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Senobio O Cenobio Becerra García G | Juez De Lo Civil Del Exp: 121/2025

Federal > Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Senobio O Cenobio Becerra García O G
Demandado: Juez De Lo Civil Del Distrito Judicial De Ocampo
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 121/2025 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Senobio O Cenobio Becerra García O G en contra de Juez De Lo Civil Del Distrito Judicial De Ocampo en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 20 de Enero del 2025 y cuenta con 13 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 121/2025

  • 10 de Marzo del 2025

    Actor: Senobio o Cenobio Becerra García o G..

    Demandado: Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Ocampo .

    Agréguese a los autos el oficio de cuenta, signado por el actuario judicial adscrito al Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, mediante el cual, transcribe el acuerdo de cinco de marzo de dos mil veinticinco, dentro de los autos del recurso de revisión ***, de su índice, del que se advierte que admitió a trámite el medio de impugnación hecho valer contra la interlocutoria de treinta de enero del año en curso; situación de la que este Juzgado de Distrito toma conocimiento para los efectos legales conducentes. En ese sentido, en cumplimiento a lo ordenado en proveído de dieciocho de febrero del presente año, se faculta a la Oficial Judicial "A" de la adscripción, para que el órgano colegiado correspondiente, se encuentre en aptitud de consultar el expediente electrónico, vinculación que estará vigente durante todo el trámite de dicho recurso; y, fenecerá una vez que se reciba la ejecutoria correspondiente

  • 07 de Marzo del 2025

    Actor: Senobio o Cenobio Becerra García o G

    Demandado: Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Ocampo

    Visto el escrito de cuenta, signado por ***, en su carácter de tercera interesada en el presente juicio de amparo, mediante el cual realiza manifestaciones en torno al recurso de revisión interpuesto en autos por la parte quejosa contra la suspensión definitiva. Ahora, como se advierte de la certificación secretarial de cuenta, el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, es quien conoce del medio de impugnación de referencia, y lo radicó bajo el número ***. En ese sentido, remítase a la superioridad el original del escrito de cuenta, a fin de que provea lo que en derecho corresponda

  • 20 de Febrero del 2025

    Actor: Senobio o Cenobio Becerra García o G

    Demandado: Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Ocampo

    Agréguese a los autos el escrito de cuenta, signado por ***; en atención a su contenido, téngasele por apersonada al presente juicio de amparo con el carácter de tercera interesada. Por otra parte, se tiene designando como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica en su escrito de cuenta y como autorizados para tales efectos a ***, por así lo solicito expresamente. Finalmente, respecto de las manifestaciones que realiza, ténganse por hechas a manera de alegatos, sin perjuicio de hacer relación de estas en la etapa correspondiente de la audiencia constitucional

  • 19 de Febrero del 2025

    Actor: Senobio o Cenobio Becerra García o G

    Demandado: Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Ocampo

    Visto el escrito de cuenta signado por el quejoso ***, mediante el cual interpone recurso de revisión en contra de la resolución interlocutoria de treinta de enero del año en curso; atento a ello, se provee: Se tiene a la parte quejosa interponiendo recurso de revisión en contra de la suspensión definitiva de treinta de enero pasado; procédase a distribuir entre las partes copia del escrito de expresión de agravios de la revisión. Una vez que obren la totalidad de las constancias de notificación a las partes del presente proveído, previa certificación de esa circunstancia, sin necesidad de ulterior proveído, remítase el incidente en que se actúa, así como el original del escrito de expresión de agravios con copia, en turno, para la substanciación del recurso que se interpone. Intégrese por separado el cuaderno de antecedentes respectivo, a partir del acuse por el que se remita el recurso de referencia al Tribunal Colegiado en Turno del Vigésimo Octavo Circuito. Una vez que obre la totalidad de las constancias de notificación a las partes del presente acuerdo, previa certificación de esa circunstancia, sin necesidad de ulterior proveído, remítase mediante oficio el expediente del incidente de suspensión en que se actúa, así como original del escrito de expresión de agravios al Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, en turno, para la substanciación del medio de impugnación tramitado. De igual forma, cabe precisar que el expediente impreso de esta incidencia se encuentra formado únicamente con las promociones recibidas físicamente y las constancias de notificación que se generan de la misma manera; así como con las constancias y documentos necesarios para la práctica de notificaciones que se realizan físicamente y la digitalización de las razones, constancias y acuses que derivan de las mismas. Asimismo, una vez que se tenga conocimiento del Tribunal Colegiado de Circuito al que corresponderá conocer del trámite del recurso que nos ocupa, se ordena a la Oficial Judicial "A", adscrita a este órgano jurisdiccional, haga disponible este asunto para que el órgano colegiado se encuentre en aptitud de consultar el expediente electrónico del amparo

