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Secretaría Del Medio Ambiente Gobierno De La Ciudad México | Exp: 110/2019

Federal > Primer Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: Secretaría Del Medio Ambiente Del Gobierno De La Ciudad De México
Demandado: Cuarta Sala Del Tribunal Federal De Conciliación Y Arbitraje
Materia: Laboral
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 110/2019 en Materia Laboral y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Secretaría Del Medio Ambiente Del Gobierno De La Ciudad De México en contra de Cuarta Sala Del Tribunal Federal De Conciliación Y Arbitraje en el Primer Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 07 de Febrero del 2019 y cuenta con 10 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 110/2019

  • 02 de Mayo del 2019

    Actor: Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México

    Demandado: CUARTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

    La responsable acusa recibo del testimonio de la ejecutoria emitida en este asunto. Tomando en consideración que en este asunto se resolvió negar el amparo solicitado; en consecuencia, archívese como asunto total y definitivamente concluido es DEPURABLE

  • 02 de Mayo del 2019

    La responsable acusa recibo del testimonio de la ejecutoria emitida en este asunto. Tomando en consideración que en este asunto se resolvió negar el amparo solicitado; en consecuencia, archívese como asunto total y definitivamente concluido es DEPURABLE

  • 24 de Abril del 2019

    único: niega

  • 24 de Abril del 2019

    Actor: Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México

    Demandado: CUARTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

    único: niega

  • 12 de Marzo del 2019

    Con fundamento en el artículo 183 de la Ley de Amparo, y 41 fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, túrnese el expediente a la Magistrada Rosa María Galván Zárate, con el objeto de que sea formulado el proyecto de resolución respectivo

  • 12 de Marzo del 2019

    Actor: Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México

    Demandado: CUARTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

    Con fundamento en el artículo 183 de la Ley de Amparo, y 41 fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, túrnese el expediente a la Magistrada Rosa María Galván Zárate, con el objeto de que sea formulado el proyecto de resolución respectivo

  • 12 de Febrero del 2019

    Visto el estado de los autos, en el sentido de que en esta fecha se admitió a trámite el diverso juicio de amparo DT.- 111/2019, para evitar el dictado de sentencias contradictorias, con fundamento en los artículos 73 y 75 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, deberán resolverse el presente juicio de amparo y el mencionado con anterioridad en la misma sesión

  • 12 de Febrero del 2019

    Actor: Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México

    Demandado: CUARTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

    Visto el estado de los autos, en el sentido de que en esta fecha se admitió a trámite el diverso juicio de amparo DT.- 111/2019, para evitar el dictado de sentencias contradictorias, con fundamento en los artículos 73 y 75 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, deberán resolverse el presente juicio de amparo y el mencionado con anterioridad en la misma sesión

  • 07 de Febrero del 2019

    SE ADMITE. Hágase del conocimiento del tercero interesado, mediante notificación por lista, que con

  • 07 de Febrero del 2019

    Actor: Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México

    Demandado: CUARTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

    SE ADMITE. Hágase del conocimiento del tercero interesado, mediante notificación por lista, que conforme a lo dispuesto en los artículos 181 y 182 de la Ley de Amparo, tienen el plazo de quince días para presentar sus alegatos o promover amparo adhesivo, en el que podrán alegar todas las violaciones procesales que le afecten o le puedan afectar. En cuanto a la reproducción a través de medios electrónicos del juicio de amparo en que se actúa, de conformidad con lo dispuesto en la circular 12/2009 de dieciocho de marzo de dos mil nueve, emitida por el Secretario Ejecutivo del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal; dígase que no existe inconveniente en que se permita a las partes y personas autorizadas para oír y recibir toda clase de notificaciones, imponerse de los acuerdos dictados en este expediente mediante el uso de aparatos como lo son cámaras, grabadoras o lectores ópticos. Se tienen por formulados los alegatos que hace valer, para los efectos legales procedentes

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