Federal
> Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: Sepsa, Sociedad Anónima De Capital Variable .
Demandado: Juzgado Primero Civil De Proceso Oral De La Ciudad De México .
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 369/2020 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Sepsa, Sociedad Anónima De Capital Variable en contra de Juzgado Primero Civil De Proceso Oral De La Ciudad De México en el Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 08 de Octubre del 2020 y cuenta con 5 Notificaciones.
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Agréguese a los autos para los fines legales procedentes el oficio que remite la autoridad responsable, a través del cual acusa recibo de los anexos que envió con el informe justificado. Archívese este expediente como asunto concluido. Destrúyase. Notifíquese.
Visto el estado procesal que guardan los presentes autos y agréguese a los autos como esta ordenado para que obre como corresponda la resolución emitida en la sesión ordinaria virtual de dos de diciembre de dos mil veinte, en el recurso de reclamación R.R.**/2020, de este índice, mismo que se declaró infundado. En consecuencia, devuélvanse las constancias con las que remitió el Juzgado Primero Civil de Proceso Oral de la Ciudad de México junto con su informe justificado, solicitándole el acuse de recibo respectivo. Notifíquese.
SE LEVANTA LA SUSPENSIÓN DE PLAZOS Y TÉRMINOS PROCESALES DECRETADA DEL CINCO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE AL QUINCE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIUNO. EN EL ENTENDIDO QUE DICHO LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN IMPLICA LA REANUDACIÓN DE LOS PLAZOS EN EL PUNTO EN QUE QUEDARON PAUSADOS, MÁS NO SU REINICIO. EN CONSECUENCIA, CONTINÚESE CON LA SECUELA PROCESAL DEL PRESENTE ASUNTO. NOTIFÍQUESE.
SE NOTIFICA POR MEDIO DE LISTA AL QUEJOSO, EL PROVEÍDO DE SIETE DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO, QUE DESECHA POR EXTEMPORÁNEA LA DEMANDA DE AMPARO, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 27, FRACCIÓN I, INCISO B) DE LA LEY DE AMPARO. NOTIFÍQUESE.
Se tiene por recibido el oficio de cuenta, mediante el cual se rinde informe justificado para el presente asunto y al que se anexa la demanda de amparo formulada por el quejoso ***. Acúsese recibo a la autoridad oficiante. Intégrense los expedientes físico y electrónico. SE DESECHA POR EXTEMPORÁNEA. Conforme lo solicita la parte promovente, se tiene como su domicilio el que refiere y como autorizadas para oír y recibir notificaciones así como documentos, a las personas que indica. Se habilita a los actuarios de este Tribunal, para que en caso de ser necesario, se constituyan en los domicilios de las partes en días y horas inhábiles, a fin de efectuar las notificaciones personales que se llegasen a ordenar en el presente asunto; se hace del conocimiento de las partes que el Poder Judicial de la Federación, deberá poner a disposición del público en general las versiones públicas de las actuaciones judiciales que sean de su interés, para lo cual se adoptan las medidas necesarias que garantizan la seguridad de sus datos personales. Se exhorta a las partes para que de estimarlo pertinente, transiten al esquema de actuación desde el portal de servicios en línea del Poder Judicial de la Federación https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/, de conformidad con el artículo 22, fracción 1 del ACUERDO GENERAL 21/2020 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA REANUDACIÓN DE PLAZOS Y AL REGRESO ESCALONADO EN LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES ANTE LA CONTINGENCIA POR EL VIRUS COVID-19. NOTIFÍQUESE, Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
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