  • 19 de Febrero del 2025

    Actor: Senobio o Cenobio Becerra García o G

    Demandado: Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Ocampo

    Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte TERCERO INTERESADA, al no haber acudido a este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala, con residencia en Apizaco, dentro de los dos días siguientes, en el horario comprendido entre las nueve con treinta minutos y las catorce horas con treinta minutos, a partir de la fecha en que se le dejó el CITATORIO en el domicilio señalado en autos y se procede a notificar por lista que se fija en los estrados del Juzgado y en la página electrónica www.cjf.gob.mx, EL AUTO DE DIECISIETE ASÍ COMO EL DIVERSO DE VEINTIOCHO AMBOS DE ENERO Y EL AUTO DE TRECE DE FEBRERO TODOS DE DOS MIL VEINTICINCO, de los cuales ya existe síntesis publicada con anterioridad

  • 18 de Febrero del 2025

    Actor: Senobio o Cenobio Becerra García o G

    Demandado: Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Ocampo

    Vista la certificación de cuenta, se advierte que no obra el emplazamiento de la tercera interesada *** ordenado el trece de febrero de dos mil veinticuatro y que está transcurriendo el plazo de tres días, a la persona actuaria adscrita a este órgano de control constitucional, a fin de que la emplace. Por tanto, para dar margen a lo anterior, se difiere la audiencia constitucional señalada para este día; y, en su lugar, se fijan las ONCE HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL CATORCE DE MARZO DE DOS MIL VEINTICINCO, para su verificativo

  • 14 de Febrero del 2025

    Actor: Senobio o Cenobio Becerra García o G

    Demandado: Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Ocampo

    Agréguese a los autos el oficio de cuenta signado por la Jueza Interina del Juzgado Familiar del Distrito Judicial de Ocampo, atento a su contenido, téngasele rindiendo su informe justificado; con su contenido y anexo dese vista a las partes para que manifiesten lo que a su interés convenga. Asimismo, se tiene a la autoridad oficiante, proporcionando correo electrónico, a efecto de entablar comunicaciones no procesales. De igual forma, téngase como prueba de la autoridad antes referida, la documental que anexa a su informe, sin perjuicio de relacionarla en la audiencia constitucional. Dado el volumen de las constancias remitidas por la autoridad responsable, fórmese un tomo de pruebas por cuerda separada, debidamente identificado como "Anexo I". Por otro lado, este Juzgado Federal advierte que en términos, le reviste el carácter de tercera interesada a *** con domicilio sito en: Carretera ***, número ***, Barrio *** (domicilio proporcionado por el quejoso y cotejado con su credencial para votar que obra a foja ***del anexo). En ese contexto, se faculta a la persona actuaria judicial de la adscripción para que se constituya en el domicilio antes señalado y proceda a emplazar a la parte tercera interesada al presente sumario constitucional; atento a lo cual, deberá correrles traslado con copia: a. De la demanda; b. Auto admisorio; c. Auto de veintiocho de febrero de dos mil veinticinco d. Del presente proveído. Además, le haga saber que se encuentran señaladas las DOCE HORAS DEL DIECISIETE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTICINCO, para la celebración de la audiencia constitucional y el derecho que tiene de apersonarse a este juicio de amparo si a su interés conviene. También, les requiera para que dentro del plazo de tres días señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios conurbados que conforman la zona metropolitana Tlaxcala-Apizaco, que señala el Plan de desarrollo de la zona metropolitana Tlaxcala-Apizaco, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Tlaxcala, el seis de junio de dos mil trece, con el apercibimiento que en caso de no hacerlo, sin ulterior acuerdo, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le practicarán por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado

  • 31 de Enero del 2025

    Actor: Senobio o Cenobio Becerra García o G

    Demandado: Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Ocampo

    Se: RESUELVE ÚNICO. SE NIEGA LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA a la parte quejosa ***, respecto de las autoridades señaladas como responsables, por los motivos y fundamentos expuestos en esta interlocutoria

  • 29 de Enero del 2025

    Actor: Senobio o Cenobio Becerra García o G

    Demandado: Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Ocampo

    Visto el oficio de cuenta, signado por el Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Ocampo; atento a su contenido, téngase a la citada autoridad responsable rindiendo su informe previo, el cual será tomado en cuenta al resolver sobre la suspensión definitiva dentro del presente incidente. Asimismo, se toma conocimiento que el órgano jurisdiccional que actualmente conoce del juicio de origen es el Juzgado Familiar del Distrito Judicial de Ocampo en cumplimiento al oficio ***, en el que se informa el acuerdo *** emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Tlaxcala. Téngase como prueba documental la que exhibe en su misiva de cuenta, misma que será relacionada en la etapa respectiva de la audiencia incidental que en su momento tenga verificativo

  • 29 de Enero del 2025

    Actor: Senobio o Cenobio Becerra García o G

    Demandado: Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Ocampo

    Agréguese a los autos el oficio signado por el Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Ocampo; en atención a su contenido, téngase a dicha autoridad, rindiendo su informe justificado; con su contenido dese vista a las partes para que manifiesten lo que a su interés convenga. Asimismo, se toma conocimiento que el órgano jurisdiccional que actualmente conoce del juicio de origen es el Juzgado Familiar del Distrito Judicial de Ocampo en cumplimiento al oficio ***, en el que se informa el acuerdo *** emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Tlaxcala. Ténganse como prueba de la autoridad responsable las documentales que anexa, sin perjuicio de relacionarlas en la audiencia constitucional

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