Federal
> Primer Tribunal Colegiado Del Vigésimo Octavo Circuito de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Sofía Sánchez Muñoz Y Otros | Sofía Sánchez Muñoz Y Otros
Demandado: Juez De Primera Instancia Adscrito Al Juzgado Decimo Primero Especializado En Asuntos Financieros Del Distrito Judicial De Puebla
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Queja
RESUMEN: El Expediente 93/2020 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Queja fue promovido por Sofía Sánchez Muñoz Y Otro en contra de Juez De Primera Instancia Adscrito Al Juzgado Decimo Primero Especializado En Asuntos Financieros Del Distrito Judicial De Puebla en el Primer Tribunal Colegiado Del Vigésimo Octavo Circuito en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 12 de Noviembre del 2020 y cuenta con 5 Notificaciones.
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Actor: SOFÍA SÁNCHEZ MUÑOZ y Otros
Demandado: Juez de Primera Instancia Adscrito al Juzgado Decimo Primero Especializado En Asuntos Financieros del Distrito Judicial de Puebla
Apizaco, Tlaxcala, cinco de marzo de dos mil veintiuno. Se tiene por recibido el oficio, para los efectos legales procedentes, de cuenta mediante el cual acusa recibo del diverso 904/2021 del índice de este tribunal colegiado. De autos se advierte que no existe trámite pendiente por realizar; de ahí que, con fundamento en el numeral 214 de la Ley de Amparo, aplicado por analogía, en su oportunidad, archívese este asunto y hágase la anotación correspondiente en el libro de gobierno. Finalmente, tomando en consideración que el mismo no es de relevancia documental, dado que no se encuentra en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 15 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de valoración, depuración, destrucción, digitalización, transferencia y resguardo de los expedientes judiciales generados por los órganos jurisdiccionales, se hace la declaratoria que es susceptible de destrucción, en su momento oportuno, conforme a lo establecido en el precepto 21, inciso d) de dicho acuerdo general. Notifíquese.Así lo proveyó y firma el Magistrado Nicolás Castillo Martínez, Presidente del Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, ante la Secretaria de Acuerdos, Miriam Ramírez Alanis, que autoriza y da fe. Doy Fe
Actor: SOFÍA SÁNCHEZ MUÑOZ y Otros
Demandado: Juez de Primera Instancia Adscrito al Juzgado Decimo Primero Especializado En Asuntos Financieros del Distrito Judicial de Puebla
Apizaco, Tlaxcala, a veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno. En cumplimiento a lo ordenado en la ejecutoria dictada por este tribunal colegiado el veinticuatro de diciembre de dos mil veinte, remítase al Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Tlaxcala, testimonio de la misma, así como el incidente de suspensión derivado del juicio de amparo indirecto 1123/2018, para los efectos legales conducentes. Notifíquese. Así lo proveyó y firma el Magistrado Nicolás Castillo Martínez, Presidente del Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, ante la Secretaria de Acuerdos, Miriam Ramírez Alanis, que autoriza y da fe.- Doy fe
Actor: SOFÍA SÁNCHEZ MUÑOZ
Demandado: Juez de Primera Instancia Adscrito al Juzgado Decimo Primero Especializado En Asuntos Financieros del Distrito Judicial de Puebla
ÚNICO. Se desecha el recurso de queja
Actor: SOFÍA SÁNCHEZ MUÑOZ y Otros
Demandado: Juez de Primera Instancia Adscrito al Juzgado Decimo Primero Especializado En Asuntos Financieros del Distrito Judicial de Puebla
Apizaco, Tlaxcala, once de diciembre de dos mil veinte. Visto el estado que guardan los autos del presente asunto y dado que se encuentra debidamente integrado, con fundamento en el artículo 41, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, túrnense los autos a la ponencia del Magistrado Eduardo Iván Ortiz Gorbea, para que elabore el proyecto de resolución correspondiente. En conformidad con el artículo 22 del Acuerdo General 21/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la reanudación de plazos y al regreso escalonado en los órganos jurisdiccionales ante la contingencia por el virus Covid-19, se exhorta a las partes que, de estimarlo pertinente: a) Transiten al esquema de actuación desde el Portal de Servicios en Línea; y b) Propongan formas especiales y expeditas de contacto, como correos electrónicos y servicios de mensajería instantánea, tanto propios como de los otros particulares que sean parte en el proceso, a través de los cuales se puedan entablar comunicaciones no procesales, cuyo contenido deberá registrarse y, de ser necesario, incorporarse al expediente previa la certificación correspondiente. Notifíquese.Así lo proveyó y firma el Magistrado Jesús Eduardo Hernández Fonseca, Presidente del Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, ante la Secretaria de Acuerdos, Miriam Ramírez Alanis, que autoriza y da fe. Doy Fe
