN: El Expediente 97/2019 en Materia Civil y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por Secretaria De Seguridad Del Estado De México en contra de Juez Segundo Mercantil De Primera Instancia Del Distrito Judicial De Toluca, Estado De México en el Cuarto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Segundo Circuito en Circuito 2 (Estado de México). El Proceso inició el 28 de Marzo del 2019 y cuenta con 11 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 97/2019

  • 04 de Julio del 2019

    Actor: Secretaria de Seguridad del Estado de México

    Demandado: Juez Segundo Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México

    Visto el estado de los autos, de los que se advierte que por sentencia de diez de mayo de dos mil diecinueve, se dejó insubsistente la sentencia recurrida en la audiencia constitucional de ocho de febrero de dos mil diecinueve, terminada de engrosar el quince siguiente, por el Juez Cuarto de Distrito en Materias de Ampro y de Juicios Federales en el Estado de México, dado que se ordenó tramitarse en la vía directa la demanda de amparo presentada por la Secretaria de Seguridad del Estado de México, a través del Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos Igor Mendoza Ruiz, contra la sentencia interlocutoria de veintidós de noviembre de dos mil dieciocho, dictada por el Juez Segundo Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México, en el expediente 157/2018. Igualmente, que en autos consta que se remitieron los autos relativos, así como el testimonio respectivo a la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Civil del Segundo Circuito, para que se tramitara en la vía directa; asimismo, que obra en autos copia certificada del auto por el que se le dio trámite a la demanda de amparo directo promovida por la SECRETARIA DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO, a través del Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos IGOR MENDOZA RUIZ, en contra de la sentencia de fecha veintidós de noviembre de dos mil dieciocho, dictada por el Juez Segundo Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México, en el expediente número 157/2018, quedando registrado con el número de Amparo Directo 431/2019. En consecuencia, visto el estado que guardan los autos, de los que se desprende que este asunto se resolvió en el sentido de declarar insubsistente la sentencia recurrida y ordenar tramitarse en la vía directa, por lo que se remitió el testimonio y los autos respectivos a la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Civil del Segundo Circuito, cuyo acuse de recibo obra en autos; en consecuencia, archívese este juicio de garantías como totalmente concluido, previas las anotaciones en el libro de gobierno.se concluye que este expediente es susceptible de ser DESTRUIDO, pues no contiene relevancia documental, ni documentos originales

  • 04 de Julio del 2019

    Visto el estado de los autos, de los que se advierte que por sentencia de diez de mayo de dos mil diecinueve, se dejó insubsistente la sentencia recurrida en la audiencia constitucional de ocho de febrero de dos mil diecinueve, terminada de engrosar el quince siguiente, por el Juez Cuarto de Distrito en Materias de Ampro y de Juicios Federales en el Estado de México, dado que se ordenó tramitarse en la vía directa la demanda de amparo presentada por la Secretaria de Seguridad del Estado de México, a través del Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos Igor Mendoza Ruiz, contra la sentencia interlocutoria de veintidós de noviembre de dos mil dieciocho, dictada por el Juez Segundo Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México, en el expediente 157/2018. Igualmente, que en autos consta que se remitieron los autos relativos, así como el testimonio respectivo a la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Civil del Segundo Circuito, para que se tramitara en la vía directa; asimismo, que obra en autos copia certificada del auto por el que se le dio trámite a la demanda de amparo directo promovida por la SECRETARIA DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO, a través del Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos IGOR MENDOZA RUIZ, en contra de la sentencia de fecha veintidós de noviembre de dos mil dieciocho, dictada por el Juez Segundo Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México, en el expediente número 157/2018, quedando registrado con el número de Amparo Directo 431/2019. En consecuencia, visto el estado que guardan los autos, de los que se desprende que este asunto se resolvió en el sentido de declarar insubsistente la sentencia recurrida y ordenar tramitarse en la vía directa, por lo que se remitió el testimonio y los autos respectivos a la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Civil del Segundo Circuito, cuyo acuse de recibo obra en autos; en consecuencia, archívese este juicio de garantías como totalmente concluido, previas las anotaciones en el libro de gobierno.se concluye que este expediente es susceptible de ser DESTRUIDO, pues no contiene relevancia documental, ni documentos originales

