Federal
> Juzgado Cuarto De Distrito En El Estado De Sonora de Quinto Circuito
Actor: Silvia Ocampo Quintero
Demandado: Encargada De La Unidad Substanciadora Adscrita Al órgano De Control Y Evaluación Gubernamental Del H. Ayuntamiento De Nogales, Sonora
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 273/2019 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Silvia Ocampo Quintero en contra de Encargada De La Unidad Substanciadora Adscrita Al Órgano De Control Y Evaluación Gubernamental Del H. Ayuntamiento De Nogales, Sonora en el Juzgado Cuarto De Distrito En El Estado De Sonora en Circuito 5 (Sonora). El Proceso inició el 26 de Diciembre del 2019 y cuenta con 13 Notificaciones.
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Se agrega oficio y anexo de cuenta que envía el Secretario del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito, con sede en Hermosillo, Sonora, mediante el cual remite testimonio de la ejecutoria pronunciada en el recurso de reclamación administrativo 3/2022, interpuesto por la quejosa, en contra de la sentencia de diez de febrero de dos mil veintidós, dictado por el Pleno de ese órgano colegiado, en el amparo en revisión 205/2020, cuyo punto resolutivo es el siguiente: "ÚNICO. Se desecha el recurso de reclamación interpuesto por la quejosa, contra la sentencia de diez de febrero de dos mil veintidós, dictada por el Pleno de este Tribunal Colegiado de Circuito, en el amparo en revisión 205/2020. Acúsese el recibo de estilo correspondiente vía sise y hágase del conocimiento a las partes lo anterior, y mediante oficio a la autoridad responsable.
Se agrega oficio que envía la Actuaria del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativo del Quinto Circuito, con residencia en Hermosillo, Sonora, informando que admitió el recurso de reclamación.
Se agrega oficio del Secretario del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito, con sede en Hermosillo, Sonora, mediante el cual remite testimonio de la ejecutoria pronunciada en el amparo en revisión administrativo 205/2020, deducido del juicio de amparo indirecto 273/2019 de este Juzgado; además, devuelve los autos originales del citado juicio, así como un anexo. Hágase saber a las partes que el punto resolutivo único de la ejecutoria pronunciada en el amparo en revisión 205/2020, es el siguiente: "ÚNICO. Se desecha el recurso de revisión. En esas condiciones, y dado lo resuelto por la Superioridad, archívese el presente expediente como asunto concluido, no tiene relevancia documental. Finalmente, hágase devolución a la autoridad responsable Encargado del Área de Sustanciación del Órgano de Control y Evaluación Gubernamental del Ayuntamiento de Nogales, Sonora, de la copia certificada relativa al procedimiento administrativo OCEGN30-US-D08/2019, identificado como anexo I.
Agréguese a los autos para que obre como corresponda el oficio de cuenta mediante el cual la Actuaria de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito, con residencia en Hermosillo, Sonora, comunica el proveído de once de marzo de esta anualidad, dictado en el toca 205/2020, en el que se admitió el recurso de revisión interpuesto por la parte quejosa, por conducto de su autorizado, en contra de la resolución constitucional cuyo engrose se concluyó el trece de febrero del año actual.
Agréguese a los autos para que obre como corresponda el oficio de cuenta mediante el cual la Actuaria de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito, con residencia en Hermosillo, Sonora, comunica el proveído de once de marzo de esta anualidad, dictado en el toca 205/2020, en el que se admitió el recurso de revisión interpuesto por la parte quejosa, por conducto de su autorizado, en contra de la resolución constitucional cuyo engrose se concluyó el trece de febrero del año actual.
Se tiene por interpuesto el recurso de revisión. Distribúyanse entre las partes las copias simples d
Se tiene por interpuesto el recurso de revisión. Distribúyanse entre las partes las copias simples del escrito de expresión de agravios.
Se dicta resolución constitucional: Primero. Se sobresee. Segundo. Procédase a su captura.
Se agrega informe justificado, se ofrece documental y se señalan delegados, se ordena dar vista a las partes. Dado lo voluminoso de la documental descrita, se ordena formar por separado anexo I.
Se celebra audiencia y se dicta resolución incidental: Único. Se concede la suspensión definitiva al quejoso.
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