Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Socorro Victoriano López | Socorro Victoriano López
Demandado: Magistrados Que Integran La Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia Del Estado De Tlaxcala
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 672/2009 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Socorro Victoriano López en contra de Magistrados Que Integran La Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia Del Estado De Tlaxcala en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 26 de Mayo del 2009 y cuenta con 2 Notificaciones.
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Actor: SOCORRO VICTORIANO LÓPEZ
Demandado: Magistrados Que Integran la Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala
Se hace efectivo el apercibimiento hecho a los quejosos y se procede a notificar por lista el auto de once de junio de dos mil nueve que en síntesis dice: "...Se declara que el proveído que desecha la demanda de garantías queda firme para los efectos legales a que haya lugar. Háganse las anotaciones en el libro de gobierno. Devuélvase a la autoridad responsable el expediente generador del acto reclamando. En consecuencia, resérvese el presente asunto en el archivo para su depuración y toda vez que será destruido en su totalidad, notifíquese a la parte quejosa para que en el término de seis meses manifieste lo que a su derecho corresponda...."
Actor: SOCORRO VICTORIANO LÓPEZ
Demandado: Magistrados Que Integran la Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala
Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte quejosa y se procede a notificar por lista el auto de veintidós de mayo de dos mil nueve que en síntesis dice: "...Se desecha de plano la demanda de garantías. Se tiene como domicilio el que señala el quejoso y por autorizadas a las personas que indica. En cumplimiento a la ley de transparencia indiquese el derecho que les asiste, hasta dictarse sentencia, para oponerse de manera expresa, en relación con los terceros, a la publicación de sus datos personales, en la inteligencia de que la falta de oposición conlleva su consentimiento para la sentencia respectiva se publique sin supresión de datos..."
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