Federal
> Juzgado Cuarto De Distrito En El Estado De Sonora de Quinto Circuito
Actor: Socorro Escalante Cota
Demandado: Secretario De Hacienda Y Crédito Público, Cd De México
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 169/2017 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Socorro Escalante Cota en contra de Secretario De Hacienda Y Crédito Público, Cd De México en el Juzgado Cuarto De Distrito En El Estado De Sonora en Circuito 5 (Sonora). El Proceso inició el 28 de Julio del 2017 y cuenta con 18 Notificaciones.
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Se declara que la sentencia que sobreseyó en el juicio en que se actúa, ha causado ejecutoria, para todos los efectos legales. Archívese el presente expediente como asunto concluido. No tiene relevancia documental.
Se deja de tener al Administrador Central de Normatividad Comercio Exterior y Aduanal, con residenci
Se tiene a autoridad haciendo diversas manifestaciones y remitiendo documentales. Por otra parte, se informa que la autoridad denominada como Administrador Central de Normatividad Comercio Exterior y Aduanal, con residencia en la Ciudad de México, es inexistente. Dese vista al quejoso para que en el plazo de tres días manifieste lo que a su interes legal convenga, apercibido que de no hacerlo se dejará de tener como autoridad responsable a la autoridad antes señalada y se continuara con el trámite en este juicio.
Se agrega oficio.
Se difiere la audiencia constitucional fijada para el día de hoy, y en su lugar se señalan las nueve horas con cincuenta minutos del quince de enero de dos mil dieciocho.
Visto el sobre que contiene el oficio 857-I, agréguese a los autos, sin que haya lugar a reeexpedirse toda vez que, el dieciséis de noviembre del año en curso, se difirió de nuevo la audierncia constitucional.
Se difiere la audiencia constitucional señalada para el día de hoy, y en su lugar se señalan las nueve horas con veinte minutos del quince de diciembre del año en curso.
VISTO EL ESTADO QUE GUARDAN LOS AUTOS Y TODA VEZ QUE NO OBRA CONSTANCIA DE QUE LA AUTORIDAD RESPONSABLE ADMINISTRDOR CENTRAL DE NORMATIVIDAD DE COMERCIO EXTERIOR Y ADUANAL, DEPENDIENTE DEL SERVICIO DE ADMONITRACIÓN TRIBUTARIA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO, HUBIESE RECIBIDO EL OFICIO POR EL CUAL SE LE SOLICITÓ EL INFORME JUSTIFICADO, EN TAL VIRTUD, REQUIÉRASE AL ADMINISTRADOR DE CORREOS, CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD, PARA QUE DENTRO DEL PLAZO DE CUARENTA Y OCHO HORAS INFORME A ESTE JUZGADO EL DESTINO QUE LE HAYA DADO A LA PIEZA POSTAL REGISTRADA EN ESA OFICINA EL SEIS DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, Y REMITA EL ORIGINAL O BIEN COPIA CERTIFICADA DEL ACUSE CORRESPONDIENTE, APECIBIDO QUE DE NO HACERLO SE LE IMPONDRÁ UNA MULTA EQUIVALENTE A LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN, MULTIPLICADA POR CIEN.
Se difiere la audiencia constitucional fijada para el día de hoy, y en su lugar se señalan las nueve horas con diez minutos del dieciséis de noviembre del año en curso.
Visto que no obra constancia de que la autoridad responsable, hubiese recibido el oficio 1255-I, solicítese el Administrador de Correos, con residencia en esta ciudad, para que dentro del término de cuarenta y ocho horas informe a este Juzgado el destino que la haya dado a la pieza postal MA085913757MX, resgistrada en esa oficina el seis de septiembre del año en curso, y remita original o bien copia certificada del acuse de recibo correspondiente, apercibido con multa.
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