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Sonia Esvedia López Duarte. | Tercera Sala Familiar Del Tribunal Exp: 443/2020

Federal > Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: Sonia Esvedia López Duarte.
Demandado: Tercera Sala Familiar Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México .
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 443/2020 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Sonia Esvedia López Duarte en contra de Tercera Sala Familiar Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México en el Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 28 de Octubre del 2020 y cuenta con 8 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 443/2020

  • 22 de Febrero del 2021

    Agréguese a los autos para los fines legales procedentes el oficio de cuenta, por el que el Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, comunica que se avoca al conocimiento del asunto y acusa recibo. Respecto a lo solicitud de que se remita la bolsa de documentos base de la acción, dígase al Tribunal oficiante que del análisis de las constancias que integran el cuaderno de antecedentes que obra en este Tribunal Colegiado, no se desprende del informe justificado de la autoridad responsable hubiera remitido alguna bolsa con documentos, razón por la cual en el proveído de dieciocho de noviembre del año pasado, no se dio cuenta con alguna bolsa con documentos; no obstante que en el cuerpo del acuerdo se ordenara que se mantuvieran la bolsa con que se dio cuenta para ser devueltos una vez resuelto; toda vez que tal situación fue por un error involuntario, aclaración que se realiza para todos los efectos legales conducentes. Sin perjuicio de que en caso de que sean recibidas las constancias antes descritas, las mismas serán remitidas al Tribunal Colegiado oficiante a la brevedad posible. Archívese este expediente como asunto concluido. Destrúyase. NOTIFÍQUESE.

  • 19 de Febrero del 2021

    SE LEVANTA LA SUSPENSIÓN DE PLAZOS Y TÉRMINOS PROCESALES DECRETADA DEL CINCO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE AL QUINCE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIUNO. EN EL ENTENDIDO QUE DICHO LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN IMPLICA LA REANUDACIÓN DE LOS PLAZOS EN EL PUNTO EN QUE QUEDARON PAUSADOS, MÁS NO SU REINICIO. EN CONSECUENCIA, CONTINÚESE CON LA SECUELA PROCESAL DEL PRESENTE ASUNTO. NOTIFÍQUESE.

  • 12 de Febrero del 2021

    AGRÉGUESE A LOS AUTOS EL DICTAMEN SIGNADO POR EL MAGISTRADO MANUEL ERNESTO SALOMA VERA, A TRAVÉS DEL CUAL, EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, DEVUELVE A ESTA SECRETARÍA DE ACUERDOS EL AMPARO DIRECTO D.C. ***/2020, TURNADO A ESA PONENCIA EL PASADO DIECIOCHO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTE; LO ANTERIOR, A EFECTO DE QUE SEA ENVIADO AL DÉCIMO SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. CORRESPONDIÓ A ESTE TRIBUNAL COLEGIADO REMITIR AL TRIBUNAL DE NUEVA CREACIÓN, UN NÚMERO DE 25 EXPEDIENTES INTEGRADOS Y PENDIENTES DE RESOLUCIÓN, DENTRO DEL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL NUEVE Y DOCE DE FEBRERO PRÓXIMO; EN CONSECUENCIA, AL VERIFICARSE QUE TANTO LOS EXPEDIENTES FÍSICO COMO ELECTRÓNICO CRONOLÓGICAMENTE SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE INTEGRADOS, INCLÚYASE EN LA LISTA Y EL ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN, Y ENTRÉGUESE FÍSICAMENTE AL DÉCIMO SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. NOTIFÍQUESE, A LAS PARTES, POR MEDIO DE LISTA ELECTRÓNICA Y LA QUE SE PUBLIQUE EN EL ESPACIO FÍSICO ASIGNADO POR LA ADMINISTRACIÓN DEL EDIFICIO SEDE DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SAN LÁZARO; POR OFICIO VÍA ELECTRÓNICA AL DÉCIMO SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

  • 04 de Diciembre del 2020

    Agréguese enviado por el oficio enviado por la Tercera Sala de lo Familiar del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, donde informa que ya envió los cuadernos principales relativos al juicio de origen. Lo anterior se toma en consideración, ya que por auto de diecinueve de noviembre de dos mil veinte se acordó lo conducente respecto de lo que manifiesta. Notifíquese.

  • 23 de Noviembre del 2020

    Agréguese el oficio de la autoridad responsable, a través del cual remite los autos del expediente ***/2017, del índice del Juzgado Vigésimo Tercero de lo Familiar de la Ciudad de México. Acúsese recibo a la autoridad oficiante. NOTIFÍQUESE.

  • 19 de Noviembre del 2020

    Se admite la demanda de amparo. Acúsese recibo a la autoridad oficiante. Intégrense los expedientes físico y electrónico. Toda vez que la autoridad responsable corrió traslado a ***, téngase como tercero interesado y cuenta con el plazo de quince días hábiles para presentar alegatos o promover amparo adhesivo ante este Tribunal Colegiado. Se tiene por rendido el informe justificado. Córrase traslado al Ministerio Público Federal. En cuanto a las pruebas ofrecidas sólo serán tomadas en cuenta las que hayan sido rendidas ante la responsable. Túrnese el presente asunto al Magistrado Manuel Ernesto Saloma Vera. Como lo solicita el promovente se tiene como su domicilio el que refiere y como autorizado a la persona que indica. Se habilita a los actuarios días y horas inhábiles, a fin de efectuar las notificaciones personales. Se le requiere a la Sala responsable para que en el término de tres días envié los autos del juicio natural. Se adoptan medidas necesarias que garantizan la seguridad de datos personales. Se exhorta a las partes para que transiten al esquema del Acuerdo General 21/2020. Notifíquese.

  • 09 de Noviembre del 2020

    Se tiene por recibido el oficio mediante el cual se rinde informe justificado para el presente asunto y al que se anexa la demanda de amparo formulada por la quejosa ***, por su propio derecho, contra la sentencia definitiva de veintiocho de agosto del año dos mil veinte, dictada por la Tercera Sala Familiar del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en el toca ***/2020, sin embargo, no desahoga en sus términos el requerimiento formulado en auto de veintisiete de octubre del año dos mil veinte, por lo que, se le requiere nuevamente para que en el término de TRES DÍAS envié los autos del juicio natural, apercibido que de no dar cumplimiento a lo anterior se hará efectivo el apercibimiento dictado en auto antes citado. Notifíquese.

  • 28 de Octubre del 2020

    Agréguese el oficio de la autoridad responsable, al que anexa la demanda de amparo formulada por *** por su propio derecho. Acúsese recibo. Intégrense los expedientes físico y electrónico. Requiérase a la Sala responsable para que en el término de cinco días remita las constancias faltantes, apercibida que de no hacerlo se hará acreedora a una multa. Notifíquese.

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