Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Silviano García Martínez Y Otros..
Demandado: Sexta Sala Del Tribunal Federal De Conciliación Y Arbitraje .
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 3546/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Silviano García Martínez Y Otro en contra de Sexta Sala Del Tribunal Federal De Conciliación Y Arbitraje en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 16 de Noviembre del 2023 y cuenta con 9 Notificaciones.
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Actor: Silviano García Martínez y Otros..
Demandado: SEXTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE y Otros..
Vista la certificación. Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. se considera cumplida la sentencia de amparo, sin que se advierta exceso o defecto en su cumplimiento. archívese el presente expediente como asunto totalmente concluido. este expediente deberá conservarse en el archivo de este Juzgado por el término de tres años y es susceptible de conservación. este expediente no es de relevancia documental. NOTIFÍQUESE; PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Silviano García Martínez .
Demandado: SEXTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE y Otros..
Agréguese a los autos el oficio de la autoridad responsable, informa lo relativo al cumplimiento de la ejecutoria de amparo; se da vista a la parte quejosa con la promoción de cuenta, para que dentro del término de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. Se deja sin efectos el requerimiento de veintiséis de enero del año en curso, formulado a la autoridad responsable, en consecuencia se ordena la cancelación del oficio derivado de ese auto. NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Silviano García Martínez y Otros..
Demandado: SEXTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE y Otros..
Agréguese a los autos el oficio signado por el Presidente de la Sexta Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, solicita se le amplíe el plazo para dar cumplimiento de la sentencia de amparo por las razones que expone. SE CONCEDE a la Sexta Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, plazo legal de TRES DÍAS, para que realice lo siguiente: . . . Se apercibe. NOTIFÍQUESE.
Actor: Silviano García Martínez .
Demandado: SEXTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE y Otros..
Se declara que la sentencia dictada en el presente juicio de amparo, ha causado ejecutoria. SE REQUIERE a la Sexta Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, para que dentro del plazo legal de CINCO DÍAS, contado a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo, informe a este Juzgado el cumplimiento que haya dado a la sentencia de mérito. Se apercibe. NOTIFÍQUESE.
Actor: Silviano García Martínez y Otros..
Demandado: SEXTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE .
VISTOS PARA RESOLVER: PRIMERO. SE SOBRESEE EN EL JUICIO DE AMPARO. SEGUNDO. SE CONCEDE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL A LA PARTE QUEJOSA. NOTIFÍQUESE.
Actor: Silviano García Martínez y Otros..
Demandado: SEXTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE y Otros..
Agréguense a los autos los oficios que remiten las autoridades responsables, mediante el cual rinden su informe justificado; y en su apoyo acompañan copia certificada de diversa constancia del expediente natural; en consecuencia, de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Amparo, se da vista a las partes con su contenido. Relaciónese en la audiencia constitucional. NOTIFÍQUESE.
Actor: Silviano García Martínez y Otros..
Demandado: SEXTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE .
Agréguese a los autos el oficio signado por el Magistrado Presidente responsable, mediante el cual desahoga totalmente el requerimiento formulado en autos y al efecto remite copia certificada de la carta poder otorgada por el diverso peticionario y el acuerdo de diez de mayo de dos mil veintidós, ambos contenidos en los autos del juicio laboral burocrático de origen, en consecuencia, con fundamento en el artículo 11 de la Ley de Amparo, se tiene por acreditada la personalidad del multicitado promovente únicamente respecto del quejoso. Sobre esa línea, se deja sin efectos el apercibimiento decretado en el auto admisorio. NOTIFÍQUESE.
Actor: Silviano García Martínez .
Demandado: SEXTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE y Otros..
Agréguese a los autos el oficio signado por el Magistrado Presidente responsable, mediante el cual desahoga parcialmente el requerimiento formulado en autos y al efecto remite copia certificada de la carta poder otorgada por el peticionario y el acuerdo de diez de mayo de dos mil veintidós, ambos contenidos en los autos del juicio laboral burocrático de origen, en consecuencia, con fundamento en el artículo 11 de la Ley de Amparo, se tiene por acreditada la personalidad del promovente, únicamente respecto del quejoso. requiérase nuevamente a la Sala responsable... Apercíbase a la autoridad requerida. NOTIFÍQUESE.
Actor: Silviano García Martínez y Otros..
Demandado: SEXTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE .
Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite ad cautelam la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se señalan las nueve horas con doce minutos del trece de diciembre de dos mil veintitrés, para la audiencia constitucional. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, le asiste el carácter de tercero interesado a la dependencia que menciona, en virtud de que es la parte demandada en el juicio laboral de origen. En tales consideraciones, con fundamento en los artículos 26 fracción II, inciso b) en relación con el 28, fracción I de la Ley de Amparo, se ordena su emplazamiento por medio de oficio, corriéndole traslado con copia simple de la demanda y del presente auto, haciéndole de su conocimiento que si así lo estima pertinente, puede comparecer con tal carácter al presente juicio de amparo. Notifíquese; y emplácese a la tercera interesada.
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