  • 04 de Junio del 2019

    Se tiene por recibo el oficio 11894/2019 signado por la Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Federales en el Estado de México, mediante el cual remite el juicio de amparo indirecto 1878/2018, en cumplimiento al proveído de veinticuatro de mayo de dos mil diecinueve, emitido en el presente recurso...agréguese a los autos el oficio y anexo que se proveen, para los efectos legales a que haya lugar. Acúsese el recibo de estilo correspondiente. Ahora, toda vez que en sesión de diez de mayo de dos mil diecinueve, el pleno de este Tribunal Colegiado resolvió en el amparo en revisión 97/2019, declarar INSUBSISTENTE la sentencia definitiva recurrida emitida en la audiencia constitucional de ocho de febrero de dos mil diecinueve, terminada de engrosar el quince siguiente, por el Juez Cuarto de Distrito en Materia de Amparo y de Juicios Federales en el Estado de México, en el juicio de amparo indirecto 1878/2018-II, y ordenó tramitar en la vía directa, la demanda de amparo presentada por la SECRETARÍA DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO, a través del Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos Igor Mendoza Ruiz contra la sentencia interlocutoria de veintidós de noviembre de dos mil dieciocho, dictada por el Juez Segundo Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México, en el expediente 157/2018; por lo tanto, en cumplimiento a lo ordenado en la citada ejecutoria de amparo, y con testimonio de la misma, resulta procedente remitir los autos del presente recurso, previa copia certificada que se deje en este Tribunal Colegiado a la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Civil del Segundo Circuito, con sede en Toluca, Estado de México, para que le sea asignado número y sea remitido de nueva cuenta a este Órgano de Justicia como ingreso nuevo

  • 04 de Junio del 2019

    Actor: Secretaria de Seguridad del Estado de México

    Demandado: Juez Segundo Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México

    Se tiene por recibo el oficio 11894/2019 signado por la Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Federales en el Estado de México, mediante el cual remite el juicio de amparo indirecto 1878/2018, en cumplimiento al proveído de veinticuatro de mayo de dos mil diecinueve, emitido en el presente recurso...agréguese a los autos el oficio y anexo que se proveen, para los efectos legales a que haya lugar. Acúsese el recibo de estilo correspondiente. Ahora, toda vez que en sesión de diez de mayo de dos mil diecinueve, el pleno de este Tribunal Colegiado resolvió en el amparo en revisión 97/2019, declarar INSUBSISTENTE la sentencia definitiva recurrida emitida en la audiencia constitucional de ocho de febrero de dos mil diecinueve, terminada de engrosar el quince siguiente, por el Juez Cuarto de Distrito en Materia de Amparo y de Juicios Federales en el Estado de México, en el juicio de amparo indirecto 1878/2018-II, y ordenó tramitar en la vía directa, la demanda de amparo presentada por la SECRETARÍA DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO, a través del Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos Igor Mendoza Ruiz contra la sentencia interlocutoria de veintidós de noviembre de dos mil dieciocho, dictada por el Juez Segundo Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México, en el expediente 157/2018; por lo tanto, en cumplimiento a lo ordenado en la citada ejecutoria de amparo, y con testimonio de la misma, resulta procedente remitir los autos del presente recurso, previa copia certificada que se deje en este Tribunal Colegiado a la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Civil del Segundo Circuito, con sede en Toluca, Estado de México, para que le sea asignado número y sea remitido de nueva cuenta a este Órgano de Justicia como ingreso nuevo

