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Silvia Isabel Rodríguez Parra . | Junta Especial Número Ocho Exp: 3607/2023

Federal > Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Silvia Isabel Rodríguez Parra .
Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis De La Federal De Conciliación Y Arbitraje .
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 3607/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Silvia Isabel Rodríguez Parra en contra de Junta Especial Número Ocho Bis De La Federal De Conciliación Y Arbitraje en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 22 de Noviembre del 2023 y cuenta con 10 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 3607/2023

  • 12 de Marzo del 2024

    Actor: Silvia Isabel Rodríguez Parra .

    Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .

    Vista la certificación. Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. se considera cumplida la sentencia de amparo, sin que se advierta exceso o defecto en su cumplimiento. archívese el presente expediente como asunto totalmente concluido. este expediente deberá conservarse en el archivo de este Juzgado por el término de tres años y es susceptible de conservación. este expediente no es de relevancia documental. NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE LA PARTE QUEJOSA.

  • 01 de Marzo del 2024

    Actor: Silvia Isabel Rodríguez Parra .

    Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .

    Agréguese a los autos el oficio de la autoridad responsable, mediante el cual informa lo relativo al cumplimiento de la ejecutoria de amparo; con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, se da vista a la parte quejosa con la promoción de cuenta, y con la diversa registrada con folio 3165, para que dentro del término de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.

  • 22 de Febrero del 2024

    Actor: Silvia Isabel Rodríguez Parra .

    Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .

    Agréguese a los autos el oficio enviado por el Presidente de la Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje, por el cual remite copia certificada, con firmas autógrafas, del proveído de veinte de febrero de dos mil veinticuatro, dictado en el juicio de origen. se REQUIERE a la Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje, para que dentro del plazo legal TRES DÍAS... Se apercibe. NOTIFÍQUESE.

  • 15 de Febrero del 2024

    Actor: Silvia Isabel Rodríguez Parra .

    Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .

    Vista la certificación, se declara que la sentencia dictada en el presente juicio de amparo, ha causado ejecutoria. SE REQUIERE. Se apercibe. NOTIFÍQUESE.

  • 26 de Enero del 2024

    Actor: Silvia Isabel Rodríguez Parra .

    Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .

    VISTOS PARA RESOLVER: ÚNICO. SE CONCEDE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL A LA PARTE QUEJOSA. NOTIFÍQUESE.

  • 15 de Enero del 2024

    Actor: Silvia Isabel Rodríguez Parra .

    Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .

    Agréguese a los autos el oficio que remite la autoridad responsable, por el cual en atención al requerimiento formulado en autos, informa que no existe constancia posterior al acuerdo de tres de mayo de dos mil veintitrés, remitido en copia certificada al rendir su informe justificado; de lo que se toma conocimiento para los efectos legales conducentes. estese a lo ordenado en auto de diez de enero del año en curso. Notifíquese.

  • 11 de Enero del 2024

    Actor: Silvia Isabel Rodríguez Parra .

    Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .

    Agréguese a los autos el oficio signado por la autoridad responsable, mediante el cual rinde su informe justificado; y en su apoyo remite copia certificada de diversa constancia relativa al juicio de origen; en consecuencia, de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Amparo, se da vista a las partes con su contenido. Relaciónese en la audiencia constitucional. con fundamento en el artículo 9 de la Ley de Amparo, se tiene como delegado de la autoridad responsable, a la persona que refiere en el oficio que se provee. Ahora, ya que en auto admisorio se reservó acordar lo relativo al cotejo propuesto por la parte quejosa, hasta en tanto obrara en autos el informe justificado, situación que en esta fecha acontece; en consecuencia, se levanta la citada reserva y en virtud de que la constancia que exhibe la autoridad responsable es la misma materia de dicho medio de perfeccionamiento, no ha lugar a ordenar su desahogo, pues quedan acreditados los extremos que se pretenden. Del estado procesal que guardan los autos, se advierte que en proveído de tres de enero de dos mil veinticuatro, se requirió a la junta responsable la remisión de diversas constancias referentes al expediente primigenio; sin embargo, tomando en consideración que en párrafos precedentes se tuvo por rendido el informe justificado y por recibida diversa documental, la cual se considera suficiente para resolver la cuestión planteada, se deja sin efectos el requerimiento y apercibimiento relativos. Notifíquese.

  • 04 de Enero del 2024

    Actor: Silvia Isabel Rodríguez Parra .

    Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .

    Vista la certificación, SE REQUIERE a la Junta responsable, para que dentro del plazo de TRES DÍAS, contado a partir del día siguiente al en que surta efectos la notificación del presente proveído, remita a este Juzgado de Distrito copia certificada, completa, consecutiva y legible de todo lo actuado en el juicio de origen, a partir del auto de tres de mayo de dos mil veintitrés, o en su caso, manifieste la imposibilidad que le asista para ello. Apercibida. SE DIFIERE la audiencia constitucional señalada para el día de hoy, y en su lugar se fijan las diez horas con un minuto del veinticinco de enero de dos mil veinticuatro, para su celebración. Notifíquese.

  • 04 de Diciembre del 2023

    Actor: Silvia Isabel Rodríguez Parra .

    Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .

    Agréguese a los autos el escrito signado electrónicamente por la apoderada del tercero interesado en el expediente en que se actúa, personalidad que se le reconoce en términos del documento que anexa para tal efecto, ya que manifiesta bajo protesta de decir verdad que es copia íntegra e inalterada del documento impreso; en atención a su contenido, se le tiene por apersonado en el juicio de amparo en que se actúa. téngase como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica. se tiene como autorizadas a las personas que refiere en su escrito de cuenta; sin embargo, gozarán de las facultades amplias indicadas en el artículo 12 de la Ley de Amparo, siempre y cuando se tenga la certeza de que cuentan con cédula profesional que los faculte para ejercer la profesión de abogado o licenciado en derecho. Se tiene por señalado el correo electrónico que proporciona la parte tercero interesada, para los efectos legales conducentes. vista la certificación secretarial que antecede, únicamente se tiene por señalado el nombre de usuario que proporciona, el cual se encuentra registrado en el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación. Notifíquese.

  • 22 de Noviembre del 2023

    Actor: Silvia Isabel Rodríguez Parra .

    Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .

    Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las DIEZ HORAS CON TREINTA Y UN MINUTOS DEL TRES DE ENERO DE DOS MIL VEINTICUATRO. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, asiste el carácter de tercero interesado al mencionado en la demanda de amparo. Por ende, con fundamento en los artículos 115 y 116 de la Ley de Amparo, instrúyase al Actuario adscrito para que lo emplace, en el domicilio que se señala para tal efecto en la demanda. Notifíquese; y, emplácese.

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