Actor: SOFÍA SÁNCHEZ MUÑOZ y Otros
Demandado: Juez de Primera Instancia Adscrito al Juzgado Decimo Primero Especializado En Asuntos Financieros del Distrito Judicial de Puebla
Apizaco, Tlaxcala, once de noviembre de dos mil veinte. Se tiene por recibido el oficio de cuenta por el que se remite el incidente de suspensión derivado del juicio de amparo indirecto 1123/2018; el original y copia del escrito mediante el cual la parte quejosa Raymundo Nájera Sánchez, en representación de Sofía Sánchez Muñoz o Sofía Sánchez y Valentín Nájera Bertado o Valentín Nájera, interpone recurso de queja y expresan agravios. Acúsese el recibo de estilo correspondiente. Con el oficio de cuenta, el original del escrito de expresión de agravios y anexos, fórmese expediente relativo, regístrese en el libro de gobierno correspondiente y en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes como recurso de queja 93/2020; asimismo, tramítese el expediente electrónico del presente asunto, con apego en el artículo 3° de la Ley de Amparo. Con fundamento en los preceptos 97, fracción I, inciso e), y 98, ambos de la Ley de Amparo, se ADMITE el recurso de queja interpuesto por la parte quejosa Raymundo Nájera Sánchez, en representación de Sofía Sánchez Muñoz o Sofía Sánchez y Valentín Nájera Bertado o Valentín Nájera, contra el auto dictado por la Juez Primero de Distrito en el Estado de Tlaxcala, el diez de marzo de dos mil veinte, en el incidente de suspensión derivado del juicio de amparo indirecto 1123/2018 de su índice. Acorde con lo previsto en el artículo 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por disposición expresa de su precepto 2°, téngase como domicilio para oír y recibir notificaciones de la parte recurrente el señalado en autos, en la inteligencia que de ser incierto o inexacto, se le notificarán por lista las subsecuentes notificaciones aun las de carácter personal, con fundamento en el inciso a) de la fracción III del artículo 27 de la ley de la materia. Dese vista a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita a este Tribunal Colegiado, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 5°, fracción IV, de la ley de la materia y córrasele traslado con copia del escrito de expresión de agravios para que se imponga de su contenido. En su oportunidad, con apoyo en el artículo 41, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, túrnese el presente asunto al magistrado relator que corresponda para que formule el proyecto de resolución. En términos de lo dispuesto en el numeral 282 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la Materia, se habilitan días y horas inhábiles para que los actuarios judiciales de la adscripción lleven a cabo las notificaciones en el presente asunto. Se apercibe a las autoridades responsables y, en su caso, a las tercero interesadas, que de negarse a recibir los oficios mediante los cuales se les practiquen las notificaciones correspondientes a este asunto, se tendrán por hechas en términos del artículo 28, fracción I, párrafo segundo, de la Ley de Amparo. En conformidad con lo establecido en los artículos 6° de la Constitución Federal; 1°, 3°, 68, 110 y 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1°, 92 y 93 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información pública, protección de datos personales y archivos, el presente asunto estará a disposición del público para su consulta cuando así lo soliciten, conforme al procedimiento de acceso a la información; por tanto, se hace del conocimiento de las partes el derecho que les asiste a oponerse a la publicación de sus datos personales. Así como que pueden consultar e imprimir en la página de internet http://www.dgepj.cjf.gob.mx los acuerdos y resolución que se dicten en este asunto. Notifíquese. Así lo proveyó y firma el Magistrado Jesús Eduardo Hernández Fonseca, Presidente del Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, ante la Secretaria de Acuerdos, Miriam Ramírez Alanis, que autoriza y da fe. Doy Fe
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