  • 27 de Mayo del 2019

    Se tiene por recibido el oficio 11087/2019 suscrito por la Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Federales en el Estado de México, con residencia en Toluca, mediante el cual acusa recibo del oficio 983-VI del índice de este Tribunal Federal, por el que se le remitió testimonio de la resolución dictada en el presente recurso, así como la totalidad de las constancias inherentes al recurso de revisión en que se actúa.agréguese a los autos el oficio de mérito para que surta los efectos legales conducentes. Ahora bien, tomando en cuenta que en la sentencia emitida en el presente asunto, se declaró insubsistente la resolución recurrida emitida por el Juez Cuarto de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Federales en el Estado de México, en el juicio de amparo indirecto 1878/2018-II, y se ordenó que previas las anotaciones correspondientes en el libro de gobierno y el trámite respectivo en la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Civil de este Circuito, se tramitara en la vía directa la demanda de amparo presentada por la Secretaria de Seguridad del Estado de México, a través del titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos; solicítese al Juez Cuarto de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Federales en el Estado de México, remita las constancias que se le enviaron mediante oficio 983-VI, de veinte de mayo de dos mil diecinueve; ello, dado que se deben enviar a la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Civil del Segundo Circuito, a efecto de dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo

  • 20 de Mayo del 2019

    Declarar insubsistente la sentencia recurrida, previa anotaciones en el libro de gobierno y tramite ante la oficina de correspondencia comun de los tribunales colegiados en materia civil, se ordena tramitar en la vía directa, la demadna de amparo

  • 20 de Mayo del 2019

    Actor: Secretaria de Seguridad del Estado de México

    Demandado: Juez Segundo Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México

    Declarar insubsistente la sentencia recurrida, previa anotaciones en el libro de gobierno y tramite ante la oficina de correspondencia comun de los tribunales colegiados en materia civil, se ordena tramitar en la vía directa, la demadna de amparo

  • 09 de Abril del 2019

    Vista la cuenta que antecede de la que se aprecia que a la fecha se ha llevado el sorteo respectivo, así como que del estado que guardan los autos, de los cuales se desprende que el presente asunto se encuentra en estado de resolución. En tales condiciones, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 183, de la Ley de Amparo Vigente, túrnese el expediente al Magistrado José Martínez Guzmán a efecto de que formule el proyecto de sentencia respectivo

  • 09 de Abril del 2019

    Actor: Secretaria de Seguridad del Estado de México

    Demandado: Juzgado Cuarto de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Federales en el Estado de México

    Vista la cuenta que antecede de la que se aprecia que a la fecha se ha llevado el sorteo respectivo, así como que del estado que guardan los autos, de los cuales se desprende que el presente asunto se encuentra en estado de resolución. En tales condiciones, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 183, de la Ley de Amparo Vigente, túrnese el expediente al Magistrado José Martínez Guzmán a efecto de que formule el proyecto de sentencia respectivo

  • 28 de Marzo del 2019

    .SE ADMITE EL RECURSO en cuestión; en consecuencia, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 92, de la Ley de Amparo vigente, notifíquese lo anterior por medio de LISTA al Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito.Toda vez que la parte recurrente señala un domicilio para oír y recibir notificaciones ubicado dentro de la residencia de este Tribunal Colegiado; en consecuencia, las notificaciones personales que se ordenen en el presente asunto.Respecto de las personas que señala como autorizadas, se les reconoce dicho carácter en términos del segundo párrafo del artículo 12 de la Ley de Amparo en vigor.se hace del conocimiento de las partes que tienen el derecho para oponerse en relación con terceros a la publicación de sus datos personales

antecedentes
“Siempre estaba preocupada por el avance de mi divorcio, me la pasaba marcando y visitando a mi abogado. Ahora me siento segura ya que me entero inmediatamente de todo lo que sucede, inclusive antes que mi abogado y que el abogado de mi exmarido.” Alejandra Solórzano Pediatra
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“Por varias razones, sospechaba que mi abogado no estaba haciendo su trabajo correctamente… gracias a PoderJudicialVirtual.com me siento muy tranquilo porque doy cuenta de todo. He cambiado de abogado y pude evitar perder mucho dinero.” Alfonso Suárez Ingeniero Civil
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